El pasado 22 de junio de 2018, la Asociación de Mujeres Juristas Themis en el Encuentro celebrado se trabajó sobre las “líneas de reforma del Código Penal en materia de delitos contra la libertad sexual”. En dicho encuentro se elaboró un manifiesto a partir de diversas conclusiones comunes, a continuación se trasladan las conclusiones del “Manifiesto sobre las líneas de reforma del Código Penal en materia de delitos contra la libertad sexual“, resaltando algunos aspectos en el texto:
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etiquetas: themis , código penal , libertad sexual
en consecuencia, quien tiene la carga de probar el consentimiento es el acusado.
en consecuencia, quien tiene la carga de probar el consentimiento es el acusado.
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Ole ole y ole.
Estas serán tan radicales como otras, pero al menos no se ponen una careta de buen rollo y justicia social. Van a lo que van.
Para quien todavía crea en las buenas intenciones de ciertas reformas.
Por tanto, la credibilidad de la acusadora, que es lo único a lo que puede aferrarse la defensa algunas veces, no podrá ser cuestionada.
Esta jodido lo mires por donde lo mires, o que, efectivamente el tema del consentimiento expreso y explícito es una gilipollez que no resuelve ninguno de los problemas que enfrenta un juez en un caso de violación.
Con la famosa reforma que se hizo, la ley de violencia de género (masculino), todos los hombres con pareja son culpables hasta que demuestren lo contrario, tal cual. Adios a un derecho básico y primera gran discriminación por razón de sexo por parte de un gobierno europeo.
Ahora se pretende que cualquier agresión (o denuncia de agresión) de un hombre a una mujer (solo en esa dirección), sea considerada y enjuiciada cómo violencis de género, ya no hace falta tener relación con la mujer para ser culpable.
La nueva idea, es declarar VIOLADORES ha todos los hombres hasta que puedan demostrar que la mujer les dio un rotundo SI QUIERO FOLLAR, si no puedes demostrarlo ya sabes.
Es un caso extremo, si, pero es una aberración todo lo que se plantea. Que paren España que yo me bajo
6) Estará prohibida toda prueba sobre los antecedentes sexuales de la víctima así como de su vida privada antes y después de los actos constitutivos del ilícito penal de carácter sexual.
Un consentimiento anterior a los hechos denunciados no supone una autorización para los actos posteriores, y además, lo han dejado bien hilado con ese párrafo.
Digo yo que podrían haber ahorrado tiempo y trabajo con poner "que la mera denuncia conlleve inmediatamente una sentencia de culpabilidad sin control judicial y lleve aparejado el ingreso directo en prisión".
Han metido el miedo en el cuerpo a las mujeres y ahora van a explotar ese miedo con toda la artillería que tienen.
Muchas mujeres se ve que no se han parado a pensar que tienen hermanos, padres e hijos que se van a ver afectados por esta nueva santa Inquisición.
Luego, cuando tengan que ir al trullo a visitar a su hijo condenado a 10 años por violación sin más prueba que la la declaración interesada de alguna loca del coño, pues vendrán los lloros, como los de Loles León.
Hasta la de la foto se llevará a alguno por delante
Visto aquí:
www.eljurista.eu/2014/11/11/diferencias-entre-el-derecho-a-la-presunci
Parece que esas mujeres juristas no tienen muy claro lo que es la presunción de inocencia
Viene a decir que no se tendrá en cuenta en ningún caso si la víctima ha tenido o tiene posteriormente a los hechos una vida sexual activa, si hacía pelis porno o si le gusta el sexo en grupo. O si justo antes de los hechos se tiró a cinco.
Vamos, que a la hora de enjuiciar su posible consentimiento no debe tenerse en cuenta su vida sexual habitual
Creo que se refiere más bien a no tener en cuenta su vida sexual (si es muy activa e independientemente de lo que haya hecho justo antes o después de los hechos)
Vamos, no usar como prueba de descargo que le gusta follar más que a un tonto una tiza
Eso si, el resto de los párrafos son de dar miedo.
Estará prohibida toda prueba sobre los antecedentes sexuales de la víctima así como de su vida privada antes y después de los actos constitutivos del ilícito penal de carácter sexual.
Para mi se están refiriendo a la posible "promiscuidad" de la víctima en su vida privada, antes o después de los hechos, que no debe tenerse en cuenta a la hora de determinar la posible inocencia/culpabilidad de la persona inculpada. Amos, que la vida privada de la victima, tanto si era una monja o una actriz porno no debe ser tenida en cuenta.
No a lo que esta haciendo "justo antes o justo después de los hechos"
"Me dijo q le gustaba q la pegara"
Demuestra q es falso...
Como demuestran las mujeres q dieron un rotundo 'NO'?
Existiria el delito de violacion?
Como demuestra una tia q esta sola en un lugar sin testigos q la han violado y no es q 'la gustaba q la pegaran'?
A ver cómo queda ésta: hay que ser completamente subnormal para votar a Podemos o PSOE siendo hombre. Sí, me cuadra.
Más aún, porque aparte de esta morralla ideológica que te viene en el pack, te llega el PSOE (de Podemos no hay datos) y te deja 6 millones de parados y un 10% de déficit público. Y luego te viene algún tontaina hablando de cambio y creyéndose más listo que tú.
Seguid apoyando esto, seguid.
Volviendo a los tiempos de la Inquisición.
Pq tu novia y tu hermana, de siempre, han vuelto los sabados a casa con las llaves en la mano si es q iban solas, q si podian no volvian solas....
A mi hermana y a sus amigas le pasaba y pasan de los 40....
Hace 20 años el feminismo las asustaba? O solo veian normales esas cosas?
¿Que adjetivo le ponemos?
CAPÍTULO II - APLICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS
Artículo 3
1. Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas.
2. La equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita.
Artículo 4
1. Procederá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico, pero regulen otro semejante entre los que se aprecie identidad de razón.
2. Las leyes penales, las excepcionales y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas.
3. Las disposiciones de este Código se aplicarán como supletorias en las materias regidas por otras leyes.
Artículo 5
1. Siempre que no se establezca otra cosa, en los plazos señalados por días, a contar de uno determinado, quedará éste excluido del cómputo, el cual deberá empezar en el día siguiente; y si los plazos estuviesen fijados por meses o años, se computarán de fecha a fecha. Cuando en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
2. En el cómputo civil de los plazos no se excluyen los días inhábiles.
No le han lavado el cerebro a las mujeres, le han lavado el cerebro a la sociedad.
PD: Yo también me considero rojo, a mi peculiar manera, pero toda esta bazofia feminista huele a chamusquina de lejos.
Imaginaros la cara de una feminista lesbiana cuando alguna mujer la acuse de agresión sexual
Antecedentes sexuales
Antecedentes de su vida sexual
Si se juzga si un acto sexual es consentido o no tienen q valer pruebas sobre ese.acto sexual y no sobre ninguno previo ni posterior. Eso dice.
ya me voy yendo...
Dicho esto, afirmo que lo que proponen estas locas del coño es una barbaridad.
Si solo creemos a los atacantes, ay de las víctimas, pero si solo creemos a los denunciantes, ay de los inocentes.
- ¿Por qué iban a crear intencionadamente una población que se destruye a sí misma?
- El miedo, la herramienta de poder más antigua. Si temes a los que te rodean no eres consciente de las acciones de los que están por encima de ti.
Fox Mulder dixit.
Obviamente que sí, y por supuesto sólo aplicará a hombres como acusados y mujeres como acusación.
Asi que hay que ser Gilipollas para ser hombre y votar en España a cualquier partido de los actuales seria valida.
Edito para decir que la deuda Española ha crecido con el PP más que lo que crecio con el PSOE.
Si de verdad con dicha ley se pierde la presunción de inocencia y la carga de la prueba pasa al acusado, sera un gran paso atrás, pero para todos, hombres y mujeres.
Edit. Asociación de Mujeres Juristas Themis recibiendo 2.230.099 euros - Seguir leyendo: www.libremercado.com/2018-03-23/la-marana-de-las-subvenciones-feminist
Por otro lado, no tendría problema en debatir sobre la evolución del déficit público pero era un breve matiz en el comentario, no es el meneo para ello. En otra ocasión.
Tener miedo es humano y no tiene porque ser coherente ni estadísticamente correcto.