Diego López Garrido es catedrático de Derecho Constitucional. Si su opinión tiene valor en este momento es porque fue, en 1995, el artífice del redactado del delito de rebelión en el Código Penal y el autor de una enmienda que establecía explícitamente que para que hubiera rebelión debía haber violencia. "Cuando transcurre la cuarta parte de la condena, se puede acceder a los beneficios penitenciarios. Quienes hayan sido condenados a 10 años y lleven ya cumplidos 2 y medio en prisión provisional, pueden solicitar ya los permisos".
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etiquetas: prisión , penas , flexibilizar , régimen penitenciario
Cago en la leche.
no lo digo por este caso concreto
El estado fascista no les va a permitir salir para que sirva de ejemplo a los que les siguen, se conoce como secuestro político
yo tampoco
Aún así la fiscalía puede recurrir al supremo en el caso de los diferentes grados.
De manera particular, yo espero que sigan exactamente el mismo régimen penitenciario que cualquier otro preso.
De momento, a pringar.