Cuando publicas fotografías de tus hijos en redes sociales debes saber que estás haciendo uso de un derecho cuya titularidad les corresponde en exclusiva a ellos, con todas las consecuencias que esto puede acarrear. Se trata de un derecho fundamental, recogido en el artículo 18 y que se denomina «derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen». Cuando se trata de menores, aunque está claro que son titulares de este derecho, carecen de la madurez exigida para poder ejercerlo y protegerse de usos indebidos.
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Alguien sabe como podría vigilar que no suceda eso sin tener cuenta en ninguna de las RRSS y cómo actuar en caso de que se vulneren los derechos del niño?
Es pronto pero vete preparando el esmoquin que igual te llevas el de consolación para salir en la foto.
Me viene a la mente la imagen del presidente canadiense pintado de negro, seguro que pensó que esa imagen era inocua cuando la tomaron.
Un saludo.
Se pasa la edad mínima de consentimiento respecto a los datos de 14 a 16. Esto es simplemente falso. Lo que ha pasado, porque el Reglamento ya está vigor es la edad recomendada que no es lo mismo que la mínima, de hecho aquí en España eligieron la edad mínima que es 13 años. Es decir menores que tengan 13 años o más son dueños/as de sus propios datos y contenidos. Esto significa que se pueden registrar en cualquier red social sin que tengan que tener pemiso de su padre, madre, tutor legal...
Salu2