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Pensiones: ¿Es posible jubilarse en España a los 45 años?

A muchos nos gustaría poder dejar de trabajar antes de la edad que nos corresponde y así poder disfrutar de todo lo bueno que nos ofrece la vida como disfrutar de la familia y de los amigos o viajar, pero no es algo que se pueda conseguir fácilmente ya que ello requiere tener en nuestros bolsillos una buena cantidad de dinero con la que hacer frente los años que transcurren desde que dejamos de trabajar hasta que podemos percibir una pensión de jubilación y así cubrir la falta de ingresos.

| etiquetas: pensiones , jubilación , cotización
  1. No, no es lo mismo pasar de currar que jubilarse.
  2. #1 No, no es lo mismo tener derecho a ciertas prestaciones y/o subsidios que jubilarse

    Y por supuesto, generalizaciones gruesas como la tuya, sobran.
  3. Claro que se puede... tan facil como sacarse una carrera de 4 años en 6 meses y sin asistir... depende de los padrinos.
  4. #2 Lo que sobran son tiquis miquis como tú, por que pa generalización gruesa la del titular, bro.
  5. #4 El titular no hace ningún tipo de generalizacion, propone un interrogante.
    Y no soy un tiquismiquis.
    Tu lanzas la velada, y generalizada, acusación de que los mayores de 45 que se acogen a alguna de las ayudas y derechos adquiridos que expone el artículo son unos jetas que no quieren trabajar, y yo te lo echo en cara.
  6. #5 Que yo lanzó no sé qué es fruto de tu exclusiva y fructífera cabecita, no se ajusta a la realidad, pero como paiz que no eres un tiquis miquis no hará falta que tenga que hacerte ningún croquis pa explicártelo, verdad?
  7. Y a los 18.
    Solo necesitas pasta
  8. Sí, a mi personalmente me han jubilado con 44 años, con incapacidad absoluta por accidente laboral.
  9. #3 hay que afiliarse joven, recuerda
  10. Si te dedicas a la minería si, sobre todo a la mineria de datos.
  11. Si siempre que seas casta...
  12. Artículo muy largo, luego lo miraré, pero para percibir pensión contributiva hay que haber trabajado en la década inmediatamente anterior a los 67 (o 65 su eres ya mayor), así que o haces contribuciones voluntarias con tus ahorros entre los 45 y los 57 o es completamente inviable.
  13. #3 luego escupen el argumento que a los políticos hay que pagarles bien pq si no los mejores no querrán ser políticos hahahahaha esa gente vive como dios expoliando
  14. #12 Me autocorrijo.

    No es la última década, son los 15 años anteriores, y hay que cotizar al menos dos años de esos.

    Asi que, si quieres pensión contributiva, y suponiendo que por tu edad la fecha de jubilación sean los 67, como pronto te has de retirar a los 54, o a los 52 si te echan y tienes paro, que también cuenta. De lo contrario tendrás que hacer aportaciones voluntarias.
  15. #14 Efectivamente. Y el periodista no se ha molestado en informarse de la legislación. Errónea.
  16. #14 #15 sin leer el artículo hasta donde yo sé, te puedes jubilar por enfermedad con menos de 40 años. Y cobrando una pasta. Eso sí, siendo funcionario, en empresa privada no sé
  17. Con dinero, todo es posible.
  18. #16 Por incapacidad permanente, pero creo que no computa como jubilación.
  19. Menuda mierda de artículo
  20. #3 y despues ser representante publico durante unos 8 años. si es el ultimo año de presidente mejor

    con eso te puedes jubilar antes de los 40
  21. #18 la gente que conozco en esa situación dicen que están jubilados, no sé si será la denominación legal pero ellos lo dicen
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menéame