El concepto de POBRE DE SOLEMNIDAD es de la segunda mitad del XIX, y con el que designaba a quien tenía derecho a la justicia gratuita, por carecer manifiestamente de medios de fortuna. Eran los OFICIALMENTE POBRES, pobres “con carnet”, que les acreditaba para recibir, amén de justicia gratuita, otros beneficios sociales
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Pobres vergonzantes: los que disimulaban En el Antiguo Régimen, personas de buena familia que habían caído en la indigencia y a los que se les socorría en su domicilio porque preferían dejarse morir de hambre antes que mendigar.
Pobres de solemnidad: los pobres oficiales. RAE: pobre que acudía a pedir limosna en las fiestas solemnes.
Pobres marginados: no tenían derechos tales como vagos ,prostitutas y excluidos de los anteriores. En el Siglo XVI: no trabajaban o estaban excluidos de esta sociedad estamental, subsistiendo a través de la beneficencia, la delincuencia o la autosuficiencia
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