Yo no es que sea muy patriotico y esas cosas. Pero entre que de a poco nos están sacando de Ceuta y Melilla sin hacer nada, que los de gibraltar cada vez se pillan mas cacho, etc... nos veo a todos en la roca del Perejil a este paso.
#1 Yo debo ser un antipatriota. Me preocupa más que, como valenciano, me roben millones de dinero público en contratos chorras o fantasmas directamente. Pero seguro que es que soy un rojo masón, y no deberías fiarte de mi.
Debo ser muy burro pero ¿cual es la diferencia con los policías nacionales o guardias civiles que han "pillado" actuando en Francia sin el permiso de las autoridades francesas? (Que no se airee ahora en los medios no quiere decir que no siga ocurriendo)
#5 Creo que hay algo llamado persecución en caliente, en el que se presupone que no tienes que pedir permiso a las autoridades (no hubo una noticia en que los gibraltareños apresaron a una patrulla que persiguió hasta el puerto a un traficante), aparte de los acuerdos bilaterales que hay entre Francia y España... pero vamos que con estas actuaciones siempre suele haber manga ancha y se informa a posteriori.
Casos de urgencia. La persona vigilada ha de haber cometido delitos de: asesinato, homicidio, violación, incendio provocado, robo, extorsión, receptación, encubrimiento, falsificación de moneda, tráfico de estupefacientes, secuestro y toma de rehenes, tráfico de seres humanos, delitos relacionados con armas y explosivos. Se ha de comunicar a la autoridad el cruce de fronteras, presentando sin demora la solicitud de asistencia judicial y cesando la vigilancia a requerimiento del Estado o a las 5 h de haber atravesado la frontera.
Ejecución de vigilancia:
* Respeto al derecho del Estado donde se hace la vigilancia
* Acreditar la cualidad de agente oficial
* Portar la autorización
* No entrar en domicilios
* No interrogar, ni detener a personas vigiladas
* Obedecer órdenes de las autoridades locales
* Informar a las autoridades de operaciones a realizar
* Se pueden portar armas reglamentarias.
* Se regula en el art. 41 el derecho de persecución policial. Consiste en la posibilidad que tienen los agentes que estén persiguiendo en su país a una persona, de proseguir la persecución en territorio de otro Estado miembro que tenga una frontera común con su país. Esta posibilidad, que no requiere autorización previa, está supeditada al cumplimiento de unos requisitos muy estrictos y se ejerce con arreglo a unas modalidades muy precisas:
Dejaos de gilipolleces patriotericas, para mi lo importante es esto:
"Por el momento, los investigadores dan por buena la versión que señala como policías a dos individuos que allanaron una vivienda particular en La Línea de la Concepción, sin autorización judicial, en busca de las supuestas pruebas de un atraco que se había cometido en el Peñón."
O sea, dos individuos entraron en una vivienda particular sin autorización. A partir de aquí me da igual que sean policías de Gibraltar, Torrente o marines de EEUU, es un delito.
El hecho de que fuesen agentes del orden (si ese es el caso) mas que un eximente es un agravante. Los policías tienen unas normas, no pueden actuar por las bravas sin respetar los derechos de los ciudadanos.
#1 exacto.
si te pego una colleja y no te quejas tarde o temprano te daré una paliza y no haras nada.
así de simple lo veo yo.
me meto en tus aguas territoriales y "pa mi", que una disco la llamas "la meca" pues le cambias el nombre por mustafá se ha quejado, que tus ministros van a ceuta o melilla... me quejo y dejan de hacerlo.
Si se confirma que es allanamiento de morada (delito) y que lo realizaron policías (aún más grave) extranjeros (tócate los cojones mariloles), pues que se tomen las medidas justas, ni más ni menos.
Lo que no entiendo es como no hay ninguna colaboración (es más, lo que hay es obstrucción) entre las autoridades españolas y gibraltareñas en materia de fuerzas del orden.
#8 Supongo que habrá una diferencia entre cruzar la frontera (supongo que para cazar al delincuente) y entrar en un domicilio sin autorización judicial...y encima en un país extranjero.
Esto es más grave de lo que pueda parecer. Es una invasión en toda regla. Ningún cuerpo de seguridad puede entrar en otro Estado a efectuar registros o decomiso.
Al que le deben de meter un puro es al casero, por allanamiento y robo. Y a gibraltar no creo que españa consiga nada diplomaticamente o arman una buena o seguiran tomandonos el pelo el caruana en su paraiso fiscal. Es penoso lo que sucede en gibraltar si hasta nos ganan playa de apoco... o bueno urbanizaciones enteras.
#5 Con Francia además de lo que indica #8 hay una serie de acuerdos, que costó mucho conseguir, para que las fuerzas de seguridad españolas puedan incluso dirigir investigaciones en el país vecino, realizar registros -bajo orden judicial, obvio-, perseguir a sospechosos, ir armados, y realizar otra clase de actuaciones que no son en caliente sino de rutina, siempre manteniendo informadas a las correspondientes fuerzas de la zona y al fiscal destinado a esta materia, y colaborando con ellos. Con UK no hay nada de eso, así que sus poderes en España se limitan a las actuaciones en caliente, y con prevenciones.
Nos toman por rita, como España es así pues los invadimos, tanto aguas, como territorio. Que se me ha antojado Ceuta y Melilla, pues venga...que ahora los yankis quieren el desierto de tabernas para hacer sus películas pues vamos allá, que Gibraltar está sin espacio, no pasa na, nos cogen la costa de cádiz, y los franceses los pirineos para que hagan esquí los "pobres" que no puedan ir a los Alpes.
Visto el nivel de vida de Gibraltar en relación a los territorios circundantes, Marruecos y Andalucía, mi impresión es que más policías gibraltareños deberían actúar en la provincia de Cádiz. Unos 200.000 o 300.000 serían suficientes.
Y ZP sin dimitir...
Saludos
Ejecución de vigilancia:
* Respeto al derecho del Estado donde se hace la vigilancia
* Acreditar la cualidad de agente oficial
* Portar la autorización
* No entrar en domicilios
* No interrogar, ni detener a personas vigiladas
* Obedecer órdenes de las autoridades locales
* Informar a las autoridades de operaciones a realizar
* Se pueden portar armas reglamentarias.
* Se regula en el art. 41 el derecho de persecución policial. Consiste en la posibilidad que tienen los agentes que estén persiguiendo en su país a una persona, de proseguir la persecución en territorio de otro Estado miembro que tenga una frontera común con su país. Esta posibilidad, que no requiere autorización previa, está supeditada al cumplimiento de unos requisitos muy estrictos y se ejerce con arreglo a unas modalidades muy precisas:
"Por el momento, los investigadores dan por buena la versión que señala como policías a dos individuos que allanaron una vivienda particular en La Línea de la Concepción, sin autorización judicial, en busca de las supuestas pruebas de un atraco que se había cometido en el Peñón."
O sea, dos individuos entraron en una vivienda particular sin autorización. A partir de aquí me da igual que sean policías de Gibraltar, Torrente o marines de EEUU, es un delito.
El hecho de que fuesen agentes del orden (si ese es el caso) mas que un eximente es un agravante. Los policías tienen unas normas, no pueden actuar por las bravas sin respetar los derechos de los ciudadanos.
si te pego una colleja y no te quejas tarde o temprano te daré una paliza y no haras nada.
así de simple lo veo yo.
me meto en tus aguas territoriales y "pa mi", que una disco la llamas "la meca" pues le cambias el nombre por mustafá se ha quejado, que tus ministros van a ceuta o melilla... me quejo y dejan de hacerlo.
Lo que no entiendo es como no hay ninguna colaboración (es más, lo que hay es obstrucción) entre las autoridades españolas y gibraltareñas en materia de fuerzas del orden.
www.meneame.net/story/gibraltar-disculpa-intervencion-incorrecta-polic
Pero ellos se lo pueden saltar siempre que les salga de las narices.