La prisión incondicional de los presidentes de Òmnium y de la Assemblea Nacional Catalana constituye el click, el paso, el interruptor que acciona un nuevo escenario en Catalunya. Definitivamente, después de las cargas policiales del 1-O y las detenciones de Jordi Cuixart y Jordi Sánchez, el conflicto deja de ser un pulso entre el independentismo y el Estado, para plantearse en términos de democracia y libertades, frente a represión. Esta convicción de una mayoría social en Catalunya representa un cambio político que marcará el devenir ...
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etiquetas: cuixart , sánchez , politica , catalunya
La ley de la tele es en la que creéis vosotros #2
Me he leido el auto organzar tutmultos para impedir la labor de las fuerzas del orden #3 En lenguaje no del siglo XVI organzar manis para protestar contra la policía.
Dictadura total, en Turquía y en Venezuela por esto si te condenan es después del jucio y Capriles por ejemplo solo ha tenido multa
Si eso dice la ley, es una ley propia de una dictadura y de un país que se pasa los derechos por el forro.
Y encima creo que no lo dices de coña...
Lo peor es el ridículo y la vergüenza ajena de los que nos toca mantener el tipo y aclarar que no son "los catalanes" sino "los independentistas".
elpais.com/elpais/2017/09/25/opinion/1506343948_694339.html
La ley de la tele es en la que creéis vosotros #2
Me he leido el auto organzar tutmultos para impedir la labor de las fuerzas del orden #3 En lenguaje no del siglo XVI organzar manis para protestar contra la policía.
Dictadura total, en Turquía y en Venezuela por esto si te condenan es después del jucio y Capriles por ejemplo solo ha tenido multa
Y eso no es otra cosa que dirigir a multitudes para impedir aplicar órdenes judiciales. La legalidad, que ahora parece palabra obscena. Un rechazo, si lo piensas, que desemboca en una ruptura del Estado de derecho y tus derechos.
Y, por favor, yo seré una ameba, pero entiendo los postulados de los independentistas. Que dicen... Ellos son mártires de la libertad.
Pero veo un grave problema aquí. La razón que pierda el tiempo aquí.
Se supone que las leyes las hemos hecho entre todos. Consensuadas. Y de golpe y porrazo una presunta mayoría dice que X es Y. Y todo el sistema autonómico se dobla por esa premisa.
Sin la voz del propio Parlament. O cualquier forma de gobierno con la que compartimos nuestras vidas.
Y surge un Referéndum que impepinablemente promociona el SI. Sin debates. Con el apoyo de Òmnium Y ANC con pasta pública. Y TV3 o Ara.
Esto es deleznable. Pero no un delito, desde mi ignorancia. Lo es por el uso de escudos humanos.
El delito es ... Y repito. Dirigir a multitudes para impedir aplicar órdenes judiciales. Pero lo más deleznable es saber que la violencia va a suceder y va a ayudar a legitimar tus fines.
Un país sin derechos de reunion y manifestacion y que quiere eliminar a 2 millones de personas por sus ideas politicas (sin separatistas) eso no es un país en paz, es un país en guerra contra sí mismo, una jodida mierda. Acepta la realidad hay dos millones de separatstas en un tú país eso no va cambiar, cambaran 200.000 arriba o 200.000 abajo. Es como si yo te digo que quiero vivir en paz y armonía en mi país y donde la gente que piensa como tú no exista, es que es puro fascismo lo que dices.
Quizás seas más joven. Pero tuvo oportunidad de hacer un debate honesto.
En el '78 yo ya llevaba ya años dando tumbos por la vida, y te puedo asegurar que no solo no consensué la Constitución, sino que tuve que esperar a que fuera ratificada y empezaran a circular copias para conocer su contenido, ya que la redacción de la misma se llevó a cabo en secreto y en tiempo récord. Se aprobó primero en las Cortes y a los ciudadanos solo nos dejaron opción a votar si o no a algo que la mayoría ni sabía que era.
Y no tengamos ya en cuenta que la España del 78 no es la España de 2017, algo que queda patente en ésta imagen:
Que no alcen la voz no significa que no estén ahí, y no es algo que venga de unos pocos meses atrás, precisamente.
Aparte de que ya estás viendo ahora mismo lo que pasa si se te ocurre mencionar eso.
De hecho, a cada intento resurge con más fuerza, así que nada, a seguir intentándolo. Ten por seguro que del burro no bajarán.
De todas formas ¿cuál sería el problema? España ha perdido, a lo largo de la historia, algo así como el 95% de sus territorios, y ahí seguimos...
Son buenísimos. Creo que Aznar ganó porque le hicieron humano.
P.D. Sobre el bipartidismo.
dle.rae.es/srv/search?m=30&w=sedición
TÍTULO XXII
Delitos contra el orden público
CAPÍTULO PRIMERO
Sedición
Artículo 544
Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.
Artículo 545
1. Los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo.
2. Fuera de estos casos, se impondrá la pena de cuatro a ocho años de prisión, y la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de cuatro a ocho años.
Artículo 546
Lo dispuesto en el artículo 474 es aplicable al caso de sedición cuando ésta no haya llegado a organizarse con jefes conocidos.
Artículo 547
En el caso de que la sedición no haya llegado a entorpecer de un modo grave el ejercicio de la autoridad pública y no haya tampoco ocasionado la perpetración de otro delito al que la Ley señale penas graves, los Jueces o Tribunales rebajarán en uno o dos grados las penas señaladas en este capítulo.
Artículo 548
La provocación, la conspiración y la proposición para la sedición serán castigadas con las penas inferiores en uno o dos grados a las respectivamente previstas, salvo que llegue a tener efecto la sedición, en cuyo caso se castigará con la pena señalada en el primer apartado del artículo 545, y a sus autores se los considerará promotores.
Artículo 549
Lo dispuesto en los artículos 479 a 484 es también aplicable al delito de sedición.
¿se cumple?
Aunque en realidad no están juzgados aun, la prisión es provisional
cc/ #9
Bien, preguntate por qué.
Nada, vosotros a lo vuestro, a ver tan solo lo que os dicen que veáis y como lo tenéis que ver.
Yo no tengo problema en dialogar sobre cualquier tema con quien sea... salvo con los que vais de sobráos y prepotentes, cantando todos a una la misma canción, la única que os han enseñado.
Fin de la conversación.
Lo de su capacidad me lo demostró cuando me envió después el bulo que circuló confundiendo la noticia de la juez Espejel y su relación con el PP con la de Lamela.
www.elmundo.es/espana/2017/05/25/5926b25ae2704e231b8b45b5.html
infographics.economist.com/2017/DemocracyIndex/
A ver si se hace público de una p*** vez que el dinero de George Soros y seguramente el Mossad y la CIA están detrás del proces, con intención de debilitar España.
Por otro lado, en el capítulo siguiente, al que has copypasteao del Título XXII, encontrarás los tipos penales que mejor se ajustan al supuesto fáctico que nos ocupa:
Artículo 550.
Son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.
Artículo 551.
1. Los atentados comprendidos en el artículo anterior serán castigados con las penas de prisión de dos a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de uno a tres años en los demás casos.
Artículo 553.
La provocación, la conspiración y la proposición para cualquiera de los delitos previstos en los artículos anteriores, será castigada con la pena inferior en uno o dos grados a la del delito correspondiente.
Es decir una pena de entre seis meses y dos años de prisión que podrían eludir por mor del art. 80 del Código.
Todo eso sin entrar en el hecho de que según toda la jurisprudencia y la doctrina más consolidada la Audiencia Nacional NO es el juez natural que exige el art. 24.2 de la Costitución, ni, por consiguiente, el competente para este tipo de delitos, sino las Audiencias Provinciales.
Con lo cual sí se hace incluso con los presuntos violadores y también con los presuntos traficantes.
Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años los que, actuando en grupo, y con el fin de atentar contra la paz pública, alteren el orden público causando lesiones a las personas, produciendo daños en las propiedades, obstaculizando las vías públicas o los accesos a las mismas de manera peligrosa para los que por ellas circulen, o invadiendo instalaciones o edificios, sin perjuicio de las penas que les puedan corresponder conforme a otros preceptos de este Código.
#61 Y ahí es donde entra el juez y la interpreta para aplicarla, y crea jurisprudencia.
Asi que dejarme mi turno: La mayoria en España esta por un proceso de anexion con Francia. Vive la France!
Pero oye, que un buen prejuicio no te impida seguir con tus desprecios.
Joder de verdad, pues nada, votamos para volver a la situación de antes de democracia en lugar de dejar votar a los catalanes para ver si quieren independizarse?
Sale fatal. Posición 97. Al lado de México.
La verdad es que uno lee el 544 y parece que se ajusta bastente... pero claro entramos en el terreno de las interpretaciones. Y respecto a la jurisprudencia, parece que no hay mucha sobre esto.
De todas formas no sé si estamos focalizando bien el problema, porque de momento no han sido juzgados, están en prisión preventiva y mi pregunta es... ¿la prisión preventiva se establece en función de la gravedad del supuesto delito cometido o por los riesgos que su puesta en libertad puedan suponer por ejemplo por la posible destrucción de pruebas?
Moraleja: no entiendo cómo alguien puede estudiar dercho por vocación, me parece una de las carreras más feas que hay
elpais.com/diario/1990/10/28/espana/657068405_850215.html
latribunadelpaisvasco.com/descarga/529
Pero ahí siguen tan campantes, no vaya a ser que tiren de la manta y destapen a sus sosías de aquí.
P.S. Con aquí me refiero a Madrid.