En las comunidades de vecinos es muy habitual contratar a una empresa para el servicio de limpieza. Pero pocos serán los vecinos que sepan que el Estatuto de los Trabajadores dispone que toda empresa es corresponsable del pago de los salarios de los trabajadores de las otras empresas que contrate o subcontrate para realizar su propia actividad. Por ejemplo, supongamos que una empresa constructora A subcontratara a otra empresa constructora B para hacer una obra. Si B no pagara los salarios a sus trabajadores, estos podrían (...)
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etiquetas: vecinos , comunidades , empresa
vaya artículo falto de información
Lo de investigar las insolvencias patrimoniales ya si eso otro día, que cansa mucho.
Sinlo tienes a jornada completa, pues el total
Para articulos llenos de odio y lenguaje de poligonero, mejor vetarlos y sacarlos de aqui. Para no seguir convirtiendo esto en un Forocoches
Pues no lo veo muy lógico, eso simplemente incentiva que las empresas de limpieza no paguen y dejen el pufo como dicen ahí. Además de que es injusto que una comunidad pague dos veces por lo mismo por culpa de un tercero.
En mi comunidad justamente hemos tenido problemas con la limpieza estos últimos meses. Antes se encargaba un vecino, autónomo, que limpiaba y facturaba él, pero decidió dejarlo, y a la hora de buscar alternativa, todo lo que encontrábamos triplicaba el precio anterior. Al final, la contratada temporalmente, a falta de encontrar algo mejor, se dedica principalmente a viviendas vacacionales, y atiende las comunidades cuando le viene bien. O sea, no te fijan un día concreto de la semana, si no que si ese día tienen mucho trabajo con las villas, dejan tu edificio para otro momento.
Del artículo:
Toda empresa es corresponsable del pago de los salarios de los trabajadores de las otras empresas que contrate o subcontrate para realizar su propia actividad
Porque si no, da a entender que si una empresa A contrata a una empresa B para que le pinte la fachada y esa empresa B no pagase a los trabajadores, le tocaría a la empresa A hacerse cargo de los salarios, pero entiendo que no es así.
Edit: Ya veo que #12 lo ha comentado.
-Ascensores: Las empresas les pagan en B una "buena comisión" por endosar sus servicios a una comunidad y cuanto mayor es la permanencia del contrato mayor la comisión. Lógicamente esa comisión la paga la comunidad sin darse cuenta, que dependiendo del tamaño de la comunidad puede alcanzar los miles de euros por comunidad, les importa poco si la empresa es buena o mala, se fijan en el tamaño del sobre. Los seguros también dan buenos sobres.
-Fontaneros, electricistas, etc .... les cobran un porcentaje de cada reparación que realizan, suelen ser fijas. Yo te llamo para que vengas a mis comunidades pero me llevo un 15% de todo lo que factures, lógicamente lo paga la comunidad y la empresa se lo lleva en sobre para no dejar rastro.
-Después puedes encontrarte cargos adicionales de administración que son fraudulentos y que nadie les suele preguntar a la hora de aprobar cuentas y justifican con chorradas varias que les suelen colar no detallando los movimientos de la cuenta bancaria y agrupando los gastos. Se las saben todas.
-Las promotoras los suelen usar como cómplices a cambio de un sobre para evitar las demandas por defectos constructivos.
"La novedad es que una reciente sentencia del TS ha dictaminado que esta norma también es aplicable a las comunidades de vecinos. Ha considerado que el servicio de conserjería (portero) de una comunidad es una actividad propia de la comunidad;"
Entiendo que un servicio de conserjería es un trabajador que pasa toda su jornada laboral todos los días en las instalaciones de la comunidad de propietarios. Así que le veo más o menos la lógica al asunto.
Pero no lo veo tanto para trabajadores que realizan sus labores en distintos clientes. Si el servicio de limpieza solo viene alguna vez por semana y no tiene personal fijo en las instalaciones, pues no veo lógico que puedan pedir nada a la comunidad. ¿O, si la empresa no le paga, va a demandar el trabajador solidariamente a todos los clientes por los que ha pasado? Y ya, como apunta #13, todo lo que sean servicios puntuales como pintores, reparaciones y demás, pues también caerían fuera de esta lógica.
Ya aparte, una cosa que no entiendo es esto:
"porque una vivienda no solo puede ocuparse por sus propietarios sino que también puede alquilarse y obtener con ello unos beneficios, por lo que a estos efectos es como si fuera una empresa."
¿La sentencia del TS se refiere a una comunidad que tiene viviendas el alquiler? Porque yo entendería que la mayoría de comunidades no poseen viviendas en alquiler y por tanto no funcionarían como empresas.
En la nuestra hace muchos años que eso no es así. El Presidente tiene la misión de hacer que se ejecuten los acuerdos emanados en las Juntas, con la ayuda del Administrador.
Las obras aprobadas se ejecutan tras el examen en Junta de los diversos presupuestos solicitados. Idem para contratos de mantenimiento, seguro, ascensor...
La "caja del Presidente" para pequeños gastos corrientes tiene una pequeña cantidad, teniendo que justificar el saldo cuando sale, saldo que está reflejado en la Contabilidad.
En otoño solemos realizar una Junta Extraordinaria de seguimiento, en la cual Presidente y Administrador "dan la lección".
Costó un poco poner esto en marcha al principio, pero ahora va todo sobre ruedas.
Las gestiones están supervisadas y al Presidente de turno se le facilita bastante la tarea.
Te van a embargar el rellano o la sala de calderas?. No caigo ahora mismo en que cosas pueden siempre ser embargadas en una comunidad.
En mi comunidad creo que está claro que nos cuelan comisiones en todos los servicios, pero sin pruebas es muy difícil. El presidente va por sorteo y generalmente pasa y somos 120 vecinos por lo que es muy difícil poner a la gente de acuerdo.
La idea surgió cuando un Presidente aceptó un sobreprecio por una obra, luego denegó el pago y nos demandaron.
A partir de ahí acordamos que Presidentes y Secretarios a ejecutar lo que se aprueba en Junta y a dar cuenta a los vecinos.
También es cierto que tras varios Administradores chungos, incluso tuvimos un desfalco, ahora hay una Administración decente en la que se puede confiar, pero todo por escrito.
Finalmente reconozco que unos cuantos vecinos. Que estamos jubilados y nos preocupamos por lo que en el fondo es nuestro, no tenemos inconveniente en ecgar una mano si la obra es de calubre, como, renovación de ascensores, por ejemplo.
Si orecisas algo concreto, házmelo llegar.
Un cordial saludo
De hecho sabemos que la Correduría ha propuesto empresas que trabajan para nosotros a otras Comunidades, dado los buenos resultados.
Esto vale para mantenimiento de extintores, ascensores, limpieza, seguro del edificio ...
Precisamente la Junta extraordinaria de seguimiento tiene por objeto ponerle las pilas a algún presidente pasotilla.
Nos funciona buen esta especie de asamblearismo con "sanedrín" voluntarioso