Transcribo a continuación el intercambio de emails que he mantenido con el director financiero de un periódico de Bizkaia a raíz de la publicación en la edición impresa de la foto que saqué del agente de la policía municipal de Bilbao multando a la furgoneta electoral del PNV.
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etiquetas: robar fotos , periódicos , asier , pnv , bizkaia , director financiero
Han publicado una foto sin permiso del autor, eso es ilegal y además han falsificado el nombre del autor asignandoselo a ellos mismos... usurpación de propiedad intelectual...
Si va a juicio, gana (conozco un caso parecido, pedía 500 euros por la publicación de una foto sin su permiso, el periodico dijo que, como máximo, pagaban 50... fue a juicio y el abogado se decantó por el hecho de que habían manipulado la foto (la habían recortado) y que habían falsificado el nombre del autor (el que había recortado había firmado con su nombre)... total, el juez le asignó una indemnización de 10.000 euros).
1º Que te den una solución no quiere decir que debes aceptarla.
Yo puedo aceptar que pongan mi nombre o no por que quiero una compensación económica ya que hacen uso con animo de lucro de dicha foto.
En mi caso lo tengo claro, si es un medio/empresa externa a donde la publique quiero el reconocimiento y dinero, si es un blog o web personal (no voy a contar ads solo que no sea una empresa), con que me reconozcan la autoría me llegaría.
2º La foto sigue siendo propiedad de el, en ninguna red mayoritaria/conocida cedes la propiedad ni autoría, solo una licencia de uso a la plataforma y a sus miembros.
Lo que habría que ver es si esa licencia implica solo dentro de la plataforma, muchos medios lo que hacen es enlazar o incrustar el tweet, que claramente si esta contemplado y evita problemas, por lo que sospecho que esa es la forma correcta de aprovecharse de la cesión que haces a tweeter.
No es misterio. No he puesto el medio para evitar problemas.
En total fueron 5 medios. 2 digitales y 3 en digital e impresa. Y no, no lo han retirado. Cómo la retiran si ya lo publicaron en papel?
Partiendo de esa base, cualquier comparación entre objetos físicos y digitales nos hará llegar a conclusiones erróneas.
Lo que ha hecho el periódico es un uso no autorizado sin reconocer autoría. Como explica #17 es un tema de propiedad intelectual, no de robo.
Pero cuando resulta que los periódicos han estado tocando los cojones todo lo que han podido y mas con el tema de derechos de autor, hasta el punto de llegar a la famosa Tasa Google y el cierre de Google News en España; y luego por otra parte se comportan como esos piratas que tanto critican, pues la cosa cambia MUCHO.
No es llorera, es resaltar la enorme hipocresía de los medios de comunicación. No querían cobrar ellos a google por usar fragmentos de sus noticias? Pues entonces que paguen cuando ellos quieren hacer eso mismo, no? Es lo justo.
www.uberbin.net/archivos/derechos/usar-fotos-de-otros-sin-autorizacion
Lo que te queremos transmitir no es que hayamos cogido la foto de twitter, (que no lo hemos hecho) sino que nos ha llegado a través de otras vías; la foto, como tu sabes, cuando se cuelga en esa aplicación, se va de pasando de mano en mano, se difunde y expande de forma que en muchas ocasiones se pierde el rastro del origen de la foto. Es por esto que nosotros desconocíamos el autor
Aun así y dado que ahora si podemos identificarlo consideramos que sería correcto publicar una aclaración respecto de la fotografía, indicando su autoría.
Si tanto le preocupa que le roben sus fotos, que use marcas de agua, de todos modos, en el momento que las subes a una RRSS te expones a estas cosas, además habría que analizar los "TOS" de Twitter para determinar si sigue perteneciéndole esas fotos.
Y con la discusión sobre las condiciones de uso de twitter, PeriodicoDesconocido ha logrado que el autor se olvide del tema de sus honorarios
goo.gl/KKVNhQ
Y si ya hablamos de medios digitales, pues ni te cuento. Yo me bajé Daredevil del P2P. ¿Eso es robar?
Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas, sea al cometer el delito, para proteger la huida, o sobre los que acudiesen en auxilio de la víctima o que le persiguieren.
Ni una foto es un bien mueble, ni ha habido violencia o intimidación. Así que no es robo. Es uso no autorizado. Decidme leguleyo, tiquismiquis o gilipollas si queréis por hacer la distinción, pero no es robo.
www.meneame.net/c/19912485
Eso sí, se aseguran que el autor del video publicado en youtube sea de indonesia, para así no tener problemas.
noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1996.l1t2.html#c3s2
Y me remito a #26. Estas comparando cosas distintas. El hacker me quita un dinero que yo ya no podría usar. En este caso el autor sigue pudiendo usar su foto. No es un robo, es un tema propiedad intelectual y derechos de autor.
- Uso particular: sin coste, cita de autoría requerida.
- Uso comercial: XMil pavos, cita de autoría requerida.
- Adquisición completa de derechos: XXMil pavos.
En letra pequeñita y tal.
Lo ideal sería que nosotros mismos empezásemos a dar la espalda a los freebooters que se adueñan del material ajeno sin la más mínima compensación al autor original.
Yo hay ciertas páginas de FB que NO SIGO. ¿Por qué? Porque son unos parásitos. Si ganan pasta con lo que hacen otros... ¿Qué menos que repartir un poco con ellos?
Que esto no es como cuando te bajas una canción del eMule... es ganar pasta con contenido ajeno.
Pero es que al margen del punto de vista de la ética periodística, efectivamente la LPI no permite el uso de obras sin el consentimiento expreso del autor y mucho menos con ánimo de lucro.
A ver si ahora va a haber gente que le parezca bien que se cierren webs particulares sin ánimo de lucro de intercambios de enlaces y sin embargo estará a favor de que una empresa privada se lucre con fotografías que no les pertenecen. Neoliberalismo a tope, siempre a favor de los lobbies.
Comparandolo con bajarse una peli sería como decir que el cine de tu barrio en vez de comprar las peliculas a la distribuidora se las baja de internet y cobra entrada como un cine más.
No se trata de "copiar algo", se trata de usarlo para hacer negocio.
Te falta un pequeño detalle; es un tema de propiedad intelectual con uso comercial, con lucro consecuente a este uso.
Tócate los webs...
¿Crees que se alimentan de "menciones" después de canjearlas en el banco?
Me gustaría que nos mantuvieras al día de cómo acaba la cosa.
Lucro cesante.
Y vídeos virales en youtube incrustados en la plataforma de vídeo del medio también
Aún siendo así, que derecho tiene el periódico de publicarla?
Enhorabuena, te apoyo, creo que tienes toda la razón del mundo y se entras en pleitos, creo que los tienes ganados.
Eso no es solución a la piratería y el freebooting, sino sólo un mal parche a un mal comportamiento. Es como los badenes que se ponen para evitar el exceso de velocidad o los profesores que "precasigan" a su s alumnos sin excursión de fin de curso creyendo que así se portarán mejor.
Es que no me imagino el cuadro de las Meninas con el texto "Velázquez pictures" en semitransparente encima.
¿Cuál es la solución? Muy simple:
- Si copio algo indico la fuente y el autor.
- Si no me dan permiso para copiar, no lo copio, o si lo hago al menos intento buscar el autor original.
Se nos olvida que el contenido protegido por derechos de autor es TODO, no sólo donde vemos la C de "copyright". Y si, las obras en licencia de dominio público y Creative Commons también tienen derechos de autor, con una diferencia: se nos permite copiar el contenido... ¡Pero no adueñárnoslo! En el caso de CC se permiten ciertos usos según el autor original decida, pero no puedes decir que la foto original es tuya.
Lo de la marca de agua... pues eso, que no tardará en aparecer algún filtro para quitarlas, entonces... ¿Qué es lo siguiente, marcarlas mucho más?
Ten cuidado con las definiciones. Me reafirmo en que si es para lucrarse es robar, esa es la gran diferencia.
A Getty le salió una cantidad muy grande de multa, a AFP las facturas de medios no suscritos a su agencia que pagaron por el uso directo de ese material, ese el ánimo de lucro. Informar, con sus costes usando imágenes de otro autor que asume la distribución en una red social no es ánimo de lucro.
Las imágenes de una agencia no tienen libre distribución ni siquiera entre sus asociados, por eso son contadas fotos las que se publican a través de redes sociales por esas agencias son muy limitadas para atraer la atención sobre archivos que no tienen esa libre distribución.
#16 Yo creo que no intenta argumentar, sino estará intentando justificarse ante si mismo algo parecido que habrá hecho y de lo que no se siente muy orgulloso.
#62 Las comparaciones son odiosas. Pasar hambre haciendo por encima el pringao es más odioso aún.
Sí, es una guarrada que usen sus fotos en un medio comercial, pero querer cobrar por tres fotos callejeras sin ser un fotógrafo profesional o si lo preferís "legal", es cuanto menos, irreal.
Según su LinkedIn, trabaja para "Ve Interactive" y "Laida Social Media & Analytics"
www.linkedin.com/in/asiergomez
Incluso varios fotógrafos aficcionados que conozco (uno de ellos, profesional) usan marcas de agua en todas sus fotos, porque ya les han pasado cosas parecidas, además, tienen que pagar todo su equipo y dedicar su tiempo a editar, seleccionar fotos...
Frente a los sistemas de corte anglosajón, la legislación española es claramente defensora de los derechos morales, reconocidos para los autores y para los artistas intérpretes o ejecutantes. Estos derechos son irrenunciables e inalienables, acompañan al autor o al artista intérprete o ejecutante durante toda su vida y a sus herederos o causahabientes al fallecimiento de aquellos. Entre ellos destaca el derecho al reconocimiento de la condición de autor de la obra o del reconocimiento del nombre del artista sobre sus interpretaciones o ejecuciones, y el de exigir el respeto a la integridad de la obra o actuación y la no alteración de las mismas.
Desconozco el TOS de Twitter, pero como mínimo seguro que el autor tiene derecho a que aparezca su autoría por las leyes españolas, ya que aunque firmes la renuncia de los derechos morales, este contrato no tendría validez.
(o quizá, si le quitarás la única copia, sí, pero no se me ocurre otro caso de robo)
El nombre de tu interlocutor haces bien en omitirlo, pero una cosa es omitir datos de una empresa y otra datos de una persona.
La LOPD se refiere al derecho a la protección de datos personales es un derecho fundamental de todas las personas que se traduce en la potestad de control sobre el uso que se hace de sus datos personales.
¿Una pataleta contra no se sabe quien?
Entonces mañana te cojo el coche para darme un paseo.