La indignación por la actuación de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo y el desenlace del caso de las hipotecas llenó a partir del martes por la noche los chats de WhastApp de los jueces. "Suprema vergüenza", "a ver quién es el guapo que defiende esto", "patético es poco", "menudo escándalo"... En mensajes cruzados en un desahogo privado, los grupos de magistrados y magistradas de toda España
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etiquetas: ts , justicia , gastos hipotecarios
Es el ejemplo que me están dando y el que debo seguir. No? Además por lo que veo es bastante legal y democrático.
Eso no quita que haya habido un muy deficiente funcionamiento de la justicia, lo suyo es que esos recursos se hubiesen debatido desde el principio en el Pleno de la sala. Desde luego Picazo debería dimitir pero ya.
Te recuerdo las cláusulas suelo.
Si un fallo del Supremo (o de cualquier juez) dice que se están haciendo las cosas contra la ley, y el banco sí debe pagar una tasa y no el hipotecado es que sí estaba "robando". Esto no es un cambio de ley, que no debe ser retroactivo, es una sentencia que dicta que se están haciendo las cosas contra la ley, y lógicamente se deben hacer bien.
Y la situación económica de quien se ha estado beneficiando de hacer las cosas contra la ley no debe afectar a la aplicación de la sentencia, así como no ha afectado la situación económica de los que han estado siendo perjudicados.
Otra cosa es la ley que quiere sacar ahora el PSOE (y a la que ya votó en contra en febrero). Es obvio que por seguridad jurídica una nueva ley no puede ser nunca retroactiva.
Por otro lado, podrían haber hecho como con las cláusulas suelo y no aplicar retroactividad, o determinar que se pagará mitad y mitad. Y esto lo indico no en base a que me beneficie o no, si no que entre los propios magistrados había claramente casi 2 bandos con distinta opinión y casi idéntica proporción, como para aplicar una sentencia tan claramente beneficiosa para uno de los bandos.
Es decir, el banco estaba actuando dentro de un marco jurídico asentado, y en base a ese marco jurídico establecía su producto. Si el reglamento hubiera dicho que el impuesto lo paga el banco, el impuesto lo habría pagado el banco y adecuado su oferta a esos gastos. Lo que no se puede hacer es alterar el marco jurídico a posteriri y pretender que tenga efectos anteriores, porque está perjudicando claramente a una de las partes que intervienen en un acuerdo que fue mutuo.
Su hay 2 sentencias del TS diciendo que han de pagar los bancos, esas sentencias son irrevocables, lo crea inestabilidad es el día siguiente cambiar esas sentencias.
Por otro lado, con las renovables si que hicieron unas leyes perjudicaban a los productores y fue de carácter retroactivo, eso también crea inestabilidad jurídica.
Si lees la noticia y te das cuenta de que los mismos jueces critican este acto porque es una barbaridad , vas tú a entender más de leyes que ellos??
Con todo eso creo nu eres afectado ni nada, trabajas para la banca seguro.
No hay ningún tonto que tire piedras a su tejado, o quizás sí.
Al margen del razonamiento jurídico de las últimas sentencias del Supremo, con las que yo estoy bastante de acuerdo, por otra parte, el banco no tiene otra opción que aplicar el reglamento del impuesto, que dice lo que dice.
Aquí los que lo han hecho mal, a aprte del Supremo, es el poder legislativo que aprobó ese reglamento, que lleva ya unas cuantas décadas en vigor.
Yo también estoy de acuerdo con que lo que ha hecho el Supremo es una barbaridad, una vez que las sentencias se dictaron y crearon jurisprudencia, les tocaba comérselas.
Pero la retroactividad era una barbaridad, y en su caso quien habría tenido que tragársela era la administración tributaria, ya que los bancos actuaron en todo momento aplicando el reglamento.
Y no, no trabajo en banca, y sí, soy afectado. De hecho recurriré igualmente, pero eso no quita que me parezca que la retroactividad en este caso no tenía sentido.
Es mas, y si es un paripé para que no parezcan tan.....vendidos.
Por otra parte mucho criticar a los bancos, no sin razón, pero me parece absurdo que en un bien como la primera vivienda se pague un impuesto porcentual por un apunte que cuesta lo mismo a nivel técnico independientemente del valor, así que lo primero que habría que reclamar es que en la vivienda habitual o primera vivienda NO se paguen esos impuestos porque al final una inversión tan grande se lleva un 10 % en impuestos.
El tribunal supremo no hace leyes. Dicta sentencias en relación a leyes existentes. No tiene sentido la retroactividad, la ley ya existía, lo que no había que hacer es incumplirla. Y sí, la habían incumplido. Eso dicen las tres sentencias hasta que pararon el embrollo.
www.iberley.es/noticias/supremo-cambia-jurisprudencia-banco-debe-pagar
"Con esta nueva sentencia el TS cambia su jurisprudencia mantenida en sentencias desde el año 2006 (por ejemplo, Sentencia Administrativo TS, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 4593/2001, 31-10-2006) "
Y si, hay una ley y un reglamento que desarrolla esa ley (de hecho el Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) que en su artículo 68 explicita "Será sujeto pasivo el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan.
Cuando se trate de escrituras de constitución de préstamo con garantía se considerará adquirente al prestatario."
Eso es lo que decía la ley.
Edito: Ah, que es para usar lenguaje no inclusivo. Ahora queda todo más claro. Nunca se me hubiese ocurrido que había mujeres ejerciendo la magistratura.
Menos más que queda bien explicado distinguiéndolos, no vaya a ser que los mezclemos.
Por fin les podré explicar a mis padres por qué pedimos la eleccion de los vocales por los jueces. Ahora entenderán por qué los partidos políticos no quieren cambiar el sistema de elección. Da igual color, PP o PSOE. O estos de Podemos, que van de puros y de defender al ciudadano y que ya están negociando vocales
Pero lo que decía el reglamente del impuesto era lo siguiente: (Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) que en su artículo 68 explicita "Será sujeto pasivo el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan.
Cuando se trate de escrituras de constitución de préstamo con garantía se considerará adquirente al prestatario."
Eso es lo que dice la ley.
Desde mi ignorancia, ¿dónde estaría la inseguridad jurídica a la que te refieres si se hubiera aprobado? ¿Que todo el mundo reclamaría el dinero?
Quién se cuestiona algo tan bien redactado, que viene de fuentes confiables y de reputada solvencia. Viniendo de donde venía, el legislador lo metió pa'lante sin apenas leerlo. La oposición más de lo mismo, porque no hay demanda al constitucional al respecto. Al final, como todos chupaban de la vaca, qué más daba si estaba bien o a quién beneficiaba. Minucias.
En todo caso, el resultado cambia poco...
En la interpretacion que hace todo el mundo (el supremo le está chupando las botas al lobby de los bancos), el supremo acepta que la ley es injusta pero que que los bancos estén contentos es más importante.
En la interpretación que estamos haciendo ahora, el supremo hace lo que consideran lo mejor para el pais, pero lo hace pensando en tener contentos a los inversores y bancos, en no acojonar al capital.
En todo caso, se da prioridad al capital sobre la justicia, y eso es absolutamente inaceptable en alguien que se hace llamar "tribunal supremo"
Ese es el tema, porque sí, la ley permite al Supremo hacer lo que hizo pero también obliga a que haya una razón justificada, y se me antoja jodidamente difícil justificar la diferencia de trato
De hecho, la mayoría de técnicos de hacienda con los que he tenido oportunidad de hablar esperaban sentencia favorable al cliente con retroactividad limitada o nula.
Eso sí, ninguno creía que fueran a revocar 3 sentencias anteriores favorables de 3 jueces distintos. Es una gran vergüenza.
Como todas las leyes, está sujeto a interpretación, especialmente cuando tenemos términos tan confusos como beneficiario, sobre el que cabe mucha filosofía.
Pero en cualquier caso los bancos habáin actuado bien. O más bien habían actuado del único modo que podían, aplicando el reglamento del impuesto (que además había sido bendecido varias veces por el Supremo).
porque el ayuntamiento si que las va a recurrir... pero el banco si intuyera que tiene razón también segurísimo que lo haría....
pd.- asociaciones de jueces,.... dénles la patada, acudan a la UE, o a donde haga falta, para reformar éste sistema de justicia, y hacer las cosas bien hechas. contáis con mi apoyo.
pd2.- desde arriba ya no se gobierna hacia abajo.
un país en sus manos, que se les va de las manos.... es un grandísimo logro, hoygan!!! lo suyo se lo han currado... para lograrlo.
pd.- es una razón muy importante para que otros poderes mundiales que han hecho para dejarlo así, muestren más que mensajes de advertencia, pero quizás por la inutilidad ya mostrada de ello, hayan decidido empezar a poner otras cartas en juego.
Veo su intimidad más amenazada que una piscina de cartón.
No veo mal que lo hagas, pero la Navaja de Occam no aplica correctamente en los casos que hipotetizas. Los jueces tenían salidas mucho más aceptables, ajustadas a derecho y económicamente moderadas como para no tomar la decisión que han tomado.
Siento decirlo, pero aplicando Navaja de Occam, a mi sólo me cabe la hipótesis de que el dinero manda.
si paga la banca es muy posible que al prestar le salga la operacion ruinosa porque el IAJD se come como 5 años de beneficios intereses... si se cancela el prestamo o se cambia de banco ya se entra en perdidas.
Que cambien la ley y punto, ya el banco cambiara las condiciones para no perder.
Que suerte vivir en un pais liberal como Holanda y el gobierno no me robe con impuestos de mierda
Si la norma no estaba clara o se aplicaba mal, pues igual es responsabilidad del estado no perseguirlo cuando todos lo sabían. Además, creo que es una situación muy perversa porque cuando firmas ese concrato lo haces en base a unas condiciones que das por sentadas.
Yo acepto venderte algo en unas condiciones, no tiene sentido que me cambies las condiciones a posteriori.
Y los bancos al vender su producto, obviamente contarían con sus gastos/beneficios pero no con un impuesto que según su entendimiento no les tocaba.
Ventajas allí por ser ingente río.
Bromas a parte, yo tengo una hipoteca aquí y hay muchísimas facilidades en temas fiscales para la compra de una casa. Todo lo contrario que en españita