El Tribunal Supremo defiende en una sentencia el derecho de una empresa a subcontratar a otra para realizar trabajados durante la convocatoria de una huelga, ya que lo contrario supone una defensa "exorbitante" del derecho de huelga.
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Podemos debatir si es ético o no, pero que sea en base a estos hechos y no sobre los que creo que piensa todo el mundo (y pensaba yo hasta leer en otra fuente otra explicación mayor) que era que es la empresa cuyos trabajadores se han puesto en huelga la que hace la subcontratación cuando esto no es cierto.
¿Puede una huelga en transportes Pepe impedir que su cliente Mercadorna se busque otra empresa de transportes para mover su mercancía durante los paros? Si atiendes a la argumentación tiene sentido. La nota es un poco... de quien no entendió la sentencia
Una huelga se hace para hacerle presión a tu empresa, y de hecho lo normal es que por no dar el servicio tenga que indemnizar a su empresa cliente por tener que buscarse la vida por otro sitio. Así que la empresa ha perdido dinero con la huelga de sus trabajadores, que básicamente es lo que ocurre en una huelga. No veo que se haya atacado el derecho a huelga y sus consecuencias.
Si eliminan el derecho a huelga, tendremos huelga sin derecho.
La gran revolución trabajadora fué en el XIX,...
El titular es equivoco.
Lo que se permite es que si los trabajadores de un proveedor se van a la huelga puedas contratar a otro proveedor. Eso es lo que da fuerza a las huelgas, que tú empresa pierde contratos.
www.cuestioneslaborales.es/cuando-existe-la-cesion-ilegal-de-trabajado
Capítulo segundo. Derechos y libertades
Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas
Ver sinopsis
Artículo 28
Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a formar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.
Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.
Hay que recuperar la solidaridad obrera.
Primero la empresa C no "manda"... es la empresa B la que lo pide... Tras ello, lo que yo veo es un apoyo a los huelguistas, ya que si A no negocia para que acabe la huelga, la empresa B podría decidir rescindir el contrato con A y contratarlos en adelante con C, lo cual es un punto más de presión para A, ya que podrían perder un cliente....
Comunismo meneante: yo tengo dos vacas, pero tú decides qué se debe hacer con ellas y te quedas lo que crees que es justo. De lo contrario acusas de facha a todo el mundo.
Pues no, la calderera puede hasta perder el contrato por no poder cumplir, que es el objetivo teórico de la huelga (y cuando ocurra, ERE o cierre y todos a la calle, si se pasan forzando), pero Repsol no tiene culpa ni responsabilidad ni necesidad de pagar el pato. No son sus trabajadores, no es su responsabilidad... bastante transferencia de responsabilidad produce la ley de contratistas que es un despropósito en algunos casos.
Y si te cuestionas si la huelga es un derecho o no de los trabajadores para protestar por sus intereses, mira en #37.
Lea a #51.
- Poder aplicar despidos disciplinarios.
- Dejar de pagar salarios a gente con antigüedad (sueldos elevados) contratando "becarios" en comparación.
- Tener excusas para poder calzarse a la plantilla con EREs.
- Poder aplicar gradualmente recortes de sueldo con la excusa de que C sale más barato.
- Poder aplicar gradualmente recortes de derechos con la excusa de que los trabajadores de C, al ser de ETTT, no les tienen.
- Poder empeorar gradualmente las condiciones de trabajo con la excusa de que los trabajadores de C sí que tragarían con eso.
Aunque al final todo se resuma en evitar las huelgas por miedo de los propios empleados (miedo a los puntos anteriores). Y va a ser una pescadilla que se muerda desde la cola hasta la cabeza porque todo esto va en contra de lo conseguido por los trabajadores en el último siglo.
Sobre cubrir huecos en virtud de la plenitud del ordenamiento sí, perfecto. Con el tema de la creación del derecho... A veces el Supremo juega demasiado con la fina línea que separa "interpretar" de "crear". Los requiebros argumentales que dieron para cargarse una regla -casi un principio- de miles de años de antigüedad (la declaración de nulidad en un contrato tiene efectos desde su perfeccionamiento) en base a un principio del derecho tan abstracto como la seguridad jurídica y a que literalmente reconocieron que o hacían eso o se jodía el sistema financiero... pues vaya. Menudas interpretaciones.
Pondré un ejemplo que he vivido (estoy viviendo) esta semana: estoy encargándome de una fusión empresarial, o al menos de una parte concreta (procedimiento de fusión y análisis mercantil). Me han endilgado además la parte laboral (de la cual no controlo demasiado, yo soy mercantilista, pero es lo que me toca). Así que me empiezo a leer el ET para preparar un due diligence decente y el 44 dice que la cesionaria se subroga en el salario de la cedente. Literal. Y yo pienso: "De puta madre; la cedente pagaba menos, así que la cesionaria se subroga y se ahorra la diferencia salarial".
Y salvaje Supremo aparece y dice que sólo se subroga si las condiciones son mejores; si son peores, nanai.
Y yo, a pesar de trabajar para el Lado Oscuro, soy izquierdoso y me alegro por los trabajadores (aunque por lo bajini). Pero no deja de joderme: Tiene todo el sentido moral, pero o el puto legislador se ha olvidado de eso, o el Supremo ha cambiado, literalmente, la norma. Lo que es cierto es que se pasan la hermenéutica literal por el forro y van a la teleológica. Eso en este caso es chachi, pero eso genera una inseguridad brutal. Máximo cuando me suena que hay una STJUE que dice que si se subroga, se subroga pa lo bueno y lo malo; pero a nuestro Supremo se la pela cantidubi.
Cosas de abogados. Entendí que tú también lo eres. Si no, perdón por la chapa, porque probablemente no hayas entendido demasiado.
Fabricas cestas de navidad y las repartes con la empresa X. Esta empresa entra en conflicto con sus trabajadores y acaban plantándole una huelga, y evidentemente lo hacen cuando tienen más trabajo, en navidades. De repente no puedes entregar tus cestas porque X no trabaja. ¿Qué haces? ¿Las dejas pudrirse en almacén o esperas a Enero cuando no las quiera nadie? ¿Te comes las pérdidas ocasionadas o hasta cierras porque es el 80% de tu facturación anual y ahora no puedes cubrir ni los costes que vienes arrastrando desde Enero? Creo que ambos sabemos la respuesta... buscas otra empresa de transportes, quien tiene el problema es X, tu no tienes por qué sufrir las consecuencias, que tu tienes a tu personal contento y bien pagado, cada palo que aguante su vela.
Sé que no es exactamente una subcontrata, pero el espíritu es el mismo. Puedes y debes defender un derecho sin machacar otro derecho. Defender el derecho a la huelga de los trabajadores de una subcontrata no debe perjudicar los derechos de la primera empresa.
Para cosas maquiavélicas ya está la ley de contratistas, que traslada responsabilidades como pago de seguros, salarios, etc a la empresa que subcontrata, cuando eso es una auténtica aberración. El trabajo administrativo que genera es brutal, porque legalmente si un electricista viene a hacer un trabajo a tus instalaciones de Electricidad Pepe y resulta que tiene un accidente y no le estaban pagando los seguros... se te cae el pelo a ti, que sólo habías pedido que te pongan un enchufe. ¡De locos! Así que me tengo que asegurar de que lo tienen de alta, de que no deben nada a la SS, de que le han pagado todas las nóminas devengadas hasta la fecha... o me la juego yo porque me ponen un enchufe. ¿Acaso yo tengo que pagar nada al operario que viene? Yo he llegado a un acuerdo con la empresa para la que trabaja, no con el, si no quiere trabajar en esa empresa es su problema, no mío.
Pues así andan, más o menos, las cosas. Así que la sentencia no es ninguna salvajada, es defender que una empresa inocente no tiene por qué asumir pérdidas por los problemas laborales de otra. (Otra con la que no trabajaría si debiera nóminas o seguros sociales, que eso es otra historia)
Me suena que el objetivo de las huelgas es conseguir que la empresa no funcione para que el empresario visto un perjuicio economico ceda... ¿algun logro social se ha conseguido por la buena voluntad de algun creyente rezando? Si es asi decidme cual que necesito un ejemplo para "la excepcion que confirma la regla"
recordemos que una empresa es una "maquina" cuyo objetivo es hacer dinero, si no se le causa un perjuicio economico seguira funcionando de la "mejor" forma para conseguir dicho objetivo.
B - Empresa subcontratadora (Carrefour o la que sea).
C - ETT secundaria
#74 "Una huelga se hace para hacerle presión a tu empresa, y de hecho lo normal es que por no dar el servicio tenga que indemnizar a su empresa cliente por tener que buscarse la vida por otro sitio. Así que la empresa ha perdido dinero con la huelga de sus trabajadores, que básicamente es lo que ocurre en una huelga. (....)"
Si B puede subcontratar con C, entonces B no tiene pérdidas ni tiene que indemnizar a A, con lo que los únicos que pierden son los trabajadores. Y pierden sus derechos y/o empeoran sus condiciones laborales, porque probablemente en C estén trabajadores más padefos y menos combativos que en A, y son los que se llevarán el jornal al final del día. Esto se traduce en "poco pan para hoy y menos para mañana".
#77 Cuando digo que C manda trabajadores es que C los proporciona. Evidentemente los tiene que pedir B. Y puede que detrás de A y C estén los mismos accionistas/propietarios, lo que propiciaría que, en su situación de cuasi-monopolio, puedan hacer con los trabajadores y sus derechos lo que les venga en gana, que es lo que da más miedo de este tema.
#85 "La empresa A no tiene derecho a la huelga, son sus trabajadores quienes lo tienen. Y que la empresa B contrate el servicio con otra no lo merma ni un poquito (...)"
Vamos, que si yo hago huelga para quejarme de situaciones laborales de A y a la(s) empresa(s) para la(s) que desarrollo el trabajo (A o B) no le(s) afecta, mi derecho a la huelga no se ve mermado. Porque si A no cumple, B no paga y el dinero se lo da a C, todo ello sin llegar a paralizar B su actividad.
Y esto todavía se puede mirar de la manera más cruel posible que es cuando no existe A, y B es la empresa que tiene contratados a los trabajadores; en cuanto quiera B puede empezar a putear a sus trabajadores con recortes de sueldo, de derechos y empeoramientos de condiciones laborales. Basta que a B le hagan una huelga (totalmente justificada) para que los putee todavía más contratando a los trabajadores de C. Y probablemente B ahorrandose dinero
En tu ejemplo, la empresa B es en realidad un cliente. Si tú eres la empresa A y por tus problemas internos, tu cliente decide contratar de otro proveedor, yo creo que es un incentivo magnífico para que el empresario A se ponga las pilas y arregle el problema, no vaya a ser que el cliente se canse y no vuelva. Imagínate que la empresa A es un bar y la empresa B son sus clientes. Tus camareros se ponen en huelga y durante ese tiempo los clientes se van a tomar las cañas a otro bar. No parece una situación sostenible.
Y he dicho que el acto en sí ya daba para otro debate. Conveniencia? Visibilidad? Mensaje que se envía? Gasto?
Pero como lo has metido con la Iglesia y la Familia, pilares básicos de Hazte Pis, pues me ha rechinado.
Las batallas campales con palos y piedras hoy en día no llevan a ninguna parte, más que a causar heridos entre la propia clase obrera. Lo hemos visto constantemente durante los últimos años, sin ir más lejos en Grecia, en Youtube podeis encontrar las imágenes.
Recordemos que las huelgas se hacen como herramienta de negociacion, no como "jodienda". Es mucho mas doloso para la empresa perder clientes que tener trabajadores que ese dia no van a currar. Lo primero amenaza su supervivencia, lo segundo es tan facil como sentarse a esperar.
Al final es tan facil como saber que en cualquier trabajo, estas vendiendo tu vida. Si no te compensa, no la vendas. Si no te compensa, no lo compres. Si todos hicieramos eso, el mundo seria mucho mas bonito.
Legislar ahí es difícil de cojones, y si, se ve que en el futuro van a abusar de esta historia a muerte. Yo empezaría a diseñar un nuevo tipo de protesta.
Por mucho que subcontraten, la solución está en el apoyo transversal. Si los gerentes de empresas se apoyan entre ellos, es hora de que los trabajadores también lo hagan.
En realidad los trabajadores lo hacen todo, un gestor no es nadie. Puede que una empresa del sector haga de esquirol, pero igual se les puede reventar la historia, pq "no pueden transportar la producción", por ejemplo.
De todas formas hay que inventar nuevas armas.
No sabeis que orange is the new black, y falso autonomo es el nuevo contrato temporal.
Medida-contramedida
Medida-contramedida.
Para esta medida o contramedida tambien habrá otra contramedida.
Las empresas sin empleados.
Sociedades virtuales como las 500 sociedades pantalla de Urdangarin.
Empresas virtuales, corporaciones virtuales, empleados virtuales (no tiene), beneficios virtuales en black (la contabilidad lo aguanta todo a traves de las transacciones con otras empresas virtuales y la explotación de cualquier vulnerabilidad de la legislación)
Por eso el tribunal supremo se sustituirá por una serie de softwares con IA que interpretaran la legislación, sin interpretarla, si tiene interpretación se parchea (si ese tribunal supremo interpreta una ley, se cambia inmediatamente la ley para incluir la interpretación o para cambiar la interpretación y que a la proxima de al lado contrario)
¿La interpretación y reinterpretacion, no entrará en un bucle infinito si la ley es interpretada por softwares IA?
¿El ciclo medida comprometida no entra tambien en el espacio escalada militar? Uno tiene misiles icbm, el otro tiene mas, escudo antimisiles, icbm antiescudo antimisiles, e infinitas versiones medida contramedida.
O mas bien el juego del sistema informático que nunca es completamente seguro, del tipo la seguridad completa no existe. Se solia decir que se gastaba dependiendo del valor de lo protegido, pero ... depende de si no es nivel militar de bloque geopolítico.
Y si se sigue la teoria de juegos, siempre se puede decidir cambiar las reglas del juego a mitad del supuesto juego, meter en juego parametros que antes no se habian metido, escalas que no eran las iniciales, cambia el juego, se innova con un nuevo juego constantemente. Uno piensa que está a un juego, pero el otro va a otro juego.
¿Qué pasa con los ciclos infinitos tipo tablas en el ajedrez?
O termina en un vortice que crece y crece y termina en una guerra total mundial.
Aunque tranquilo, en 20 años nunca he visto una huelga de informáticos.
Para torpes:
Tu vas a comprar el pan y te encuentras la tienda cerrada con un cartel en el que pone "huelga", y entonces vas a comprar el pan a otro sitio.
Pues el Supremo ha dicho que TU puedes comprar el pan donde quieras.
Lo siento, pero tienes un cacao bastante curioso. Esto que has puesto es ilegal, si B tiene contratados a unos trabajadores y estos se ponen en huelga, no puede sustituirlos contratando otros.
Vamos, que si yo hago huelga para quejarme de situaciones laborales de A y a la(s) empresa(s) para la(s) que desarrollo el trabajo (A o B) no le(s) afecta, mi derecho a la huelga no se ve mermado. Porque si A no cumple, B no paga y el dinero se lo da a C, todo ello sin llegar a paralizar B su actividad.
Es que tu huelga no es contra B, es contra A, que sí paraliza su actividad.
Eso sí, hago una reflexión sobre el derecho a huelga, no hay que olvidar que en su origen era algo "ilegal", ahora es legal y es un derecho, pero las circunstancias han cambiado y hasta cierto punto se han domesticado. Por ejemplo, hablar de huelga con servicios mínimos tiene sentido pero también es una tergiversación. Y si hablamos de una empresa pública sin alternativa, pues peor.
En esos casos la sociedad tienda a criminalizar a los trabajadores. Es discutible el impacto que tiene sobre la empresa, etc, etc. Estoy pensando en las huelgas del personal del metro, o de los controladores.
Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo.
Artículo 6
5. En tanto dure la huelga, el empresario no podrá sustituir a los huelguistas por trabajadores que no estuviesen vinculados a la empresa al tiempo de ser comunicada la misma, salvo caso de incumplimiento de las obligaciones contenidas en el apartado número 7 de este artículo.
7. El comité de huelga habrá de garantizar durante la misma la prestación de los servicios necesarios para la seguridad de las personas y de las cosas, mantenimiento de los locales, maquinaria, instalaciones, materias primas y cualquier otra atención que fuese precisa para la ulterior reanudación de las tareas de la empresa. Corresponde al empresario la designación de los trabajadores que deban efectuar dichos servicios.
Apartado 7.º del artículo 6 declarado inconstitucional por Sentencia TC (Pleno) de 8 de abril de 1981, «en cuanto atribuye de manera exclusiva al empresario la facultad de designar los trabajadores que durante la huelga deban velar por el mantenimiento de los locales, maquinaria e instalaciones».
En estos articulos de Laboro-Spain lo dejan mas claro:
laboro-spain.blogspot.com.es/2011/10/cesion-ilegal-trabajadores.html
laboro-spain.blogspot.com.es/2015/06/contrato-ett-consultora-servicios
Ahora en un caso de huelga, te pueden declarar un ERE al día siguiente por posibles pérdidas (ya lo hacen hasta sin huelgas) y todos a la calle cobrando una mierda (gracias a las últimas reformas laborales). Y luego, cuando las empresas subcontraten su plantilla a través de ETTs, ya verás como deja de ser ilegal.