El Tribunal Constitucional ha anulado sendas sentencias que, si bien consideraban nulo el despido de una trabajadora, rechazaban que dicha medida estuviera relacionada con su estado de embarazo, por lo que ahora pide al juez que se pronuncie si tiene o no derecho a percibir una indemnización. El Alto Tribunal entiende que la empresa vulneró el derecho de la empleada a la no discriminación por razón de sexo porque la medida de sanción fue como consecuencia del embarazo y, en ningún caso, por los errores que cometió en el ejercicio de su labor.
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Yo creia que el constitucional solo se metia cuando una medida era inconstitucional, si el Supremo sentencia que el asunto no ha tenido que ver con el sexo, a que coño se mete el constitucional???????, tendra valor la medida del constitucional?????
Lo que falta es conciencia social. Sin niños no funciona la sociedad.