Polémica, a mi juicio, Sentencia del Tribunal Constitucional que avala el registro de un ordenador personal por parte de la Policía sin mediar autorización judicial y también valida la denuncia efectuada por el técnico informático que encontró los archivos al efectuar una reparación. Esta sentencia, que viene a romper lo que se consideraba un criterio evidente de protección del derecho a la intimidad, consagrado en el artículo 18 de la CE, tiene también un voto particular que resulta especialmente interesante.
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etiquetas: tribunal constitucional , sentencia , intimidad , derechos , 18
Si mañana un albañil ve a una niña en una habitación que está reparando en un estado muy precario y llama a la policia, esta puede y debe actuar de inmediato y sin mandato judicial por el peligro que corre esta. Así veo este tema yo.
Con la escusa de la pornografía infantil muchas cosas parecen razonables.
Pero sin la tutela judicial no hay garantías.
Imagínate que eres un perroflauta que defiende un modelo social y económico más justo y sostenible.
Estás sentado tranquilamente en una plaza y de pronto entran los antidisturbios repartiendo hostias, donde te roban el portátil.
Al mes recibes una citación para ir a juicio acusado de terrorismo.
Parece ser que en tu portátil han encontrado recetas para fabricar explosivos, planos de bombas caseras, listas de banqueros y sus rutinas diarias, así como un extensivo organigrama de vuestra organización terrorista.
¿Cómo cojones demuestras tu inocencia?
Mi opinión es que esto es un síntoma más de que en la época en que se redactó la constitución había mucha más conciencia social en cuanto a los derechos de las personas. Ahora con el cuento de que nos rodean montones de peligros y lo más importante es la seguridad , nos da igual todo lo demás...
#10 El problema es que las sentencias del TC sientan jurisprudencia. Mañana puedes irte tú a la cárcel por compartir discos del Fary, aunque no sean un hijoputa. La jurisprudencia no sienta precedente "sólo para los hijoputas". Es como la Ley de Partidos, primero la aplican en Euskadi, con consenso, y luego, ya que estamos, pues se la vamos aplicando a los demás.
El problema de todo esto es la interpretación que se hizo del consentimiento otorgado al técnico, ya que ahí reside todo el meollo de la cuestión.
#10 No te falta razón, pero el fin no justifica los medios...si de verdad tenía ese material, el tipo donde mejor está es en la cárcel...pero asusta un poquito el medio utilizado (¿y si el que metió la pornografía fue el técnico?¿y si el que llevó el ordenador lo había comprado de segunda mano cambiando el disco curo original sin tocarlo y lo volvió a poner cuando se estropeó?...sí, ya sé que son preguntas que pueden ser un poco absurdas, pero para condenar a alguien, debe tenerse la completa certeza de que el condenado es completamente culpable).
www.meneame.net/story/constitucional-avala-registro-ordenador-pedofilo
La pornografía infantil no es solo una fantasía inocente. Son pervertidos que acosan a niñas para que les manden fotos desnudas, son foros en los que estos desgraciados intercambian material.
¿Tienes alguna hermana o hija menor de edad? Imagina que alguien tiene su foto en paños menores en su ordenador. ¿Te gustaría?
1. Redacción según Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio. Será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años:
b.- El que produjere, vendiere, distribuyere, exhibiere, ofreciere o facilitare la producción, venta, difusión o exhibición por cualquier medio de material pornográfico en cuya elaboración hayan sido utilizados menores de edad o incapaces, o lo poseyere para estos fines, aunque el material tuviere su origen en el extranjero o fuere desconocido.
2. El que para su propio uso posea material pornográfico en cuya elaboración se hubieran utilizado menores de edad o incapaces, será castigado con la pena de tres meses a un año de prisión o con multa de seis meses a dos años.
No estamos hablando de dibujos ni de nada así, estamos hablando de imágenes de menores de edad, y si te parece que sea mal que se considere delito, pues inicias una campaña para modificar el Código Penal.
Art. 456 CP
Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados:
Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave.
Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave.
Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara una falta.
Si me pillan el laptop en busca de porno infantil y en su lugar encuentran 500 pelis del Cinetube, 48 series de Seriesyonkis y otros tantos videojuegos... Entonces qué me hacen???
Notificarán a la $GA€?? Me denunciarán por pirata??? Me devolverán el laptop por no tener porno infantil???
Al terminar de instalar el hardware, procedió a utilizar archivos del disco duro del ordenador para verificar el correcto funcionamiento del mismo, encontrándo en la carpeta /mis documentos/mis imágenes fotos y videos de pornografía infantil, lo que motivó que el técnico denunciase los hechos a la Policía,
El técnico pregunta si puede acceder a los datos para comprobar el estado del aparato, (despues de arreglar un ordenador uno mira lo típico, un video, unas fotos y unos documentos, creo que todos lo hemos hecho), si en ese momento en una de las fotos ve algo delictivo, es denunciable, y eso se considera flagrante. Otra cosa diferente es que te pidan el ordenador para ver si existe delito, eso si que elimina tus garantias.
Os recuerdo que la policia actuó a instancias de un civil, no fue un acto policial propio, creo que aquí los hechos si permiten el acceso al ordenador.
Hasta en la monstruosidad hay grados. Es mucho más grave asesinar que violar.
¿Como es posible que un sitio como rotten.com no esté clausurado y quieran controlar el acceso a la pornografía?
Aquí, se acaba de institucionalizar un estado fascista de "facto", de "hecho" lo hemos sido siempre, porque no nos dió la gana desnazificar el país a la muerte del golpista.
Esto demuestra el fracaso de la institucionalización de la Justicia, esta como expresión del espíritu del pueblo emana de él mismo y como tal al pueblo corresponde administrar y aplicar justicia.
¡No necesitamos gurús revestidos con ropajes de jueces!
esto pone punto y final a la intimidad !!!
#33 Iluso... A través de la red con herramientas de hacking
Sea lo que sea, al final es información útil que llega a portada.
o eso, o que en el Constitucional sólo hay una magistrada que entienda minimamente como funciona un ordenador, quien firma el voto particular...
Es decir, que ésta sentencia existe gracias a la ignorancia de los jueces sobre el tema objeto de la sentencia.
Es decir, la noticia en sí no me escandaliza demasiado, pero sí el hecho de que se condene a una persona que lleva a reparar el ordenador cuando un técnico ha tenido acceso completo a este... A lo mejor la defensa no lo hizo bien, o a lo mejor los peritos del fiscal pueden determinar quién hizo una cosa y la otra...
no se habla de que un albañil entre a la habitacion de una niña y casualmente vea algo malo en ella
aqui se habla de que ese albañil ha entrado a la habitacion de la niña y se ha puesto a rebuscar en sus cajones, entre su lenceria, en su baul personal, su diario, etc.
tu ves logico eso?
Cuando viene el fontanero a casa, le abro la puerta para que se limite a arreglar las tuberías, no para que fisgue en los cajones.
Cuando pago con tarjeta, autorizo a extraer sólo el precio expuesto.
Cuando voy al oculista, no le doy derecho a que me haga una colonoscopia.
Cuando el Corte Inglés me autoriza a entrar en su comercio, no abro las cajas registradoras.
Etc...
(sí, ya lo sé, estoy parafraseando a Groucho)
#53 por supuesto que hay maneras de demostrar que esas fotos las has puesto tú ahí. Aunque formatees el disco duro los técnicos de la policía te sacan hasta el carnet de identidad.
Sobre facilidad de uso, te viene en la instalación (gráfica) para cifrar tu /home/ una marquita, nada mas . Y con Gnome2 , algun PBI que otro y los ports no echo de menos a Ubuntu o Debian para nada.
Si pillan el ordenador del chaval con las fotos de su novia, no se considera corrupción de menores PORQUE ÉL NO ES MAYOR DE EDAD. Las relaciones sexuales consentidas entre menores ni son delito, ni falta, ni nada, porque no hay una barrera de edad legal entre los dos. podemos discutir si es justo que una chaval de 18 años y un día y una chavala de 17 años y 364 días no puedan follar, pero entre menores no media el abuso.
Imaginarse a tu prima de 16 años en bolas no es delito. Tener fotos de ella duchándose, y compartirlas en el eMule, sí lo es. La pedofilia es una tendencia sexual, pero cuando cristaliza en conductas reales pasa a ser pederastia, y éso es delito. Igual que la adicción al sexo es un trastorno tratable, pero no justifica en absoluto que le metas mano a tu vecina en el ascensor.
Hasta donde yo sé, la intimidad es inviolable, excepto en casos de flagrante delito. En esos casos autorizamos a la policía a actuar sin autorización judicial por dos razones: la emergencia de la situación (oyes a tu vecino dándole de ostias a su mujer y a quién llamas? a Garzón, o al 091?); o la posibilidad de que la espera derive en fuga o destrucción de pruebas (ves a un tío que sale corriendo de un callejón en el que otra persona yace herida: primero paras al tío que corre, y cuando se aclare todo, si te has equivocado, le invitas a una cerveza por las molestias).
Y si el tipo es tan gilipollas que deja el PC lleno de pornografía infantil en manos de alguien extraño y le da autorización para trastearlo, decir que los jueces "no saben como funciona el ordenador" es de un irónico total. Que luego nos da rabia que a Fabra no se le pueda tocar porque sus delitos PRESCRIBEN sospechosamente, pero nos parece bien que un corruptor de menores pueda ampararse en un tecnicismo para irse de rositas de cometer un delito MUY GRAVE. Me recuerda al chiste:
-¡Qué horas son estas de llegar!
-¿Qué hace este hombre en mi cama?
-¡No me cambies de conversación!
Nos venden grandes gólpes contra redes de distribución de pornografía infantil cuando en realidad mandan al talego a un degenerado que buscó estos contenidos en la red y al que se le rastreó el ordenador a través de procedimientos de dudosa legalidad.
Pero claro, la policia tiene que justificar tantos meses de chapucera investigación y rastreos p2p.
Lo del TC ya es ir de mal en peor Terrible, dramatico ... los derechos, por el sumidero.
Con la excusa de la protección de intereses muy pero que muy elevados se están dictando leyes cada vez más restrictivas de derechos individuales y se están acotando los ámbitos de la privacidad y de la presunción de inocencia.
Saben bien lo que hacen. El que proteste del jenaro es un puto machista y el que proteste de esta sentencia un puto pederasta. Pero la puerta queda abierta y podrán colar por ella todo tipo de aberraciones jurídico/judiciales.
al técnico se le dio permiso para examinar las fotos? yo diría que no. ¿que pretendía el técnico yendo hasta mis documentos/mis fotos? ¿somos todos tan inocentes que no sabemos lo que buscaba? pobre, se encontró lo que buscaba, pero con niñas. vale. aceptemos la denuncia...
pero la policia tenía que pedir autorización judicial para examinar el ordenador. Y PUNTO. las cosas hay que hacerlas bien. y yasta. para eso están los procedimientos y los protocolos. pero no se siguió... y aún encima los argumentos que da el tribunal son de una ignorancia absoluta. y no me gusta pensar que los jueces del TS y del TC son una pandilla de ignorantes...
sencillamente...no había necesidad de actuar sin la mediación de un juez. eso se hace cuando el delito se está cometiendo o hay alguien en peligro, o pueden destruirse pruebas. ninguno de esos supuestos se cumple. sí, lo entiendo, duele mucho pensar en esas pobres niñas siendo torturadas, pero...son fotos. ya están hechas, por desgracia el daño ya está hecho, nada se puede evitar. así que...sr. policia, avise usted al juez.
... con que, para justificar un registro de ordenador sin orden judicial, argumente el TC que no poner contraseña equivaldria a consentir el acceso, lo que es manifiestamente mentira. Y ya no entro a valorar el resto de la sentencia porque no la he leido, solo los fragmentos comentados en este articulo de Maeztu ... a saber si no contendra la sentencia otras jaimitadas ...
El derecho a la libre expresión, la libertad de opinión y el derecho a no informar ni declarar acerca de los propios pensamientos y opiniones, están claramente recogidos en la Constitución Española.
Si un tribunal me censura diciendo que yo no puedo decir públicamente algo como: "estoy de acuerdo con bastantes cosas de las que ha hecho ETA"; ese tribunal está atentando contra mi derecho a la libre expresión y a la libertad de opinión; porque lo cierto es que la CE reconoce ese derecho fundamental a todos los españoles y ningún tribunal está por encima de la CE. Ni siquiera el TC.
Si los primeros que prostituyen la Constitución con sus sentencias, en muchos casos absurdas, es el propio TC; de poco nos sirve tener una Constitución que recoge derechos fundamentales. Otro caso evidente es la conocida como Ley de Violencia de Género (ya se que no se llama así... es para entendernos). Esa Ley viola un derecho fundamental recogido en el art. 14 de la CE; el que garantiza la igualdad de los españoles ante la Ley. A partir de aquí, poco más queda que hablar...
Aquí hay muchos frentes: primero, la posible destrucción de pruebas si el colega recupera su ordenata y se da cuenta de que, osti, igual el técnico ha podido ver todo ésto y me ha denunciado...
Segundo, que si la policía pide una orden judicial para acceder al ordenador y el juez se niega, porque no ve indicios de delito porque no se fía de lo que diga el técnico, la poli le devuelve el ordenata al colega y éste borra el contenido y aún le pone una denuncia al técnico por denuncia falsa, con lo que el celo en el procedimiento dificulta el fin de éste.
Que estoy de acuerdo que en un estado de derecho hay cauces y normas y hay que seguirlas, pero tener la cara de ir al Constitucional para defender tu derecho a tener y compartir pornografía infantil almacenada en tu disco duro, amparado en un tecnicismo, es de tenerlos cuadrados. Legal no te digo que no, pero es una de esas cosas que pervierte la normativa; cuando el derecho de uno prevalece sobre la gravedad de sus actos sobre otros. No me parece que las leyes estén para éso.
Además la pol
Para mí aquí estamos ante el típico caso de "soy culpable, pero voy a intentar parar el proceso alegando causas formales" y punto. El Constitucional lo ha visto y ha decidido en consecuencia. Por cierto, el titular está mal puesto. No es "...el registro del ordenador..." sino "...el registro de un ordenador..."
El PC ha pasado por las manos de su dueño o ha ido directamente del técnico a la policía como parece que ha sido? Porque, asumamiendo que nunca podemos tener la certeza del conocimiento real de una persona, bien podría haber puesto todos esos ficheros ahí el técnico (como bien decían por ahí arriba) e incluso alterar todos los indicios forenses necesarios para que un perito de la brigada de delitos telemáticos creyera que llevaban ahí años.
El PC debía volver a manos de su propietario, independientemente o no de la denuncia, y debía mediar orden judicial. Cuanto menos, esto podría dar margen de tiempo a que el usuario notara el directorio y pusiera él mismo una denuncia (en caso de ser inocente) o borrar las evidencias con una habilidad equivalente a no tener semejante contenido cifrado en disco (lo que dejaría el trabajo en manos, de nuevo, del perito de delitos telemáticos).
En fin... Así nos va.
P.S.: En cualquier caso, evidentemente, me satisface tener un pedófilo/pederaste menos en la calle.
P.S.II: Una vez abrí un vídeo del PC de un cliente (cuando aún reparaba ordenadores), me lo habían dejado porque "al reproducir vídeo y música a la vez, al cabo del rato, se cuelga". Escogí un vídeo cuyo nombre de fichero consistía en una amalgama de números y letras sin sentido (pero que estaba con todo el mogollón)... lo que vi allí... me impidió entregar el PC en mano y tuve que delegar en un compañero. Moraleja: Las evidencias gráficas de lo que hagas con tu novia en la intimidad, escóndelas un poquico también, hombre...
Aunque es verdad que existe la posibilidad de recuperar la información que había anteriormente en un espacio del disco observando físicamente el disco (la posición que tienen los pequeños registros magnéticos que guardan cada bit). Pero basta con reescribirlos varias veces para que no quede ninguna evidencia física de lo que había anteriormente en el espacio que ocupan esos ficheros. De hecho si no fuese así, significaría que los discos duros tienen memoria infinita, lo que violaría unas cuantas leyes de la física. Además, con esta técnica puedes saber los contenidos anteriores con baja fiabilidad y desde luego sin saber en que momento se sobreescribieron.
Vamos que demostrar que el técnico ha añadido esos ficheros en el ordenador del cliente es imposible si lo ha hecho bien, y viceversa, demostrar que el técnico no ha tocado esos ficheros es imposible. Por eso existe todo un procedimiento legal para obtener las pruebas!
Si no me crees, préstame tu disco duro, le añadiré una carpeta emule con cientos de fotos porno y llamaré a la poli. A ver que pasa
No sufro por el pedófilo de la noticia, por mi que lo metan en la carcel. Sufro por el resto de la gente. Cualquier dia será a mi o a ti a quien acusen de pedófilo por haber llevado el ordenador a reparar.
Saludos
A ver, que lo básico en todo análisis forense informático, que se quiera utilizar en un juicio, es partir de una imagen del disco duro del acusado. Y este disco duro debe haber sido requisado ante un notario, justo para impedir que puedan modificarlo y hacer cargar con las culpas a un inocente...
Edit: demasiado tiempo en escribir... se me han adelantado #66 !
Para arreglar un DVD se necesita encender el PC y entrar al windows. Por tanto si tiene contraseña hace falta pedirla al usuario. Una vez dentro metes un DVD y miras si lo lee correctamente. Sino instalas los drivers que haga falta. No necesitas buscar archivos en el disco para probar el lector de DVD, como han dicho los jueces, ni tienes por qué comprobar el funcionamiento del resto del equipo después de arreglar un lector de DVD. Eso de que hay que mirar fotos, videos y documentos para comprobar el correcto funcionamiento del sistema operativo no tiene ningún sentido, me suena mucho a arreglos caseros entre amigos. Si un profesional se dedica a hacer eso, está cometiendo un delito grave de violación de la intimidad.
Pero da igual, el caso es que el tribunal la caga en aspectos más importantes, el cliente dice que el PC no tiene contraseña para permitir al tecnico probar el DVD, no para darle carta blanco con todos sus datos personales. Y lo peor de todo la policía parece que ahora se puede dedicar a intervenir comunicaciones, entrar en domicilios, o examinar discos duros sin necesidad de mandato judicial, solo basta con que aleguen que hay algún tipo de urgencia, ni siquiera hace falta que la urgencia sea por motivos reales, para eso está el TS y TC, para inventarse urgencias imaginarias.
Habrá que esperar a que en otro caso similar vuelvan a repetir esta postura, entonces la jurisprudencia será firme.
Tampoco entiendo muy bien porque en algunas circunstancias se anulan pruebas totalmente válidas, como las escuchas (donde a pesar de que fueran ilegales, eso no implique que estén adulteradas) pero en este caso que si podría pasar, sí se permiten.
El dueño debería haberle dicho que no viese sus archivos para que el técnico tuviera más curiosidad, figonease y le denunciase igualmente, ¿se salvaría de la condena en ese caso el imputado?