El Tribunal Supremo ha condenado a la empresa Ambuibérica, adjudicataria del transporte sanitario en Cantabria, a abonar a sus trabajadores como horas extra más de cien mil, que han excedido la jornada laboral anual.
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etiquetas: tribunal supremo , horas extra , ambuibérica
No hablan de eso, citan la noticia que comento, pero no hablan de tiempos.
Y ahora mi pregunta es ¿Que hay de los tiempos?, porque el TSJUE, declaró esto para disponibilidad de tiempo de 8 minutos y creo que luego hay otra para 30 minutos, pero no estoy seguro, es decir si tu tiempo de estar en el curro preparado es como máximo de 30 minutos, te pagan las horas de guardia como extra, si no NO, lo que tengas pactado.
Ahora esta noticia no habla de tiempos, pero cita una sentencia que si lo hace, ¿Así que falta a información?,¿Da igual el tiempo que sea, 2 horas, 1 hora...?
A mi en cualquier trabajo que me digan que tienes guardias y tienes que estar en la oficina/ambulancia/lo que sea en menos de "un par de horas" me pagan las horas de guardia integras; porque eso es practicamente como estar trabajando.
Tu estas por ahi a tu rollo, te llaman y 2 o 3 horas despues estas en el puesto, pues veo logico que solo te pagen cierto plus por estar "disponible".
Pero si tengo que estar en menos de 60 min. en el puesto, significa que estas encadenado a 20/30km de donde sea, localizable, etc. y menos si como cuentan aqui alguno que te pide que estes en 10 o20 min. alli.
Si es asi me pagas todas las horas, quizas al minimo 7 o 8e/hora, pero todas las horas.
Y sino que haga las guardias su santa madre.
"A raíz de esa demanda, y tras el fallo del Supremo, en España se aplicará a partir de ahora esta nueva consideración del tiempo de guardia. "O se trabaja o se descansa", sentencia el TS, órgano que rechaza "graduaciones, de modo -prosigue el fallo- que los tiempos de espera, de disponibilidad, de localización, o son tiempo de trabajo o son tiempos de descanso, no pudiéndose admitir una categoría intermedia"."
Según esto daría igual el tiempo no?,
Volvemos al punto de cuanto tiempo de respuesta es "presencia física"
Yo creo que no puedo ser toda, una guardia semanal de 1 hora de respuesta se transformaría en 128 horas extras por semana de guardia. En mi empresa que tiene precios pactados para guardias y horas en guardias seria un cambio brutal.
Ahora: Guardia 300
Con esto: 128x 30e (hora barata) = 3840 Euros por Guardia
Ojala fuese así pero no.
fue una sentencia muy específica. En el resto de guardias con un tiempo razonable para presentarse en el puesto de trabajo o que se pueda trabajar en remoto esto no aplicaría.
www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&
Si bien algunas horas extras puedan ser OBLIGATORIAS, solo lo son aquellas que se deban emplear para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes. y por supuesto, la empresa debe RAZONAR la URGENCIA Y lo EXTRAORDINARIO del siniestro. Y no, una guardia 'por si alguien se pone malo' NO ES EXTRAORDINARIO, y puesto que NO ES EXTRAORDINARIO, dicha hora extra o guardia es VOLUNTARIA.
La obligacion de realizar un SERVICIO DE GUARDIA es del empresario, no del trabajador. Es el empresario quien debe convencer al trabajador de realizar dicho servicio de guardia. El deber del trabajador es trabajar sus horas legales por las que esta contratado. Toda hora que este fuera de dicho horario laboral, es voluntaria y se paga aparte segun convenio o acuerdo privado, y por supuesto, si al trabajador no le interesa, ya sea por conciliacion familiar, por motivos economicos, o porque quiere jugar al WOW con sus colegas, pues no las hace.
y que en una clausula de un contrato de trabajo, se especifique que tienes que hacer unas determinadas guardias de forma FORZOSA, convierte dicha clausula en nula, de la misma forma que si en otra clausula especifica que te tienes que dejar encular los martes y jueves de 20h a 22h, dicha clausula es nula por violacion (nunca mejor dicho) de derechos fundamentales.