Artículo 25 1.Derecho a la vida digna. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida que asegure, para él y su familia, la salud y el bienestar, especialmente en cuanto a alimentación, vestir, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios; también tiene derecho a la seguridad en caso de paro, enfermedad, incapacidad, viudedad, vejez u otra carencia de medios de subsistencia independiente de su voluntad.
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Y como es la moda en menéame responer con un enlace, te paso un video que explica cuánta gente vive de planes sociales en Argentina, un modelo de bienestar y desarrollo : youtu.be/H7v-7vEArsg
Estás bastante equivocado comparado la RBU con una ayuda condicionada clásica. No tienen nada que ver.
Quién dice que la inflación es multicausal, es porque quiere seguir imprimiendo dinero para recaudar el impuesto inflacionario, Pero siempre que hemos cortado la emisión de moneda, la inflación se ha solucionado en unos meses, y lo contrario, no ha ocurrido nunca en los 5000 años que tenemos de historia documentada de precios.