España tiene un compromiso con Bruselas para reducir la interinidad en la educación al 10% para 2022. CCOO alerta de que la oferta de nuevas plazas comprometida por las comunidades autónomas es escasa y faltarán casi 50.000 extra en dos años. En los últimos diez años el número de docentes mayores de 60 se ha duplicado y el de menores de 30 ha caído a casi la mitad
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etiquetas: profesores , escuela , pública , interinidad , edad
Nunca acabé de verlo...
A hincar los codos carajo ya.
Por otro aqui dicen que son 30 años, no 35.
www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/la-jubilacion-anticipada-de-los-doce
Como te gusta tanto concretar, te copy&paste los detalles concretos, que algunos no los mencionas, como lo de los 15 años:
Requisitos de acceso a esta jubilación anticipada:
Haber permanecido en activo ininterrumpidamente en los 15 años anteriores a la presentación de la solicitud en puestos pertenecientes a las correspondientes plantillas de centros docentes, o que durante una parte de ese período hubieran permanecido en la situación de servicios especiales o hubiesen ocupado un puesto de trabajo que depende funcional u orgánicamente de las Administraciones educativas, o que les hubiesen concedido excedencia.
Tener cumplidos 60 años de edad, en la fecha del hecho causante de la pensión de jubilación, que será a este efecto el 31 de agosto del año en que se solicite.
Tener acreditados 15 años de servicios efectivos al Estado, en la misma fecha del hecho causante
#4 Yo tampoco entiendo que los policias sean funcionarios...
Ni tampoco los jueces...
Ya que te gusta tanto leer, verás aquí que en Catalunya son 35 años en primaria para tener el 100% de la pensión y 32 en secundaria. Que en otras regiones de Ejjjpáñ necesiten menos años ya nos dice mucho de lo bien que estamos los catalanes.
publica.cat/wp-content/uploads/2017/12/especial-jubilacio-2018.pdf
Haber permanecido en activo ininterrumpidamente en los 15 años anteriores a la presentación de la solicitud en puestos pertenecientes a las correspondientes plantillas de centros docentes,
Si tienes 60 años, 40 cotizando, pero con 55 años estuviste un tiempo sin estar en activo, te dicen que nada, que a jubilarte a los 65. No te dicen que te van a dar 600€, sino que no te dejan jubilarte.
Bueno, en Catalunya habia que hacer un esfuerzo para que el Dios-Emperador Pujol pudiera tener su montaña de oro...
Y lo demás, explícatelo a ti mismo: está muy clarito en el link que te he mandado.
Yo creo que los impuestos deberias recaudarse en la comunidad donde reside el cliente, no donde tiene su sede fiscal la empresa.
En ese link no he encontrado lo de que los docentes se pueden jubilar a los 60 años si previamente han pasado los 15 años anteriores en activo. Tampoco me sorprende de los cracks de UGT. Pero supongo que tu le das más valor a ese planfleto que a la ley:
noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo2-2006.t8.html#tr2
Disposición transitoria segunda Jubilación voluntaria anticipada
1. Los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes a los que se refiere la disposición adicional séptima de la presente Ley, así como los funcionarios de los cuerpos a extinguir a que se refiere la disposición transitoria quinta de la Ley 31/1991, de Presupuestos Generales del Estado para el año 1992, incluidos en el ámbito de aplicación del régimen de clases pasivas del Estado, podrán optar a un régimen de jubilación voluntaria hasta la fecha en que finalice el proceso de implantación de la presente Ley establecido en la disposición adicional primera, siempre que reúnan todos y cada uno de los requisitos siguientes:
a) Haber permanecido en activo ininterrumpidamente en los quince años anteriores a la presentación de la solicitud en puestos pertenecientes a las correspondientes plantillas de centros docentes,
Y si ahora el nivel general del profesorado es bajo, si algún día dejan de ser funcionarios no querrán ejercer la profesión más que los pirados...
Y no, ahora mismo en secundaria llevan 2 años abriendo listas y hay gente trabajando de interina que no se ha presentado nunca a una oposición siquiera.
Ahora mismo, expones la unidad didáctica y la programación de un curso. Si apruebas, pasas al examen práctico y al teórico, nota conjunta. Si el promedio es superior a 5 en estos exámenes, entonces llegas al baremo de meritación: antigüedad, títulos, formación contínua, idiomas...
Y hay gente interina que no se ha presentado: sí, claro. Pero han pasado un proceso en la primera vacante para declararles válidos.
Hay mucha gente intentando afear el sistema y queriendo poner palos en las ruedas. Si
Y el sistema de acceso es una puta mierda, no hay necesidad de que nadie lo afee porque de por sí es insostenible (y nos lo dice Europa). Y el que no vea que hay necesidad de adaptar el formato de las oposiciones al sXXI y encontrar una manera de hacerlas objetivas, eficientes, efectivas y transparentes no se ha leído el marco jurídico de la administración ni del funcionariado, ni mucho menos sabe lo que es el gobierno abierto que es a lo que deberíamos estarnos moviendo.
Volviendo a mi comentario original, todo esto lo ha causado la administración saltándose su propio reglamento al no sacar las plazas a concurso en el tiempo estipulado en la ley (siguiente convocatoria a poder ser, máximo 2 años sin salir a concurso). Y todo con el objetivo de favorecer a unos pocos.
2) Tu antigüedad en la bolsa no se ve afectada por la nota de oposición.
3) Europa no se ha pronunciado sobre nuestro acceso. Lo que sí ha dicho el TJUE es que nuestra tasa de trabajadores interinos está muy por encima de lo que sería razonable para garantizar la cobertura por contingencia, que ellos cifran en el 8%.
4) El sistema de acceso hoy en día es muy práctico. Todo es mejorable. Incluso se podría optar por otro sistema de acceso, pero siempre habría cuñados criticándolo.
5) Las administraciones educativas han sacado plazas casi suficientes para cumplir con la reposición pactada pero, sin embargo, también han creado un cenagal administrativo en el que los tribunales (compuestos por profesionales) han puntuado muy dispar y, encima, han suspendido a gente con puntuaciones excepcionalmente bajas para cumplir con los plazos de celebración de las pruebas.