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Los viudos no pueden deshacerse o vender las herencias de sus hijos

El Tribunal Supremo ha dictado hoy una sentencia que sienta jurisprudencia sobre la venta de propiedades heredadas por los hijos menores de un progenitor cuando se ha quedado viudo. En su auto, el Supremo establece que las operaciones sobre herencias que un padre o un representante legal en nombre de hijos menores sin autorización judicial no serán válidos hasta que los hijos las ratifiquen y firmen esas operaciones, por ejemplo, de comrpaventa, con el objetivo de «proteger los patrimonios» de esos menores.

| etiquetas: viudos , vender , herencia , hijos
18 2 1 K 172 mnm
18 2 1 K 172 mnm
  1. Claro, porque no les pertenecen.
  2. Se necesita urgentemente alguien que explique DE UNA PUTA VEZ la diferencia entre usufructo y nuda propiedad.

    Me temo.
  3. Mucho me temo que eso es así desde hace un tiempo. Tengo 40 años, mi padre murió hace 35 y mi madre tuvo que esperar hasta mi mayoría de edad para poder escriturar unas viviendas. Ha llovido ya, por cierto :-)
  4. #2 Se hace necesario más bien explicar que los hijos heredan en primer lugar, luego los padres y los últimos los cónyuges y que el padre/madre, sólo puede administrar el patrimonio de sus hijos de forma ordinaria, necesitando autorización judicial para lo demás.

    Luego, cuando se comprenda eso, explicamos la diferencia entre posesión, usufructo y nuda propiedad.
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