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Conceden el complemento de maternidad a un varón que sufrió un accidente laboral

Prosigue afirmando que “siendo que el actor reúne el resto de requisitos, procede reconocerle el complemento de pensión de jubilación denominado de ‘maternidad'» condenando a la Mutua al pago del mismo, como responsable del pago de la prestación de incapacidad permanente derivada de accidente de trabajo, subsidiariamente se declara la responsabilidad del Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social. En definitiva, se revalorizará su pensión en un 5% mensual, de por vida

| etiquetas: maternidad , complemento , accidente , laboral , discriminación , inss , pensión
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menéame