Actualidad y sociedad
11 meneos
218 clics

Cuándo y cómo se hace el recuento del voto CERA

Así, el voto CERA se contabilizará el día del escrutinio general, que se realiza a los cinco días del provisional, por la Junta Electoral competente a las ocho horas de la mañana y con los interventores que designen los partidos políticos, como regula el artículo 75 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

| etiquetas: elecciones , recuento , cera , extranjero , consulado , embajada

menéame