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La cuarentena por el coronavirus trastoca los planes del ‘boom’ renovable en España

Según la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, durante los próximos quince días se suspenden los plazos administrativos. Esto supone la suspensión de términos y la interrupción de ‘los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo‘. Pero «habría que ver si afecta a la subasta de 2016 que ahora se están conectando»

| etiquetas: energía , renovable , covid19

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