Actualidad y sociedad
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Gumersindo Azcárate, padre de la 'Ley Azcárate' contra la usura

"Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales." Artículo 1 de la Ley de 23 de julio de 1908, de la Usura.

| etiquetas: usura , ley , gumersindo azcárate
57 10 1 K 135
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