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La Justicia europea sentencia que la entrada irregular en la UE, por sí misma, no implica cárcel

La normativa prevé un período de retorno voluntario, seguido, si es preciso, de medidas coercitivas de expulsión. Si no se produce la salida voluntaria, impone a los Estados miembros la obligación de proceder a la expulsión empleando las medidas menos coercitivas posibles. Solo cuando exista el riesgo de que no pueda llevarse a cabo la expulsión podrá el Estado miembro decidir el encarcelamiento de la persona afectada, por un período que en ningún caso podrá superar los dieciocho meses, precisaron los jueces.

| etiquetas: tribunal , justicia , union , europea , inmigrante , irregular

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