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¿Puede la empresa renegociar a la baja las condiciones laborales de su plantilla?

El Estatuto de los Trabajadores (ET) prevé, en su artículo 42, el cauce a seguir cuando la compañía quiere minorar las condiciones laborales fijadas en los contratos de la plantilla. Este precepto permite renegociar la jornada de trabajo, el horario, el salario o las funciones asociadas a un puesto, entre otros aspectos. No obstante, la ley concreta una serie de potestades y derechos laborales a las que el trabajador no puede renunciar

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