Actualidad y sociedad
13 meneos
37 clics

Según el TS, las relaciones de trabajo mediante aplicaciones de móvil serían de falso autónomo

Una vez más es difícil resumir en un titular un asunto ligeramente complejo. De lo que trataremos en este nuevo artículo publicado en Laboro es de que son laborales las relaciones de prestación de servicios a terceros que los trabajadores establecen con algunas empresas mediante la típica aplicación, plataforma, app o como se quieran llamar; es decir que no son profesionales o como autónomo. Mejor dicho: que la relación se establezca mediante este tipo de aplicaciones no produce necesariamente que la relación no sea laboral.

| etiquetas: móvil , falso autónomo , aplicaciones
10 3 1 K 84
10 3 1 K 84

menéame