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El Supremo obliga a una empresa a indemnizar a una camarera de piso anteponiendo el convenio del sector al de la empresa

El salario que tenía con el convenio de empresa era de 1.041 euros mensuales (en 12 pagas), mientras que el sectorial de la provincia ascendía a 1.839,46 euros. El Alto Tribunal confirma una novedosa sentencia del TSJ de Andalucía que falló que la empresa debía indemnizar por despido improcedente en función del salario del Convenio Sectorial de Hostelería de Málaga.

| etiquetas: camarera , convenio sectorial , indemnización , málaga , hostelería , limpi
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