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El Tribunal Constitucional entierra el principio de inmediación

La recentísima Sentencia del Tribunal Constitucional 177/2014, de 3 de noviembre de 2014 aborda un supuesto no infrecuente, el del juez sentenciador distinto del que presencia las pruebas orales (interrogatorios de partes, testigos o peritos). Ahora lo examina fuera del ámbito civil o penal, refiriéndose a la posible indefensión en el campo contencioso-administrativo donde es sabido que el propio legislador ha debilitado el principio de inmediación (la LJCA permite la delegación de las pruebas en uno de los magistrados de la Sala).

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