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Un tribunal opositor no puede preguntar temas fuera de programa

El tribunal calificador de una oposición no puede preguntar sobre un tema que no está previsto en el programa, aunque esté relacionado. Así lo ha determinado el Tribunal Supremo en una reciente sentencia en la que declara que, en un sistema de oposición, las materias objeto de exposición “deben responder siempre a los enunciados y contenido del temario”, ya que lo contrario genera inseguridad jurídica.

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