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El Tribunal Superior de Justicia de Valencia anula jubilación forzosa a los 65 años a personal sanitario

Según declara CSIF, el artículo 3 anulado “especifica que la jubilación forzosa del personal estatutario se declarará en la fecha en que se cumpla la edad que, con carácter general, el artículo 161.1″. “La importancia de la sentencia radica igualmente en la anulación del apartado segundo del artículo 6, que establece los criterios para denegar la prolongación del servicio activo”, asegura. “Con la nulidad de este artículo quedan invalidadas aquellas jubilaciones forzosas realizadas sobre esa base".

| etiquetas: valencia , jubilación forzosa , personal sanitario
17 4 0 K 73
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