La sentencia es del pasado 7 de octubre, y supone básicamente extender el delito de malversación de fondos públicos a todas las empresas y sociedades mercantiles, aunque sean entes instrumentales y no tengan carácter de Administraciones Públicas. Es decir, que quienes se apropien de dinero público tendrán un agravante al tratarse de una Administración, aunque sea periférica.
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