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El TSJC rechaza el toque de queda de la Generalitat: "El control de las interacciones sociales no es ningún criterio sanitario"

"El control de las interacciones sociales no es ningún criterio sanitario estrictamente considerado, como una genuina potestad para el mantenimiento de la seguridad y del orden público, cuya naturaleza además no transmuta según las franjas horarias de las relaciones sociales, para convertirse en cuestión sanitaria lo que en horario diurno es indiscutiblemente un tema de policía administrativa". Con este argumento, el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha rechazado la petición de la Generalitat de ampliar las restricciones de movi

| etiquetas: toque de queda , generalitat , criterio sanitario

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