#110 No tengo a mano la sentencia ahora, pero te mando este enlace, donde se hace referencia a lo mismo. www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/Noticias-. No se puede condenar a nadie por un delito de odio si no eres colectivo vulnerable.
Pero los ejemplos que tú pones son injurias, está claro que no te puedo llamar ladrón así como así, pero la noticia es que denuncian por delito de odio y eso no lo veo. Lo de las sedes... quizás es más factible...sin embargo, no sé cómo estará el tema.
Por muy mal que me parezcan las declaraciones, desde un punto de vista estrictamente legal, por delito de odio, no le van a poder meter nada. La doctrina del Supremo tiene establecido que el delito de odio tiene como condición que el sujeto pasivo debe de ser un colectivo vulnerable.
1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses el que cause daños en bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental, o en yacimientos arqueológicos, terrestres o subacuáticos. Con la misma pena se castigarán los actos de expolio en estos últimos.
2. Si se hubieran causado daños de especial gravedad o que hubieran afectado a bienes cuyo valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental fuera especialmente relevante, podrá imponerse la pena superior en grado a la señalada en el apartado anterior.
3. En todos estos casos, los jueces o tribunales podrán ordenar, a cargo del autor del daño, la adopción de medidas encaminadas a restaurar, en lo posible, el bien dañado.
Y sí... El marco es parte de una obra de arte.
Y recuerdo, que aunque se han menos de dos años la condena, puede ser que entren.
#30 Pero la mayoría de las veces que una sentencia nos parece que es injusta, es ajustada al derecho que el poder legislativo ha dictaminado. Existe una tendencia a criticar sentencias judiciales sin tener ni idea leyes intentado imponer unos argumentos que no se sustentan en las leyes.
Te doy la razón en que el sistema está montado para pillar al ladrón de gallinas antes que a un Rato de turno, pero eso no es en gran parte de los jueces.
Pero al igual que me cuesta discutir con un programador de cuál es el mejor lenguaje de programación me cuesta ver a gente que no distingue una falta administrativa de un delito hablar de derecho. Ojo que no va por ti hablo en general.
#11 sigue leyendo:
" El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) tiene previsto acordar este jueves la apertura de un expediente para su expulsión, dándole al interesado trámite de audiencia y escuchando a la Fiscalía. En realidad, el expediente de expulsión de Alba había quedado en suspenso cuando se decretó la apertura de juicio oral en 2018 y se decidió asimismo suspenderlo en sus funciones como juez. Sin embargo, durante todo el tiempo transcurrido desde entonces ha venido cobrando un sueldo base, de en torno a 1.800 euros netos al mes, conforme al reglamento de la carrera judicial. Cuando el CGPJ decida su expulsión -si la decide- deberá devolver todo ese dinero al Ministerio de Justicia"
Hasta que no hay sentencia firme no te pueden expulsar de tu puesto.
La prisión preventiva, es una medida excepcional que solo se puede tomar en algunos casos excepcionales que están muy tasados. art 503 de la lecrim.
Si el acusado no tiene intención de huir, no tiene posibilidad de ocultar pruebas.....
Desconocía que se habían utilizado bombas nucleares para apagar pozos de gas. Al parecer fue el primero, pero desgraciadamente no el último. Y alguno salió bastante mal.
#7 una cosa es lo que me parece esos niñatos, y otra cosa es lo que es delito, que es lo que viene en el código penal. El gobierno no ha cambiado y hecho una ley de pandemia o cambiado la de salud para dar cabida a esta y otras actuaciones.
Las putas monjas que robaron los niños no estan en la carcel, entre otras cosas porque la mayoria de ellas estaban muertas para cuando se descubrio. Y porque en España los delitos prescriben. No se cuando prescribe el de secuestro, pero el de asesinato es a los 20 años.
Pero los ejemplos que tú pones son injurias, está claro que no te puedo llamar ladrón así como así, pero la noticia es que denuncian por delito de odio y eso no lo veo. Lo de las sedes... quizás es más factible...sin embargo, no sé cómo estará el tema.