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Sentencia pionera sobre el CBD del cannabis: un juez contradice a la fiscalía antidroga y absuelve a un acusado al que devuelve sus cogollos

La Fiscalía Especial Antidroga, en una reciente instrucción sobre el CBD, aludía a la Convención Única de 1961 y considera que cualquier cogollo, independientemente de la proporción de THC que contenga, se considera estupefaciente, con la excepción de aquellas plantaciones autorizadas por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios.
El juez destaca que no se puede obviar la reciente sentencia del 19 de noviembre del 2020 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que se opone a la existencia de normativa nacional que prohiba la comercialización del CBD legalmente producido en otro Estado miembro "cuando se extrae de la planta cannabis sativa en su totalidad y no solo de sus fibras y semillas".
El letrado Joan Bertomeu, de Brotsanbert, remarca que se trata de la primera sentencia en España que alude a la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que avala el CBD. "Esta sentencia es muy importante porque, contrariamente a lo que sostiene la Fiscalía Antidroga y la Agencia del Medicamento, resulta evidente que la flor del cáñamo, con bajo contenido de THC y prevalencia de CBD, no puede considerarse estupefaciente, ni penalmente fiscalizable"

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