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Abogados contra las jubilaciones indignas de su mutualidad: "Con 300 euros al mes no pueden dejar de trabajar"

Los abogados que cotizan con la mutua al llegar a la edad de jubilarse no pueden hacerlo porque les queda una pensión de 300 euros o menos. Exigen una pasarela para que el Regimen de Autónomos (RETA) les reconozca todo lo cotizado.

| etiquetas: abogados , pensiones , dignidad
  1. ¿Cuanto han cotizado? Quizá ese sea el problema...
  2. Alguien les ha engañado u ocultado información?

    No tuvieron nunca la opción de elegir cotizar como autónomos?

    Edito. Veo que sí
  3. Este es el sueño de todo autónomo: no pagar el RETA. Ahora que apechuguen con las consecuencias.
  4. #2 Que pidan una no contributiva... ¿Por qué no?

    :-D
  5. #4 Dí eso de las pensiones no contributivas, en vez de hablar de abogados, y verás la que te lían.

    xD xD xD xD
  6. #1 Pobres abogados que no sabían que no se podía hacer trampas en la cotización. Pobrecitos.
  7. Les sugiero que contraten un abogado, a poder ser que no sea mutualista.
  8. #2 Además van a lo privado para la salud en vez de la SS.SS.

    Sinceramente, que se jodan.
  9. A ver si viene alguien de esos que dicen que las pensiones privadas son la panacea a explicarles que está todo bien.
  10. #24 #26 Pues imagina a quien está guardando la cotización en na hucha para luego pedir la no contributiva. Porque los hay... Y no son pocos...
  11. #3 Muchas "S" veo ahí ;)
  12. Se les olvida a los abogados comentar que las cotizaciones a la mutualidad suelen ser aproximadamente la mitad de las cotizaciones al RETA.... igual influye.... :troll:
  13. #27 Pues son los que salen ganando.
  14. #12 Están echas, 300 euros apenas es la diferencia entre la no contributiva y la contributiva mínima. Pero los 300 los cobrarán hasta que se agote el capital y sin revalorización alguna, la contributiva la cobrarían hasta morirse y con revalorizaciones anuales.
  15. #9 Lo que diga Hitler. El Fuhrer no pude estar equivocado.
  16. La pensión va en función de lo cotizado, si cotizas mucho cobras mucho, si cotizas poco cobras poco. Es así tanto trabajando por cuenta ajena como si eres autónomo.
  17. #8 Luego se puede pedir una no contributiva....
    ¿Hacemos cuentas?

    cc #10
  18. #14 Ahora imagina que lo que no han pagado de RETA lo han metido en una hucha, o en deuda pública... Es un decir...

    ;)
  19. #15 Pero no se diferencia nada de nada...
  20. #7 Que lo hagan. Ganarían 184€ más... si no les pillan.
  21. #27 Si no les pillan que ya disponen de un patrimonio que les genere ingresos...

    Los abogados de buen bufete gastan lo que les aporta la contributiva sólo en gastos de escalera/mantenimiento de la vivienda.
  22. #1 aparte de eso, este tinglado se sostiene mientras haya una pirámide de base ancha y ahora mismo, si se estrecha un poco más, no llegan a navidades.
  23. #6 Pues es un buen melón, aunque yo de base separaría incapacidades de otras causas.
  24. #1 Aun con esas el mínimo debería cubrir una vida digna.
  25. #1 más que un político, fijo.
  26. #6 Me suena que cualquier español puede pedir una pensión no contributiva como mínimo, ese será el cálculo según lo cotizado.

    Aunque no sé este caso en concreto si es un régimen especial en el que se tenga que renunciar a la pensión mínima.
  27. #26 nos es imposible exactamente así, si tu cónyuge tiene pensión contributiva o aún trabaja creo que no tienes derecho a una no contributiva.

    Habra más casos, seguro
  28. #12 no todo el mundo tiene derecho a la no contributiva
  29. #9 AbogadoSS. :-D
  30. #3 Lo mismito dicen los progres que llevan a sus hijos a centros educativos concertados.
  31. #1 por ley, mínimo el 80% de lo que debian cotizar en RETA, el problema es que la cuota pagada va a un fondo de inversión, y si éste palma dinero, tu también palmas.
  32. Ya sé que es mucho pedir pero estaria bien que algun periodista explicase algo. Tengo entendido que los abogados tenian que estar obligatoriamente en la mutualidad, ganaron el derecho a pasarse al RETA y ahora resulta que la mutualidad no se la reconocen en la Seguridad Social o que la mutualidad no ha pagado a la Seguridad Social o algo asi. No es que ellos no hayan cotizado. Es algo mas complicado pero el articulo no lo explica.
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