El funcionamiento anormal de la administración de Justicia es un supuesto previsto a efectos indemnizatorios en la Constitución. En su título VI, dedicado al poder judicial, la carta magna española contiene un precepto que dice: “Los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la administración de justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la Ley”.
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