El nuevo reglamento de protección de datos no ha entrado todavía en vigor y ya asoman algunas grietas. Es el caso de su relación con el 'blockchain' (cadena de bloques), una tecnología disruptiva que gana peso cada día y que está transformando los procesos de negocios en general y los servicios financieros en particular. Una revolución que no termina de maridar con el derecho al olvido que recoge el nuevo reglamento europeo.
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etiquetas: blockchain , normativa , datos , protección , bruselas
Es como reconocer el derecho a viajar en el tiempo y luego decir que la física choca con la normativa.
Otra cosa es el derecho a cambiar de identidad.
¿Que la he cagado profundamente pues he salido en internet deshoyando vivo a un gatito?
Es completamente imposible eliminar eso.
Es posible cambiar de nombre y aspecto y largarme a otra ciudad.
Cuando se aplica el derecho al olvido por ejemplo para una sentencia judicial esa sentencia judicial no se borra de Internet si no que deja de estar indexada en los buscadores generalistas, de forma que siga existiendo la sentencia pero no sea fácil de encontrar para aquellos que buscan información de una persona en concreto.
En el caso que esa sentencia judicial se registrase en una cadena de bloques ese registro sería permanente pero no así la información a la que referencia ni su ubicación, para saber que esa sentencia corresponde a una persona sería necesario usar un buscador que correlacionase la transacción con la firma de ese documento y a su vez la ubicación de ese documento (que no sería la cadena de bloques en sí misma si no un enlace externo). En caso que existiera ese buscador y ese almacen de documentos nada impide aplicar la ley del olvido a ese buscador y a ese almacén de documentos.
La correlación que hacen en el artículo es absurda, es como si supusiera un problema para la ley del olvido que en una página web listasen todos los números identificativos de sentencias hechas por los tribunales en España sin que ese listado contuviera el documento ni mucho menos las personas que están en ese expediente, pretender alterar ese listado de números identificativos sería una barbaridad a todas luces. La cadena de bloques viene a mejorar ese tipo de listados, nada más.
"Fulanito de tal la chupa por dinero" y todavía te sobra espacio
Que el mensaje esté en un sitio no vulnera la ley de derecho al olvido, lo que la vulnera es que quien la busque la encuentre. Y si añades eso que dices a una cadena de bloques únicamente podrán leerlo quienes ya sepan que está ahí, lo cual no vulnera la ley de derecho al olvido.
Y si alguien hace un buscador web para poder encontrar esos mensajes ocultos será ese buscador el que deberá cumplir la ley y quitar esta frase que citas de sus resultados si vulnera la ley al no hacerlo.
Una duda, ¿Qué pasa en el caso de los buscadores distribuidos como yacy?
Darle una segunda oportunidad a alguien que ha desollado un gatito, o estafado a sus socios, es mi puñetera decisión. El estado no puede privarnos de información para obligarnos a perdonar a canallas.