El Ayuntamiento de Barcelona ha mandado una carta a 14 grandes propietarios, que poseen 194 pisos, advirtiéndo que si en un mes éstos no se han alquilado o no están en proceso de ser alquilados, después de haber estado vacíos más de dos años, se enfrentan a un proceso de expropiación. La concejal de Vivienda,ha explicado que se pone en marcha así un mecanismo incluido en la ley catalana 17/2019 hasta ahora nunca utilizado y que marca que debería pagarse por la expropiación la mitad del valor del piso. De los 194, un centenar son de la SAREB
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El derecho a la vivienda de toda la ciudadanía es de utilidad pública e interés social, de hecho viene recogido en otro artículos de la Constitución de 1978 que se te ha olvidado citar:
Artículo 47 de la Constitución Española:
"Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos."
El derecho de propiedad, al contrario que piensan los que tienen muchas propiedades y como todo el mundo puede entender, tiene límites. No es un derecho absoluto que se pueda imponer por encima de todos los otros derechos humanos.
Voy a pillar
Así que no, no pueden expropiarme mis ahorros para que tú tengas una casa.
1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.
2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes.
3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.
Pero sin embargo no dudas en disfrutar de una serie de servicios y prestaciones que sólo son posibles gracias a los impuestos.
Ojalá en vez de despotricar contra los impuestos, fuéramos capaces, todos, de despotricar y presionar contra los traidores que utilizan ese dinero para gastárselo en putas y yates, en vez de mejorar nuestros servicios médicos y educativos.
Bueno, básicamente todos los impuestos deberían abolirse.
DECRETO LEY 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda.
2.2 Se modifica la letra b del apartado 2 del artículo 5 de la Ley del derecho a la vivienda, que queda redactada de la manera siguiente:
b) Permanezcan desocupadas de manera permanente e injustificada por un plazo de más de dos años. Ni la ocupación de estas viviendas sin título habilitante ni la transmisión de su titularidad alteran la situación de incumplimiento de la función social de la propiedad.
Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.
Artículo 5. Cumplimiento de la función social.
1. El ejercicio del derecho de propiedad debe cumplir su función social.
2. Existe incumplimiento de la función social de la propiedad de una vivienda o un edificio de viviendas en el supuesto de que:
a) Los propietarios incumplan el deber de conservación y rehabilitación de la vivienda, siempre que ello suponga un riesgo para la seguridad de las personas y se les haya garantizado, si demuestran su necesidad, las ayudas públicas suficientes para hacer frente al coste de la conservación o rehabilitación de la vivienda.
b) La vivienda o el edificio de viviendas estén desocupados de forma permanente e injustificada, en las condiciones establecidas por el artículo 42.6.
c) La vivienda esté sobreocupada.
d) No se destine, si es una vivienda de protección oficial, a residencia habitual y permanente de los propietarios.
3. Para garantizar el cumplimiento de la función social de la propiedad de una vivienda o un edificio de viviendas, las administraciones competentes en materia de vivienda deben arbitrar las vías positivas de fomento y concertación a las que se refiere el título III, y pueden establecer también otras medidas, incluidas las de carácter fiscal, que propicien el cumplimiento de dicha función social y penalicen su incumplimiento.
4. El departamento competente en materia de vivienda y las administraciones locales deben actuar coordinadamente en la delimitación y declaración de los ámbitos o las situaciones aisladas en que se produzca incumplimiento de la función social de la propiedad de una vivienda, y en la determinación y ejecución de las medidas legalmente establecidas que sea preciso adoptar.
TÍTULO III
De acuerdo con el objeto y las finalidades de la Ley, el título II regula los aspectos relativos a la planificación y la programación en materia de vivienda. Teniendo presente el
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Ahora, sí, imprimir dinero tiene como efecto secundario una mayor inflación, pero es más una consecuencia de lo primero que un objetivo per sé.
Artículo 25.
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
"En rueda de prensa, la concejal de Vivienda, Lucía Martín, ha explicado que se pone en marcha así un mecanismo incluido en la ley catalana 17/2019 hasta ahora nunca utilizado"
Mas no te puedo decir.
#21 Me refería al derecho a la vivienda.
Una demócrataTM.
www.meneame.net/search?q=colau+amenazas
pero sigo sin ver esa valoración
hacia el final habla de tanteo y retracto, pero nada de nada de valoración por la mitad del precio y es lo que más me interesa
igual se me escapó pero sigo sin ver dónde se regula ese tipo de valoración
En Puebla de Sanabria hay sitio de sobra....
se diferencia de la confiscación en que se paga un justiprecio, y la valoración puede recurrirse si no se está de acuerdo.
por otra parte, en la constitución se dice claramente que los poderes públicos deben evitar la especulación urbanística.
utilizar la figura jurídica de la expropiación en una vivienda para destinarla al alquiler no es comparable en nuestro ordenamiento, los ahorros no cumplen el requisito del interés general, además de no poderse pagar un justiprecio.
no equiparemos justiprecio a confiscar, no tiene nada que ver
"De los 194, un centenar son de la SAREB"
Hay 74 comentarios ahora mismo y NADIE ha ni siquiera mención a este pequeño detalle. De verdad nadie se pregunta que hace el sareb con 100 pisos en barcelona sin vender ni alquilar?
Osea que esa persona ha creado miles de puestos de trabajo, ha reducido el paro, esos trabajadores ahora pueden comprarse coches, casas, formar familias, etc. Todos esos trabajadores ahora contribuyen con impuestos a las arcas públicas, etc. Y él habrá pagado casi un 50% de impuestos... ¿Y qué? ¿Aún te parece poco? Hay que ser sinvergüenza
Para todo lo demás, #59 te lo explica perfectamente.
el mecanismo de los impuestos deberian llevarlo cada distrito que lo controle las mismas asociaciones vecinales, y sean ellos que paguen los colegios , hospitales y carreteras no el estado, al estado solo se le cede solo el dinero para administrar el país y la fuerza ejecutiva.
de esa manera los que pagamos impuestos van a nuestros vecinos de forma directa y seremos en que se gasta , si tenemos un distrito que no hay niños por que esta colapsado infantil , ¿para que gastar en educación? que somos un distrito que todos teneos helicópteros , ¿para que pagar carreteras ? de esa manera se pagaría solo lo se va a gastar. el estado se le cede justo lo necesario para la policía y ejercito para hacer que todos cumplamos la ley y punto.
demás pagar nosotros somos nosotros que podemos decidir que valores que se imparten en nuestros colegios y no el estado que intentara educar para nuestros hijos que sean votantes del partido en cuestión. ademas cada distrito no pagara los problemas de otro distrito.
200 pisos??? Me cago en la puta que cuando se habla de grandes propietarios "bloqueando" viviendas, el parque de viviendas afectadas en BCN es 200!!!
Que circo la izquierda... El PP sera corrupto pero al menos eso es algo que puedo entender. Esta mierda de perder oportunidades legislativas con gilipolleces que afectan a 200 viviendas es wtf.
Ah y al que le interese el tema que mire el coste anual de tener un piso sin alquilar entre ibi, basuras, comunidad y derramas.
Elecciones POR FAVOR!!!
Pues no, no es justo ni debe ser así. Habrá que buscar otra fórmula, no penalizar al que ha hecho bien las cosas. Menuda mentalidad.
A ver qué te lo digo otra vez, serán los jueces catalanes los que tumben con toda seguridad los delirios de la señora Colau. y lo harán con la ley vigente en todo el territorio español.
El derecho a tener las necesidades básicas cubiertas está por encima del derecho a acumular y así debe de ser cojones!
Si tu vecino se está muriendo de hambre y tú tienes más de lo que puedes comer, le das una parte!!
si alguien me puede decir dónde está eso en la Ley de expropiación forzosa... se lo agradecería, o dónde está regulado
justiprecio, hoja de aprecio... pero eso de la mitad del valor... y qué valor concretamente? el de mercado? el de catastro?
Pero estamos hablando de hogares, un bien finito que no pueden aumentar eternamente su número y del que todos tenemos derecho a uno.
¿Por qué la hormiga tiene que compartir con la cigarra cuando la primera ha estado todo el verano deslomándose y la segunda tocándose la antena?
O sea, que si tú te pasas 20 años trabajando y esforzándote para tener un dinerito, ¿es justo que me des una parte a mí que me he pasado 20 años viviendo a la sopa boba?
¿Puede poner ejemplos de situaciones en las que Colau o su partido hayan expropiado o atacado de forma alguna a pequeños propietarios?
no creo que esto afecte a ningún particular que tenga 3 o 4 casas...
Si no me da la gana alquilar mis pisos y los quiero para mi es mi derecho. Nadie te puede obligar a alquilar.
Hace nada lei una noticia de mafias que realquilaban pisos por airbnb de forma ilegal y tardaban hasta un año en echarles (en Barcelona) y la Colau aquí callada como una p...
Se están metiendo demasiado en la vida de la gente de una forma exagerada. En plan Hugo Chavez.
A ti te da igual porque no tienes nada, pero el dia que heredes dos piso, te toque pagar un pastizal por la herencia y te suban ña renta y te frian a impuestos por los pisos, o te salgan ocups o inquilinos que no pagan.
Veremos que idealista y como son tus valores majo.
Barcelona tiene el problema que es muy mala ciudad, mucha delinquencia, pisos de mierda caros... Y esto es algo que la Colau debería solucionar con decretos, leyes y demás. No expropiando por populismo.
Porque menuda tela en l porquería y ciudad sin ley en lo que está derivando Barcelona desde que gobierna la Colau. No he visto peor alcaldesa en mi vida.
Es decir, de verdad no veis en tu argumento ni una duda ética o límite?
La propiedad privada debería ser sagrada....y que el Estado provea de vivienda a quien no pueda tenerla también...pero no mediante expropiación
P.ej. www.bankofengland.co.uk/monetary-policy/inflation
Tengo curiosidad por qué va a pasar o con el importe. Veo muy discutible desde un punto de vista constitucional lo de que como sanción por incumplir el deber legal de destinar un bien a vivienda puedas expropiar por el 50% del valor.
Y no es que esté en contra de la idea, pero jurídicamente no acabo de ver su implementación. Me explico:
Una sanción es una cosa y una expropiación otra, cada una tiene una finalidad, unos principios y unas garantías. Si la ley dijese que por incumplir el deber de destino te sancionan con x y además te expropian (por el valor), como dos procedimientos distintos, cada uno con sus garantías lo veo perfecto, pero lo de que por incumplir te expropien por el 50% del valor no se si le veo mucho futuro. Veremos a ver qué dice el constitucional .
Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
Pero no dice nada de esa potestad que comentas.
No me parece lo mismo que expropiar un piso heredado y que tienes vacío en otra ciudad etc etc.
Y me dirás que por algo se empieza. Sí, pero por ahora, no es lo mismo expropiar una puta bicicleta que 100 pisos al banco malo.
Tu eres de los que se toma el zumo rápido para que no se vayan las vitaminas, no?
Y ojo esta ley va en mi contra porque la ley de la oferta/demanda hara que dejen de subir, pero vamos a joder a los jovenes y a la gente que no les dan una hipoteca toda la vida !!