Si invierto en criptomonedas, ¿tengo que tributar? Sí, si se invierte en criptomonedas, existe la obligación de tributar. Pero, ¿en concepto de qué? Pues bien, la AEAT ha venido considerando las criptomonedas como simples bienes, los cuales pueden ser vendidos, transmitidos, sometidos a permuta e, incluso a gravamen. Afirmar tal cosa implica que no sean considerados como “monedas”, por lo que, por ejemplo, si posees en propiedad algunas de las múltiples cripto que existen en el mercado (Bitcoin, Ethereum, Binance Coin, Ripple, Dogecoin, Car..
|
etiquetas: criptomonedas , hacienda , impuestos , extranjero , bitcoin , binance
Eso es falso.
La declaración de la compra/venta de bitcoins tributa de forma idéntica a la compra/venta de dólares. Monedas ambas.
En este artículo se describe como tributan las divisas:
Al igual que pasa con la venta de de acciones, hay que tener claro una serie de conceptos básicos antes de empezar:
Las divisas se comportan de manera prácticamente igual a las acciones. Solo se diferencian en un par de aspectos. Creemos fundamental pensar en las divisas como una empresa más en cartera.
- Siempre siempre siempre, hay que poner las cantidades en Euros. Toda cantidad en otra divisa tiene que ser transformada a Euros con el tipo de cambio oficial del día de la operación.
- Da igual si la divisa la compraste el mismo año que las vendiste, 2 años antes o 5. Se tienen que introducir en la declaración de la renta del año en que se vendieron.
- Se aplica siempre el método FIFO, independientemente de si tenemos 1 broker o 25. Los primeros Dólares que se venden, son los primeros que se compraron aunque fuera en otro broker.
- Cada divisa tiene su propio saldo contable e independiente del resto de divisas. Para entender mejor este punto y el anterior, insistimos en que hay que pensar en las divisas como una empresa más en cartera. Sólo que estas empresas se llamarán Dólar, Libra o Franco Suizo.
- El cobro de un dividendo en otra divisa genera una compra automática de dicha divisa.
- La venta con minusvalía de empresas en otras divisas genera una venta automática de divisa.
- La venta con plusvalía de empresas en otras divisas genera una compra automática de divisa.
- Las minusvalías se pueden compensar con plusvalías por la venta de divisas o por la venta de acciones. De cara a Hacienda es como una operación con acciones.
- Las comisiones se incluyen:
-- Se suman a la compra
-- Se restan en la venta
Como ya hemos dicho y se puede observar, es muy parecido a la venta de acciones.
Fuente: www.invirtiendopocoapoco.com/como-declarar-las-operaciones-con-divisas
Debajo de cada comentario hay una flecha, el último icono, eso te permite responder de forma que quede bien anidado y al otro usuario le llegue una indicación de tu respuesta. También puedes escribir manualmente # 1 sin espacios.
Y las pérdidas? En cual?
Si tal transacción con exchange no se da, las cosas se complican porque llega un momento en que es inevitable que la wallet se materalice en dinero físico y se transmita a tu cuenta bancaria (sea o no virtual).
He hecho ya varias declaraciones con la casilla equivalente a la 1631 (cada año cambia el número, creo) y hasta ahora no he tenido ningún problema, lo cual no basta como demostración de nada pero ...
1 www.elperiodico.com/es/activos/20210317/criptomonedas-declaracion-rent
2 www.larazon.es/economia/20210407/77nlnbsjmvg7hkx4pxyv4b4hlm.html
Si tus afirmaciones vienen de la casilla donde hay que declararlo no existe consenso, como explico en # 10: www.meneame.net/c/32899733
Lo cual, como digo, no demuestra nada, como tampoco lo demuestra que no hayáis tenido problema en vuestro despacho.
Hacienda es el matón del estado, la inseguridad jurídica es su forma de actuar.
No en vano pierden la mitad de los juicios a los que se presentan, es una vergüenza.
Con lo que ya ha ocurrido mi consejo es que hagas una declaración honesta, con la información que tengas. Lo más probable es que Hacienda no tenga mejor información que tú, por lo que si actúas de forma honesta es muy difícil que puedan demostrar que hayas intentado evadir impuestos.
Y sí, los cambios entre criptomonedas hay que declararlos dado que suponen un cambio en tu composición patrimonial, el valor de cada una de ellas debe ser el de la cotización que tenían en euros en el momento de hacer la operación.
Con otros activos basta con la cotización diaria como referencia por tener poca volatilidad, con las criptomonedas lo mejor, si es realista, es poner la cotización de la hora y minutos en las que se hizo la operación. La hora y fecha queda registrada en la cadena de bloques.
A mi gestor mas que de ciencia ficcion me parece que le va a dar una embolia
Muchas gracias!
Aunque según eso, tampoco hay diferencia entre bitcoin y oro, o acciones, o forex, o bonos, o casas, todas las inversiones son iguales ante hacienda.
Si son muchos puedes tirar a "unificarlo" en 1. Realmente todo lo que hagas está bien, el problema surgiría en el remoto caso de que Hacienda decida hacerte una revisión y pida justificantes, los cuales vas a tener que sacar del exchange (como dije arriba).