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Detenida en La Rioja una mujer de 49 años como presunta autora de un delito de abandono temporal de un menor al dejar solo en casa durante tres días a su hijo de 12 años.
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etiquetas: sucesos , la rioja , abandono , vida familiar
La vecina frete de mis padres, provenientes de Honduras.
Niñas con edades de 6, 7, 9 y 11 años.
El otro día vi salir de la vivienda a la de 7, sola, además de físico es muy pequeña. y la veo que se marcha por la calle sola, y le pregunto que si sabe llegar a donde va y sí, a casa de su tía que está a 2 calles. (Vivo en localidad menor de 10.000)
La semana pasada, hablaban de que su hermana con 15 años iba a ser mama, me quedé y fue cuando me enteré de donde eran, de Honduras. y la niña está allí.
Choques culturales.
¿Realmente existe una legislación sobre ello? Entiendo que habrán puesto una edad límite, ¿Cuál es?
"Artículo 229.
1. El abandono de un menor de edad o de una persona con discapacidad necesitada de especial protección por parte de la persona encargada de su guarda, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años.
2. Si el abandono fuere realizado por los padres, tutores o guardadores legales, se impondrá la pena de prisión de dieciocho meses a tres años.
3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cuatro años cuando por las circunstancias del abandono se haya puesto en concreto peligro la vida, salud, integridad física o libertad sexual del menor de edad o de la persona con discapacidad necesitada de especial protección, sin perjuicio de castigar el hecho como corresponda si constituyera otro delito más grave.
Artículo 230.
El abandono temporal de un menor de edad o de una persona con discapacidad necesitada de especial protección será castigado, en sus respectivos casos, con las penas inferiores en grado a las previstas en el artículo anterior."