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Dos nuevas sentencias del TSJC y del TS contra universidades catalanas por vulneración de derechos fundamentales

Se acaban de hacer públicas las sentencias 1836/2022 del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y 1536/2022 del Tribunal Supremo que condenan, respectivamente, a la Universidad Politécnica de Cataluña (UPC) y a la Universidad de Barcelona (UB) por vulneración de los derechos a la libertad ideológica, a la libertad de expresión, y a la educación, en procedimientos iniciados por varios profesores integrantes del colectivo Universitaris per la Convivència.

| etiquetas: tsjc , ts , universidad , cataluña , derechos fundamentales
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  1. #1 de tal palo tal astilla y de tal lazo tal catalafachilla.
  2. La adopción [por parte del Claustro universitario] de dicha posición ideológica, netamente política, es incompatible con la libertad. Pues supone proclamar, con toda la fuerza, con todo el renombre, con todo el peso de la Universidad, una verdad y una posición oficiales que se consideran las aceptables y las compartidas; se margina así la discrepancia… pero más allá de eso se produce una inmisión intolerable en dos ámbitos jurídicos personales de extrema delicadeza [los protegidos por la libertad ideológica y de expresión]. Esa inmisión tiene lugar al crearse un clima en el mejor de los casos notablemente desagradable y, en el peor, abiertamente hostil… y se condena a vivir en este clima a todo aquel que pueda disentir, pese a que la Universidad, como entidad pública que es, debería erigirse en una casa común. Desde cualquier ángulo democrático y de Derecho, esa atmósfera es indeseable. Ataca las sensibles libertades concernidas, constituyendo un ambiente de presión, un ambiente coactivo, en el que el individuo debe elegir entre significarse mediante la callada o significarse mediante el pronunciamiento personal para no ser aglutinado en la posición oficial, y todo ello para un objeto extraño al fin de la institución. Supone introducir en el ámbito público, tarde o temprano, en mayor o menor medida, dependiendo del individuo y del contexto, el silencio por el temor al que hacía referencia el Preámbulo de la Declaración Universal de Derechos Humanos; declaración que, como se apuntó, sirve de parámetro interpretativo al estudiar las libertades de la Constitución (art. 10.2 CE). Y el temor es la antítesis de la libertad”  media
  3. Este es el pan nuestro de cada día en todas las instituciones en este cortijo llamado Cataluña. Pero luego nos creemos seres de luz superiores al resto de los españoles.
  4. En un país donde han golpeado a la gente por querer expresar su opinión en las urnas no es de extrañar que pasen esas cosas.

    Si estuviesemos en una democracia...
  5. #5

    Eso es un absurdo.
    Ninguna democracia del mundo permite la violación de leyes y derechos fundamentales de los ciudadanos.
    Y para ello la democracia puede utilizar la fuerza.

    Eso es la democracia.
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menéame