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España indemnizará a una mujer inmigrante a la que quiso expulsar

España ha reconocido ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que vulneró el derecho a la vida familiar y el derecho al recurso judicial efectivo de una mujer extranjera madre de una niña española cuando dictó una orden de expulsión sobre ella sin tener en cuenta sus vínculos familiares y cuando los tribunales a los que recurrió desestimaron sus alegaciones. La indemnizará con 19.104 euros.

| etiquetas: españa , inmigrante , expulsión , justicia , indemnización , derechos humanos
16 3 0 K 80
16 3 0 K 80
  1. 19.014€ me parece poco
  2. Esta multa la pagaremos entre todos.
    ¿Se ha investigado qué ha ocurrido para que no vuelva a ocurrir más?
  3. #1 Se acuerdo abogalo, lo incrementamos a 19.104 euros
  4. #2 Realmente nadie actuo mal, al menos técnicamente. Si acaso fue una interpretación demasiado estricta de la ley. La orden de expulsión se dió porque estaba en situación irregular y fue condenada a más de un año de prisión.
  5. #4 Si nadie actuó mal ¿por qué nos multan? Que multen al culpable, no a los españolas.
  6. Pero qué e$pléndida es ejpaña cuando se trata de coger el dinero de todos (de todos los tontos) y resarcir con él una gran cagada. No, no investigarán quién fué el responsable ni lo pondrán de patitas en la calle, al contrario, cogerán alegremente más dinero de ese que "no es de nadie" y le darán un premio, al tiempo.
  7. #5 Bienvenido al loco mundo de los funcionarios, donde importa un bledo si lo hacen bien, mal, o si ni van a trabajar.
  8. #5 La ley no es una ciencia exacta, es algo que se interpreta. Los mismos hechos y los mismos artículos interpretados por jueces o funcionarios diferentes pueden, y suelen, dar resultados y sentencias distintas.

    "Reconoce asimismo "la vulneración del derecho a un recurso efectivo del artículo 13 con relación al artículo 8 ambos del Convenio Europeo de Derechos Humanos, por cuanto en las sentencias de la jurisdicción ordinaria en el concreto caso de la demandante no se habrían interpretado y aplicado correctamente los artículos 57.2 de la Ley de Extranjería con relación a los criterios contemplados en el artículo 57.5 b de la misma norma", según los cuales se deben tener en cuenta las consecuencias de la expulsión también para su familia."

    Y creo que no nos multan. Simplemente piden, o exigen, que se paralice el proceso de expulsión. De hecho ni siquiera la afectada solicita indemnización. El estado ofrece una cantidad para resarcirla y olvidarnos de todo.

    " Aunque en su escrito el Estado recuerda que la demandante no solicitó indemnización ni su vida familiar se vio finalmente afectada porque la orden de expulsión no llegó a ejecutarse, "ofrece, si se acuerda el archivo de la demanda, como satisfacción equitativa en concepto de eventual lucro cesante que la demandante pudiera haber sufrido", una cantidad de 19.104 euros atendiendo a lo que habría cobrado de haber mantenido el trabajo que tenía desde que salió de prisión en 2011 hasta que en noviembre de 2013 Estrasburgo suspendió su expulsión."
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