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Faltar al trabajo en caso de impago no es dimisión

Faltar al trabajo en caso de impago no es dimisión

En una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León se ha determinado que la no asistencia al puesto de trabajo en el caso de que la empresa no pague los salarios acordados en contrato no es causa de la suspensión de dicho contrato por dimisión del trabajador. Según la sentencia, la relación laboral no puede considerarse extinguida por dimisión del trabajador porque la falta de asistencia está justificada por el grave incumplimiento empresarial de sus obligaciones.

| etiquetas: impago , ausencia laboral , sentencia , castilla y león
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Comentarios destacados:                  
#1 Francamente me parece una noticia fenomenal, no se debe trabajar si no te pagan el salario, pues aún y cobrandolo es difícil llegar a fin de mes
  1. Francamente me parece una noticia fenomenal, no se debe trabajar si no te pagan el salario, pues aún y cobrandolo es difícil llegar a fin de mes
  2. #1 Existía la opción de que pasado algo de tiempo, no mucho (¿3 meses?) sin cobrar podías tu forzar el despido y la empresa tendría que pagare como si te hubieran despedido ellos de manera improcedente. Pero vamos, esto es aún mejor, si no cobras no vas y luego fuerzas el despido.
  3. Si seguro que los trabajadores de moncloa que no vayan al trabajo les conservan el puesto. Una cosa es lo que deberia ser y otra por desgracia lo que es.
  4. Pensaba que era el mundo today... :palm:, veo que todavía queda algún resquicio de justicia en éste país
  5. ...porque la falta de asistencia está justificada por el grave incumplimiento empresarial de sus obligaciones.

    Entonces, al estar justificada, tampoco es motivo de despido, ¿verdad?
  6. La jurisprudencia está bien, pero si se regula un poco mejor, está mejor aún.

    Porque aún podrías perder dinero, si te obligan a pagar de tu bolsillo la seguridad social de los días que no vas a trabajar.
  7. aleluya. solo han tardado 40 años
  8. #8 PQ antes de1977 no existian los contratos?
  9. #7 No es jurisprudencia, eso sería si la sentencia viniera del Tribunal Supremo.
  10. #11 osea que peor me lo pones.

    Hasta que no haya jurisprudencia, o hasta que se legisle convenientemente, toca ir a currar aunque no te paguen.

    :-/
  11. #7 creo que nunca te van a dejar pagar a ti lo que le corresponde a la empresa,
    Hace 20 años tuve una experiencia bastante peor que lo que se expone y por un impago de unos pocos días me quedé con la SS impagada y no me pagaron una tercera parte del paro. yo quería pagar los días que faltaban pero no me dejaron. En comparación es como si la empresa hubiera dejado de pagar uno y la SS social me denegara 1000.
  12. #6 #2 Sí en "teoría" a los 3 meses de impago salarial tu puedes solicitar rescindir el contrato y que te indemnicen como si fuera un despido improcedente (este fue muy caso). Luego el abogado te dice que depende de como lo interprete el juez te puede dar o no la razón. Es decir que el juez te puede decir que te abonen los 3 meses y te reincorpores a la empresa. Según mi abogada del sindicato (que no sabía por donde le daba el aire en mi caso) me dijo que ningún juez iba a aceptar la rescisión de contrato por impago de 3 meses. Decidí buscarme un abogado privado y al final lo único que conseguí fue que me abonaran el 50% de lo que me correspondía por despido improcedente (según este abogado, era un acuerdo normal).

    Sí. podía haber ido a juicio y jugármela y a saber que "tipo de juez" me hubiera tocado (que tirara más hacia el obrero o el empresario).

    La ley es "muy bonita" en papel, luego está la libre interpretación del juez sobre esta.
  13. 11 meses se ha pasado sin cobrar hasta que ha dimitido. Y algunos todavía consideran justicia. Lo unico que conseguirá será el paro y la esperanza remota de cobrar esos 11 meses.

    Mi consejo: no tolerar ni un mes de retraso. Buscad un nuevo curro, sea de lo que sea. Si no, correis el riesgo de perder 3 o 4 nóminas mínimo.
  14. #13 no sé... Lo decía porque cuando haces huelga al final te toca pagar.

    No es solo que no te paguen, es que la cotización de ese día te la cobran.

    (Bonita manera de tener derecho a la huelga, por cierto)
  15. #11 o el Constitucional
  16. #10 Viva Franco
  17. #5 Es lo que dice la sentencia: "En una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León se ha determinado que la no asistencia al puesto de trabajo en el caso de que la empresa no pague los salarios acordados en contrato no es causa de la suspensión de dicho contrato por dimisión del trabajador. Según la sentencia, la relación laboral no puede considerarse extinguida por dimisión del trabajador porque la falta de asistencia está justificada por el grave incumplimiento empresarial de sus obligaciones. Además, el magistrado indica que la mala situación económica de la empresa no es causa suficiente para justificar los impagos que, en el caso juzgado, ..."
  18. #9 Te faltó: mucha cara dura.
  19. A ver, es un contrato. Tú pones tu capacidad de trabajo y tu tiempo y la empresa te paga a cambio. Si no lo hace, está incumpliendo el contrato. Desde ese momento debería dejar de ser válido. Cuánto tarda Endesa en cortarte la luz cuando dejas de pagar??
  20. #13 Quizá no supiste tramitar las cosas.

    Yo hace unos 17 años tuve un caso parecido. Trabajé durante algo menos de un año en una empresa, que al final me dejó un par de nóminas a deber. Puse la correspondiente denuncia, la empresa no se presentó al juicio y acabó pagando el FOGASA.

    Además, al acabar el contrato fui a pedir el paro. Resulta que tienes que tener cotizado un año o más, y yo lo tenía porque antes que en esa empresa había trabajado en otros sitios, y tenía suficiente tiempo acumulado.

    Resulta que la empresa no me daba el certificado de empresa que te pide el INEM, me fui a la Seguridad social y allí me informaron que de todo el tiempo sólo habían pagado dos cuotas a la seguridad social.

    Fui a inspección de trabajo y presenté allí una denuncia, adjuntando a la misma fotocopia de todas las nóminas. Me fui al INEM a pedir el paro, aportando copia de la denuncia. En lugar de calcular el paro sobre el sueldo cobrado, me lo calcularon sobre el salario mínimo, pero me lo concedieron y comencé a cobrar algo.

    En unas semanas me llegó a casa una resolución de la inspección de trabajo con las cotizaciones a la seguridad social que me correspondían. Lo llevé al INEM y entonces me recalcularon al paro, pagándome la cuota que me correspondía según mi sueldo y los atrasos.

    Cuando llegó el momento de hacer la declaración de la Renta, nueva sorpresa: no había noticias en la AEAT de que yo hubiera trabajado en esa empresa, por lo tanto me devolvían mucho menos (no habían ingresado las retenciones). De nuevo hice la declaración correspondiente aportando fotocopias de las nóminas, y me devolvieron todo. Si recuerdo bien, al hacerme hacienda la declaración me lo devolvieron en dos veces, la primera según los datos que tenían y luego el resto.

    Supongo que después de todo eso la AEAT y la SS perseguirían a mi antiguo jefe para que les pagase las cuotas impagadas, pero yo al final no perdí ni un duro.
  21. Llega 4 años tarde para mi.
    Enhorabuena à los que os quedasteis, en adelante no os podrán ver la cara tan facilmente.
  22. #15 la verdad es que el artículo no da muchas pistas; pero aventuro que esta persona trabaja en el sector servicios, probablemente en el área de limpieza o seguridad. Estas áreas tienen malos horarios, malas formas (por parte tanto de la empresa como del empleador) y malos sueldos. Por contra, no suelen pedir (de momento) saber idiomas o ser títulado (es parte de la excusa para pagarte cuanto menos, mejor).
    Con este preámbulo, no es de extrañar que ante el impago de la empresa (ocurre con demasiada frecuencia, incluso cuando hay una cartera de clientes), esta persona hubiera decidido a aguantar , al ver el como esta el mercado laboral.
    Lo que me parece de valor en esta situación es lo que ha hecho.
  23. #9 un tío segundo mio en Argentina valoro vender la máquinas al peso y le daban una miseria así que se las ofreció a los trabajadores. Estos respondieron que se las quedase que si el no vendía tampoco conseguirían vender ellos. El que sabía sacarla adelante era el y con ellos no remontaria
    Hoy el y su hijo con el resto de plantilla curran en la empresa manchandose todos las manos.
  24. #18 Un poquito de historia

    "El trabajo de los hombres libres en Roma. Marco jurídico.

    En la edad antigua la unidad de trabajo era la familia, donde los hijos trabajaban bajo las ordenes del padre sin compensación alguna, por lo que no existía ningún tipo de relación laboral al no haber ajeneidad, remuneración…

    Con el surgimiento de los esclavos libres y el aumento de la población, la familia como núcleo de trabajo queda insuficiente para la demanda de trabajo, sobre todo por parte de libertos, y así buscaron otras alternativas laborales regidas por otro tipo de relación contractual; principalmente por medio de contrato de arrendamiento de servicios."
  25. Existe otra alternativa menos arriesgada: la huelga. Si tu empleador no te paga tienes un motivo suficiente como para declararte en huelga. Durante ese tiempo no cobrarás (tampoco lo estabas haciendo), pero no te pueden echar por no ir a trabajar y además tu puesto de trabajo no puede ser reemplazado, ya que vulneraría el derecho a huelga.
  26. #22 "pero yo al final no perdí ni un duro"

    Contando todo el tiempo que utilizaste para arreglar los "desperfectos", puedes decir que conseguiste cobrar todo lo que te correspondía, pero decir que "no perdiste un duro", me parece muy optimista.
  27. Me alegro, yo he pasado meses sin cobrar, teniendo que trabajar, y es horrible.
  28. Aqui, en cuñeame, si la empresa no te paga automáticamente es pq el empresario es un demonio que quiere quedarse la pasta y explotar a su gente.

    Mi novia trabaja en una empresa familiar que a veces se quedan sin dinero para pagar a su gente y posponen el pago, o dan 300 euros por dar algo, y acaban pagando al mes siguiente el total. Ella esas situaciones las aguanta y no se revela para que la despidan como sugeris algunos. El resultado es que sigue a gusto en su empresa y no en el paro o buscando.

    Habrá casos y casos, pero cuando no te pagan puntualmente será muchas veces por problemas de cashflow
  29. #2 Completamente. Por si esta noticia parece absurda.
  30. #14 lo suyo es tener los apellidos legalmente correctos
  31. #31 y no se revela

    Normal que no se revele. A no ser que tu novia sea una película fotográfica, claro. En todo caso, lo normal es que la gente se reBele.
  32. #31 Ya, claro, porque es lo mismo que se atrasen un mes en el pago, y que ya haya ocurrido otras veces y siempre pague, que estar 11 meses sin cobrar y ni pensamientos de que ocurra. :palm: Qué malos son los curritos de cuñéame.
  33. #28 Eso último están camino de "reinterpretarlo" por lo visto: www.meneame.net/story/supremo-defiende-empresa-subcontrate-otra-caso-h
  34. Sentencia importantísima, mucha gente se ha visto trabajando meses gratis por situaciones como esta
  35. Parece mentira que a estas alturas de siglo esto aún sea noticia...
  36. #31 Voy a decirle a mi casero, a Gas Natural y a Endesa que les adelanto algo y ya les pagaré el resto el mes que viene, seguro que ellos también lo aguantan..
  37. #5 Al no ser compatible con los contratos y puestos que estos da la opción de prescindir del trabajador cuando quiera. Aunque no sea condición de despido, seguramente pueden despedirte o te despedirán con el tiempo por otras cuestiones. Es lo que creo y lo que suele pasar bastante.
  38. #14 ¿Te cuento un secreto? Llegan al acuerdo del que tu abogado también saca alguna clase de beneficio (monetario o no... que también puede ser un "te debo una") para que no quede jurisprudencia, y te lo venden a través de tu abogado para que creas que es tu mejor opción. Eso lo he vivido yo, ojo con el abogado que eliges que de unos a otros la cosa cambia y mucho, depende de quien sea amigo de quien... y no en tu favor.

    Luego llega un tío con determinación como el de la noticia, les dice que se metan el acuerdo por donde les amargue mas, entran a juicio y sientan jurisprudencia. Un puto héroe es lo que es... porque la ley sera muy bonita y muy interpretable, pero hay un conceto llamado "cosa juzgada", y ya te digo yo que si a un juez le vas con una sentencia que es un caso identico al tuyo, no se va a poner a pensar en interpretaciones. Copia la sentencia y ya, porque no puede fallar algo distinto en dos casos identicos... a menos que no sea un juez justo, pero eso ya es otro tema.
  39. #31 que guay, tu novia vive sin saber si va a cobrar ni cuando. Que tipico en esas empresas familiares que los pobrecitos se retrasan en los pagos que un buen dia te des cuenta que hace cuatro meses que no cobras.
  40. #11 Depende. He visto un par de sentencias de tribunal superior marcar la sentencia basándose en "cosa juzgada", si los casos son idénticos. Y si no te lo dan, lo puedes apelar tu mismo a la siguiente instancia. Más tiempo, pero acaba llegando.
  41. #27 No, apartir de los 3 meses es fiable ganar una demanda por impago y que te dén de baja de la empresa sin perder derechos por "abandono".

    La noticia es muy buena

    Yo estuve 3 meses +1 mes para el juicio
  42. #31 Yo también he vivido ese caso, retrasos de unos días por problemas de caja. Pero siempre bien explicados por la dirección. Y no pasa nada.

    Pero no es lo mismo que estar 11 meses sin cobrar.
  43. #21 Muy cierto; o el banco en echarte si no pagas el recibo de la hipoteca... :-/
  44. #31 No sé si esto será cuñadéame, pero tu si que eres el abogado del diablo.

    No creo que nadie niege que haya caso en los que buenos gestores, frente a circunstancias adversas, se vean obligados a impagar unas nóminas, con la esperanza de que en breve puedan recuperar el camino perdido. Pero en mi caso y en el de la gente que me comenta sus experiencias profesionales el empresario suele ser un cabrón con todas las letras. Incluso muchos sueltan la milonga del cashflow también.

    Luego te vas dando cuenta como que el gestor de turno tiene sueldos como diez veces el tuyo. Claro, aunque llegue el momento de los impagos y incluso él se queda sin la nómina, el siempre estará diez veces más preparado para soportar las vacas flacas.
    O como mi caso personal, que me despidieron (y a otras 9 personas) por una época de "vacas flacas" (me pagaron todo lo debido, eso sí), y un par de meses después me entero de que esa misma empresa ha comprado una nave industrial por chorrocientosmil euros.

    En resúmen, como ya he mencionado antes, no niego que haya buenos empresarios. Pero lamentablemente esos mismos empresarios estan bastante menos comprometidos con sus empleados de lo que los empleados suelen estarlo con la empresa. www.meneame.net/m/actualidad/56-horas-extra-espana-no-pagan-equivaldri
  45. Esto me suena a mi a comunismo...
  46. #31 Me parece un error que no esté buscando otro empleo. O todas las faltas de pago se han dado en un periodo concreto y por una causa que no se va a volver a dar o está claro que la empresa no está bien enfocada o dirigida.
  47. #47 En una empresa que estuve hace 15 años se dio ese caso que comentas. Las cuentas no iban bien y comenzamos a cobrar mal y tarde sobre todo los solteros. A los casados, dependiendo de las circunstancias de cada uno les procuraban pagar más al día. El dueño tenía algunos familiares en la empresa y esos según nos decían, y me lo creo, eran a los que más les debían. En unos 8 meses se salió del bache y de inmediato se nos pagaron los atrasos (lo mio eran casi 3 nóminas de atraso) y todo volvió a la normalidad.
    Me marché de esa empresa por que me salio otra cosa más interesante, pero sigo teniendolos en cuenta por si algún día necesito llamar a sus puertas.
    Tuve la suerte de que el hombre era "un empresario bueno".
  48. #31 si tienes problemas con el "cashflow" te jodes y pides un crédito puntual para pagarlo. Lo contrario es que el empleado tenga que pedir el crédito para pagar sus recibos.
  49. Realmente no es una sentencia novedosa, hay jurisprudencia al respecto. La última que recuerdo, dictada por el Tribunal Supremo, data de febrero de 2016. En este caso, el impago de los salarios se demoraron por seis meses. La resolución determinó que,

    "se reconoce la validez de la decisión extintiva del trabajador, con derecho a indemnización como si se tratara de despido improcedente, desde el día inmediatamente posterior a la celebración, sin avenencia, del acto de conciliación, día en que dejó de prestar sus servicios tal como había anunciado a la empresa en el momento de presentar la papeleta de conciliación, debiendo abonar la indemnización debida"

    En cuanto al tiempo que tiene que transcurrir para verse agraviado por el impago de salarios, el TS entiende que se da esta circunstancia cuando se produce de forma continuada, poniendo de manifiesto la gravedad del incumplimiento empresarial, cuando "no sea un retraso esporádico, sino un comportamiento continuado y persistente, dejando de pagar los salarios a su debido tiempo"

    Nota importante: Si no demandas no ante los abusos de ciertas empresas, solo pierdes.
  50. #36 Eso no es así. Los que hicieron huelga eran de una empresa subcontratada e hicieron la huelga contra dicha empresa subcontratada. Lo que dice la sentencia es que la empresa que subcontrató estaba en su derecho de subcontratar a otra empresa que esté a bien con sus empleados. Es decir que si te fijas la sentencia a fin de cuentas penalizó (y muy duramente) a la empresa que no supo o no quiso gestionar su conflictividad laboral.
  51. #41 ¿Te cuento yo otro? Estás diciendo tonterías.

    1. La justicia obliga a que haya previo al juicio un acto de conciliación, que es sencillamente una negociación entre las partes.

    2. Un abogado te tiene que aconsejar correctamente. Les obliga su código deontológico. Ah y también la ley. Lo puedes demandar si no ha hecho su trabajo correctamente (pagan un seguro para estos casos).

    3. Hay miles de abogados en toda España y puedes contratar al que te salga de los cojones. Por tanto el "te debo una" es una soberana gilipollez, excepto que vivieras en la España de los 40 y únicamente hubiesen 2 abogados en tu provincia. Despierta, estamos en 2017 y hay más de 100.000 colegiados.

    4. Los abogados suelen ir a porcentaje de lo ganado. Por tanto si tienen que elegir entre la pasta que pueden ganar ante un caso fácil y una negociación (a la baja), obviamente aconsejarán al cliente para que haga lo mejor, jeje. Una de las ventajas de ir a porcentaje es que no tomarán tu caso si no lo ven medianamente claro.

    5. Y casi se me olvida: Si has tenido un abogado de mierda espero que almenos lo hayas denunciado.
  52. Es que debería ser así siempre.
    A trabajar se va a ganar dinero, si no hay dinero entonces ...
  53. #51 Ese es el problema de la empresa "familiar" en España. Hay una graaaan mayoría que están descapitalizadas. En otras palabras, el empresario, por muy bueno que sea, ha ido confundiendo la tesorería de la empresa con la familiar privada. Después no hay cash para nóminas cuando hay vacas flacas.

    A mí una vez me tuvieron que pagar un triste finiquito de 1800€ en 3 pagos, y es verdad que la empresa no tenía efectivo, pero jefe y familia vivían a todo trapo.
  54. #28 y qué diferencia hay entre declarararte en huelga y simplemente no asistir? Yo lo veo igual. En ambos casos comunicas que no vas a trabajar hasta que cobres.
  55. #58 Digamos que al ponerte en huelga tienes que notificar que estás en huelga. Ausentarte no requiere notificación ni sería válida.
  56. #2 Pues a mi me parece ridículo que una persona tenga que estar gastando en ir a un trabajo y cumplir con sus obligaciones si no recibe un sueldo. El retraso en más de unos 10 días en el pago del sueldo tendría que equivaler automáticamente a un despido.

    para justificar los impagos que, en el caso juzgado, ascendía a un total de 11 nóminas sin pagar.

    Esto es ridículo. ¿Una persona tiene que arreglárselas durante casi un año para sobrevivir sin ningún ingreso para que recién consideren válido que deje de asistir al trabajo?
  57. Ya que empiezan ellos jugando sucio, veo más adecuado , si no te pagan, pegarle a tu jefe la paliza de su vida y entonces las tornas cambiarán. Total, no te van a pagar te llevas ese gusto.
  58. Supongo que depende de la empresa y de cuantos sobres reparta.
    Por si alguien no se ha enterado hay empresas (como timofónica) que contratan (si, si, con contrato y todo) por menos del salario mínimo y no pasa nada.
    Es más, seria "gracioso" ver cuantos jueces tienen chachas sin contrato y sin papeles, o cuantos hacen obras a lo Rajoy.
  59. #12 Bueno... puedes ir a trabajar o "ir a trabajar".

    Yo en mi trabajo, si quisiera, podría hacer otros trabajos al mismo tiempo y desatender al 100% el trabajo de verdad y tardarían en darse cuenta. Y si se dan cuenta... ¿Qué van a hacer? ¿Despedirme? xD
  60. #54 No sabes lo que dices. Yo sí. Y lo veo todos los días. Por un módico precio, el abogado llega a un acuerdo con la empresa. Así de claro. Es imposible pillarlo, a no ser que le dejes una grabadora en el bolsillo.
  61. #41 Exactamente. Ya había jurisprudencia de dos meses y medio. Lo que pasa con las jurisprudencias es que el caso tiene que ser exactamente igual, porque si no es igual, se pueden agarrar a eso para su interpretación. Por normal general, los juzgados de lo social por suerte aún tiran hacia el currito.
  62. #63 Hay que saber hacerlo, porque si te despiden en ese caso, es un despido procedente. Puedes "ir a trabajar" sin estresarte, saliendo exactamente a tu hora en punto y ni un minuto más, ceñirte a tu trabajo (nada de ir a por un café, ni cosas que no te competen), etc.
  63. #15 Yo añadiría una baja por estrés y depresión por no cobrar mientras.
  64. #1 Yo conozco a uno que se tiró más de un año trabajando sin cobrar "para poder reclamar", en fin, no se si era super padefo (lo sigue siendo), o es que la legislación es una puta basura y si te dejan de pagar tienes que ir a trabajar por cojones en esclavitud para que no se considere que estás dejando el trabajo.
  65. #51 O vendes el audi y el casoplón del que presumen todos los empresaurios.
  66. #22 el bufete de abogados era uno de los mejores de Barcelona y querían cobrar un 10 por ciento de lo que pudieran rescatar pero les salió todo mal, nos tocó una pequeña parte ¿ alguien sabe porqué ?
    el jefe tenía un hermano abogado en otro despacho, propiedades por toda Barcelona e incluso se había llevado dinero a Francia y Argentina, creo que hoy en día está tan tranquilo haciendo más negocios (chanchullos).
  67. #22 además, nadie nos ayudó en nada,
    en la SS nos daban respuestas cortas de sí o no, el abogado nos daba largas diciendo que él ya estaba trabajando en ello.
    La SS nos dio dos terceras partes del paro haciéndonos un favor, y una vez pasado el tiempo el abogado rescató una paga que ni siquiera llegó a cubrir la tercera parte del paro que faltaba.
    Total, nos topamos con unos ladrones tanto el jefe y su familia, los abogados y funcionarios.
  68. Es gordo que esto sea noticia, eh
  69. Si algo que aprendido en todos estos de experiencia trabajando en empresas ha sido precisamente a no ser un "padefo". Al principio he de confesar que hubo un par de empresas que me la metieron doblada y sin que yo me enterara, la verdad es que si pique fue por falta de experiencia era aun un poco "novato" y no conocia todos los "truquillos" que usan empresaurios, pero poco a poco fui aprendiendo y desde luego a dia de hoy a mi ya no hay empresa que me la de con queso.

    Esta historia paso hace ya algunos años ...

    En Lima consegui un trabajo gracias a una amiga peruana, el propietario y director de empresa era amigo suyo asi que gracias a ella consegui un puesto de trabajo. Mi ex-esposa (que es peruana) ya me habia avisado que tuviera cuidado que en Perú son bastante informales asi que eso encendio las alarmas (por si las flies). Todo empezo mas o menos bien, empece a trabajar practicamente al dia siguiente de llegar a Lima, despues de haber regularizado mi situacion en el DIGEMIN (Migraciones), firme el contrato y todo parecia marchar sobre ruedas, a los pocos dias ya estaba trabajando en un cliente. Al poco tiempo de entrar en la empresa se me entrego un NEXTEL (pirateado por cierto), y a partir de aqui empezaron las llamadas, apenas tenia descanso, iba de cliente en cliente y trabajando practicamente de Lunes a Domingo. Obviamente yo no dije nada, estaba esperando a que me llegara mi contrato firmado y mientras tanto iba recopilando pruebas de todo lo que estaba sucediendo. Paso un mes y aun no tenia mi copia del contrato firmado en poder, asi que le hice una llamadita a la responsable de RRHH de la empresa para saber que es lo que estaba sucediendo ya que lo necesitaba para poder regularizar mi visa de Trabajo y Residencia en Perú. Y no podeis imaginar lo que me contesto.... que se les habia olvidado llevar mi contrato al Ministerio de Trabajo para regularizarlo vaya por Dios! :palm:, asi que por decirlo de alguna manera ese mes habia estado trabajando para ellos de forma "ilegal", eso si la nomina (sin las horas extras) si me la habian pagado pero en el Ministerio de Trabajo no figuraba oficialmente que yo como extranjero hubiera estado trabajando para ellos.

    Despues de hacer presion finalmente consegui mi contrato de trabajo y fui nuevamente al DIGEMIN para solicitar mi visa de Trabajo y Residencia peruana. Por otro lado, tambien habia conseguido alquilar un departamento en Miraflores (una de las zonas mas…   » ver todo el comentario
  70. Continuacion del comentario #73

    Os acordais que al principio os conte que la empresa habia firmado una carta de garantia por el alquiler del departamento?, pues bien, en esos momentos ya debia 3 meses de alquiler (enero, febrero y marzo) decidi no pagar ni un sol por alquiler hasta que la empresa no me pagara lo que me debia, si la corredora venia a por mi mi respuesta seria ve a mi empresa y cobraselo a ellos por que a mi me dinero y se han negado a pagarme asi que no puedo pagarte, ejecuta la carta de garantia contra mi empresa y a mi dejame tranquilo. Estaba decidido a vivir por el morro en ese departamento todo el tiempo que hiciera falta, si la empresa no me quiera pagar a mi directamente por lo menos la corredora si cobraria sus 600 USD mensuales hasta que yo decidiera marcharme.

    Al principio mi plan no salio exactamente como yo esperaba, la corredora estuvo molestandome algun tiempo mas para que le pagara, mi respuesta fue siempre mira esta es mi empresa, esta es su direccion en Magdalena y este es su numero de telefono, llamalos y arreglatelas con ellos. En el mes de Abril la corredora me dijo que no habia conseguido que la empresa le pagara los 4 meses que le debia, asi que me dijo que tendria que desalojar el departamento, yo me mantuve firme y le dije que de alli no me movia que consiguiera una orden judicial de desalojo pero que hasta entonces no me iba a ir del departamento hasta que no se cumpliera el año de contrato que habia firmado. No se que paso, no se si ella por fin se dio por vencida pero el caso es que llego Mayo y ya dejo de molestarme.

    Pasaron los meses y nunca mas supe ni de la corredora ni de mi ex-empresa, yo segui haciendo mi vida normal hasta el mes de Noviembre, habia conseguido mi objetivo estar en el departamento un año por el morro dejandole a la empresa una deuda de 11 meses de alquiler (6.600 USD mucho mas de lo que la empresa me debia). Era el momento de marcharme, empaque mi cosas y me fui de Lima con rumbo hacia el sur, empezaba mi aventura de 8 meses mochileando por Peru, Bolivia, Chile y Argentina (pero esa ya es otra historia... xD )

    Epilogo

    8 meses mas tarde me entere por mi amiga que a la empresa la habia multado por no haber regularizado mi contrato dentro de los 15 dias que tenian que haberlo hecho, por no pagado los impuestos correspondientes a los meses que habia estado trabajando para ellos, por no pagar las cuotas correspondientes a la AFP (Plan de Pensiones) durante los meses que estuve contratado en la empresa y por haber defraudado a la Seguridad Social por no haberme dado de alta como empleado como manda la ley. Vamos que a parte de los 6.600 USD que les deje de regalo a la empresa le cayeron a lo tonto otros aproximadamente 5.000 USD en multas. Tambien me conto que les habian inhabilitado durante 5 años para presentarse a Oferta Publicas del Estado por haber falsificado la acreditacion que les daba derecho a ello, ademas de tener que pagar otra multa de 15.000 soles (4.000 USD)

    Despues de lo que me conto estaba contento, no solo habia conseguido mi venganza si no que ademas el Estado peruano por su parte les habia metido un buen palo. No se si finalmente pagaron o no el alquiler de los meses que estuve en el departamento pero con que me habia contado mi amiga ya me di por satisfecho.
  71. #58 y principalmente que si no te presentas pueden despedirte por abandono de puesto de trabajo, por lo que te quedas sin indemnización y, puede, que sin paro al ser falta muy grave. En cambio con la huelga se interrumpe tu relación con la empresa, pero esta no puede despedirte por el hecho de que estés en huelga (sería vulneración de derecho), y impides que te substituyan en tu puesto de trabajo, que es un factor de presión mas elevado que el mero hecho de no presentarte.
  72. #75 Da igual el motivo por el que seas despedido. Cuando seas despido tendrás derecho a la prestación. Siempre y cuando tengas el tiempo necesario cotizado.

    En caso de que dejes tu, voluntariamente, la empresa es cuando no tendrás derecho a solicitar las prestaciones.
  73. #70 Todos los abogados se llevan un porcentaje, hasta los de oficio. Lo que pasa que en mi caso el abogado se lo curró y vio que habían aplicado mal el convenio y reclamó un sueldo más alto que lo que cobraba yo. Al final, descontando el porcentaje del abogado y todo, salí ganando.
  74. #76 No es del todo cierto. Una sanción muy grave por agresiones, hurto, etc... puede acabar en despido disciplinario sin prestación por desempleo.
  75. #78 Por eso decía que daba igual el motivo por el que se produzca el despido. El disciplinario también tiene derecho a cobrar prestaciones. Sólo en el caso de que abandones voluntariamente el trabajo es cuando no habrá posibilidad de cobrar la prestación.
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