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El conde de Pozos Dulces, acusado de abusar de menores y prostituirlos, deja el penal de Sangonera, recoge su coche del hotel donde fue detenido y se va de Murcia
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etiquetas: conde de pozos dulces , abuso , menores , fiscalía , prostitución
aún no ha sido condenado aún no esté en la cárcel es lo lógico. En este país se abusa de la prisión preventiva, y se ha demostrado que de forma sumamente injusta.
Debo haber entendido mal lo de la presunción de inocencia.
Creo que en delitos tan graves como este la preventiva es totalmente justificada.
>Creo que en delitos tan graves como este la preventiva es totalmente justificada.
si yo te acuso de un delito grave te parece que automaticamente hay que meterte en la carcel?
Pero eso supongo que son minucias.
Venga, el paseo por la sombra.
¿Qué pruebas puede ocultar entonces?
pero el debate no es ese, es la justificación de prisión provisional por el riesgo de destrucción de pruebas, que según tú se tendría que hacer sin justificación real alguna más que el delito acusado sea grave. te habrás dado cuenta del absurdo que has dicho y lo desvias a otra cosa.
la preventiva no es una medida de castigo, porque no hay condena. es una medida para asegurar que el proceso judicial se pueda llevar a cabo, para imponerla tienes que explicar como se podria perjudicar si no la impones.
buena tarde.
Como la buena educación o saber guardar las formas.
De hecho en España hay algunos que quieren que la investigación la lleve la fiscalía y que el juez se limite a autorizar (ese es el modelo alemán).
Así que cuando leas lo de "juez de instrucción" no pienses en "juez" a secas, sino en "juez de investigación". Investigador judicial, vaya. Él investiga y otro juez juzga (salvo en delitos leves, pero no es el caso).
En eso estoy de acuerdo. No hay más que leerte para encontrar la evidencia.
Luego que no se presentan a los juicios, abandonan el país, y se ríen de todos a la puta cara...
¿la alarma social y la posibilidad de reincidencia ya no se contemplan para valorar la prisión preventiva?
que yo sepa para que haya prisión preventiva solo se puede justificar si hay riesgo de fuga, riesgo de destrucción de pruebas o riesgo de reiteración delictiva, ordenado además de más probable a menos probable de justificar diria yo, casi siempre se justifica por riesgo de fuga y como la preventiva no es una medida de castigo es dificil justificar la posibilidad de reiteracion delictiva.