Los fondos de garantía son unos instrumentos interbancarios organizados por ley para garantizar a los clientes de los bancos, en especial a los pequeños depositarios, sus ahorros o parte de ellos, en caso de pérdida de liquidez de la institución que los guarda.
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ING no está, por ejemplo (se acogerá al holandés, si lo hay)
Edito: en el supuesto de quiebra SGDH TE PAGA EN UN PLAZO DE 20 DÍAS
¿Qué pasa si quiebra más de un banco?¿lo soportará ese fondo?
Es posible que el máximo de la garantía sea incluso superior al establecido en España, pues en ningún país el límite garantizado por el respectivo fondo podrá ser inferior a 100.000 euros, ya que la norma UE lo establece así, pero sí superior. "
Hmmm...