Según Patricia Faraldo, una de las catedráticas que ha redactado la Ley de Libertad sexual, la ley se lleva elaborando durante tres años y es posible que pueda haber "interés" en presentar el trabajo de un partido nuevo que llega al poder como "improvisado".
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etiquetas: libertad sexual , filtraciones , gobierno , ley
Tengo un amigo abogado y dice que esto es caos, incongruencia y desastre. Que parece escrita por un torpe becario de 21 años. No hay por dónde cogerla, carece de congruencia hasta consigo misma.
No es improvisación. Es directamente cargarse la igualdad y la valoración objetiva de los delitos. Pero nada. Cada uno a lo suyo.
Tengo un amigo abogado y dice que esto es caos, incongruencia y desastre. Que parece escrita por un torpe becario de 21 años. No hay por dónde cogerla, carece de congruencia hasta consigo misma.
Lo que está claro es que la fecha elegida para su presentación no es casual, y que, como todas las cosas que se hacen a fecha cerrada, habrá habido prisas con seguridad, y con prisas, improvisación, errores, falta de concrección, etc...
Lo peor de todo es que al delincuente real, acosador y abusador, esta ley se la va a traer floja. Por el contrario aquellas mujeres con pocos escrúpulos van a tener una herramienta fantástica para putear a quien quieran. Dicho esto, son realmente pocas...pero existen.
Luego ya, resumirlo a que las criticas son "heteropatriarcales" me parece tan simplista como que criticar el texto por los detalles menores que antes comentaba.
Todos queremos que la libertad sexual tenga protección penal y que esta sea proporcional, justa e igual para todos. Si hay que hacer discriminación positiva porque hay un genero más afectado que otro, ya lo logrará la norma per se sin necesidad de dar la sensación de se que protege más a unos que a otros, o de que se puede dar una sensación de presunción de culpabilidad en determinados casos.
Pero bueno, veamos en qué queda la norma cuando se apruebe (si se aprueba).
documentos tales como la certificación o informe de servicios sociales o sanitarios
Está visto que mencionar que un médico puede certificarlo es demasiado poco demagógico para tu discurso.
www.meneame.net/c/29016368
Tu actitud da asco. ¿Lo de ir difundiendo falsedades es por vocación o porque te pagan?
1- En España debe prevalecer la igualdad entre sexos. Esta ley ofrece ayudas exclusivas a las mujeres. Con ninguna explicación jurídica.
2- Un artículo es peor cuanto menos espacio deja a la interpretación.
3- Hay contradicción en que se den ayudas para víctimas de delito sin que legalmente tenga por qué haber existido el delito.
4- El Estado no puede garantizar que una víctima vuelva a sufrir un delito. Esta ley exige que así sea, lo cual es absurdo.
Explicadme en qué fallan estas cuatro tesis mías. Me gustaría saber que tenéis más argumentos que la flechita hacia abajo.
"La acreditación no dependerá de la voluntad de la víctima de emprender acciones legales ni de testimoniar contra el autor de la violencia sexual (...).
Podrá utilizarse como documento acreditativo de la violencia sexual sufrida alguno de los siguientes:
e) Certificación y/o informe de los servicios sociales, servicios sociales especializados y/o sanitarios de la Administración Pública competente.
i) Cualquier otra que venga establecida por norma de rango legal.
Las entidades con capacidad para emitir el informe a que se refiere la letra g) podrían ser las siguientes:
b) Los Servicios Sociales de Atención Primaria".
Así que sí, vale con un señor (o señora) de servicios sociales. Menos asco y más leerse la ley.
2. La presente Ley tiene por objeto la protección integral del derecho a
la libertad sexual de todas las personas [...]
Articulo 4
2. Su ámbito de aplicación subjetiva comprende a todas las mujeres
mayores de 16 años que hayan sido víctimas de violencias sexuales[....]
Para llevar 3 años de elaboración, en el primer punto habla de todas las personas y en el segundo que solo se aplica a mujeres mayores de 16 años. Es una ley que tiene por objeto la protección de todas las personas o una ley que su aplicación es solo para mujeres mayores de 16 años.
¿Como lo interpreta eso un juez?
Yo no soy jurista ni he estudiado derecho. Pero si a me dicen que a un local puede entrar todo el mundo y justo debajo "solo mujeres mayores de 16 años" hay una contradicción flagrante.
Normal que luego los letrados cojan esta ley y la corrijan como un examen de EGB.
¿las ayudas tienen que esperar a una sentencia firme? ¿se lo cuentas a Ana Orantes y a todas las demas asesinadas que dependian economicamente de su agresor? ¿no se compromete el estado a proteger a todo tipo de victimas?
en fin, que ayer lo discutimos y ahora vuelve la burra al trigo. No quereis entender y punto.
Esa ley sigue siendo un sin sentido, un cajón desastre llena de "buenas" intenciones
El movimiento feminista no pretende castigar más, pretende proteger mejor
Todo el ante-proyecto de ley esta trufado en aumento de condenas y agravantes, de ayudar a los agresores o posibles agresores, vi más bien poco, solo prevención más cercana a la censura Estalinista o clerical (Si no hay agresores no habrá victimas)
Esto no es un ataque al piropo, que si es bonito y bien recibido, no te coloca en esa situación. Una cosa es el piropo y otra, que un hombre te siga babeando hasta el portal. Nos referimos a esta segunda cuestión.
Esto no es lo que han puesto en la propuesta de ley,
Los jueces se quejan de sobrecarga. ¿Podrán asumir estos casos?
R. Claro que pueden, si se ponen los medios Pensemos que el volumen de casos es de unos 13.000 en toda España, aunque hay una cifra enorme que no hemos podido cuantificar
... Algo me dice que la memoria económica obligatoria, en esta ley no tiene rigor alguno. Y el numero de casos, esta disponible por ley en la plataforma del Consejo General del poder judicial, no digamos si eres parte de un ministerio con acceso a los datos estadísticos en bruto.
....Pero OJALA que todas los proyectos de ley hubieran sido objeto de una revisión tan exhaustiva como este proyecto, y lo recomendar poner letras en vez de números me parece una opción espantosa, es mucho más fácil localizar en un articulo el valor de la multa-castigo si esta en cifras que si esta escondido entre todo el texto del mismo ... Que el autor del "examen" se pase por la Ley de enjuiciamiento Criminal a ver si acaba en menos de un año.
Yo no lo he negado.
Repito Aparte de no tener no idea de qué papeles emite los Servicios Sociales y cómo los emite
¿Sabes lo que es un informe social y cómo se emite?
Mas mentiras y omisiones por tu parte.
Come negativo, llorica.
cc #21
Por otro lado, reitero que lo torpe de la ley es esto:
"Hay contradicción en que se den ayudas para víctimas de delito sin que legalmente tenga por qué haber existido el delito."
Por mucho informe médico que haya, que alguien me explique qué médico va a certificar que tu jefe te acosa en la oficina.
Y las otras 3 incoherencias que señalé en el comentario al que votaste negativo y luego pasaste por alto.
Aquí hay varias cosas que no me cuadran.
El informe que se atribuye al Ministerio de Justicia no tiene los logotipos oficiales, sino que va en papel con la imagen de la Cadena Ser. No sé si esto le quita veracidad o no.
Si alguien tiene curiosidad, comprobará que no todas las pegas son tan ridículas como dice la Sra. Catedrática, sino que hay cuestiones de mucha más enjundia.
Yo no entiendo que haya participado una Catedrática de Derecho Penal en su redacción y que haya tantos errores de bulto en la redacción, como si la redacción se hubiera hecho por gente sin preparación jurídica.
1- Ancianos, huérfanos, refugiados y parados tienen ayuda al margen de su sexo, por su condición. No son discriminatorias. ¿Pero te imaginas una ley hecha para ayudar a las víctimas de la violencia sexual... que excluyera y discriminara a las víctimas de sexo masculino por el mero hecho de ser hombres? No la imagines: es esta.
2- Las ayudas a ancianos, huérfanos, refugiados y parados surgen de su propia condición, no de haber sido víctimas de delito. ¿O solo eres anciano o huérfano o parado si lo dice una sentencia firme? ¿Pero tú te estás leyendo?
3- El Estado ya da ayudas para que las mujeres puedan no depender económicamente de sus maltratadores. Y estoy muy a favor de que las mujeres que vivan con su violador hagan lo mismo. Pero es que esta ley no habla de ellas, sino de cualquier delito contra la libertad sexual. Sin filtro por circunstancias ni delitos concretos. Y encima excluye a los varones.
las ayudas sociales son evidentemente , segun la ley para la gente que lo necesita previa evaluación de servicios sociales, como pasa con multitud de ayudas. No te van a dar una ayuda por que te hayan dicho un piropo soez. No sé si os haceis los tontos aposta u os sale sin querer.
Y si quieres que te responda a ese comentario, haber tenido el atrevimiento de mencionarme.
No puedo más que lamentarlo por los que se niegan a que nuestra sociedad avance hacia la igualdad y recomendarles tranquilidad y paciencia. Sus hijas se lo agradecerán.
Claro que son suficientes. Por eso la contradicción de que para ser víctima de un delito no haga falta que ningún juez certifique delito.
No te mencioné porque considero de mala educación aludir a un usuario directamente para reprocharle algo. Cuando uso la arroba lo hago para llamar o aludir. Si llego a saber que te ha parecido mal no usarla no lo habría hecho, te pido disculpas y te ruego contestes.
Claro que se lo pueden pasar por el forro, un psicólogo de los servicios sociales puede detectar cosas que no puede detectar un kit de prueba de violación sexual de las que tienen en urgencias.
Vuestra resistencia a ver algo tan evidente tiene que tener algun tipo de explicación psicologica que se me escapa.
Las ayudas sociales son para gente que lo necesita, por supuesto.
¿Pero entonces por qué de estas ayudas se excluye a los varones? ¿Me lo puedes explicar?
Lo firma una Catedrática, no significa que haya redactado cada articulo (Piensa en becarios o incluso peor) y como ya he sufrido en carne propia (Con un profesor bastante bueno que participo en una ley autonómica y que dios ) , que sea una buena especialista en derecho no significa que sepa redactar leyes
El que hizo el análisis, lisa y llanamente se puso en plan cabrón,e hizo un trabajo que normalmente no se hace tan bien.
Algunas críticas a la ley:
Inconstitucionalidad por invadir competencias autonómicas.
Uso de palabras que no existen con el consiguiente problema interpretativo.
Incumplimiento del convenio de Estambul.
Mención de delitos que no existen.
En algunos casos la protección que ofrece es menor que la de leyes existentes (esto es de traca, ya que demuestra que quien la hace no sabe ni lo que ya está en vigor ahora mismo)
Duplicidades e incongruencias con otras normas.
Declaraciones políticas que deben estar en la exposición de motivos en el articulado, confusión en los tipos de disposiciones.
Y lo de las comas, pero como ves no solo las comas.
Se puede hacer una ley ideológica sin hacer un truño ni parecer que la han hecho cuatro amigas tomando unas cañas. Esa ley no vale para nada, la pueden aprobar mañana y no habrá ningún avance porque no avanza en nada. Se han dedicado a cortar y pegar (mal ) cosas de otras normas, le han añadido declaraciones de intenciones sin valor legislativo y encima han invadido competencias autonómicas.
En la ley dice:
Artículo 35. Derecho a la asistencia jurídica gratuita.
1. Las mujeres víctimas de violencias sexuales...
Artículo 33. Derecho a la atención integral especializada.
Las mujeres víctimas de violencias sexuales tienen derecho...
Artículo 32. Derecho a la información.
1. Las mujeres víctimas de violencias sexuales tienen derecho...
Artículo 36. Derechos laborales y de Seguridad Social.
1. Las trabajadoras víctimas de violencias sexuales tendrán derecho...
Hay capítulos de ayuda donde solo se habla de mujeres. ¿Por qué? No tengo ni idea, pero imagínate una ley de protección de ancianos que dijera: "Los ancianos hombres tienen derecho a..."
Dicho esto, @ailian, tampoco me parece muy decente cascar negativos, sin dar la mínima explicación, a comentarios míos que no son irrespetuosos con nadie. Ni se me ocurre decir cosas como "come negativo, llorica".
Podemos estar en desacuerdo con ciertos temas, pero lo principal es guardar la educación. Si no, todo se va a la mierda.
Tiene que ver con las mas de mil muertes ocurridas en el seno de relaciones de pareja, con la mutilación femenina, con las violaciones. Si no eres mujer victima de estas violencia, la ley no te afecta. Si no eres mujer violada, golpeada, mutilada, no te van a dar nada. Comos i no eres dependiente, la ley de Dependencia no te afecta. O si no eres anciano , no te van a dar una ayuda para personas mayores. Es tan fácil de entender.
¿En base a qué fundamento se les excluye de la ley por el simple hecho de ser hombres?
" En las alegaciones de Justicia se decía que el texto se solapa con la ley de violencia de género. ¿Cómo convivirán ambas normas?
R. Aquí está pendiente un cambio legislativo bastante más amplio que el que se propone en la ley de garantía de la libertad sexual: que en España la violencia de género no sea solo la ejercida por un hombre contra su mujer o exmujer. En otros países el concepto es mucho más amplio. Cuando se implemente el pacto de Estado en esa materia, habrá que revisar qué concepto tiene que adoptar la normativa española en materia de violencia de género, que puede ser más amplio que el de ahora y entonces sí puede haber solapamientos. En ese caso habría que actuar no solo sobre ambas legislaciones, sino sobre otras muchas que hablan de violencia de género. Ahora hablamos de violencia contra la mujer, doméstica, de género... Hay que buscar un concepto omnicomprensivo."
Ningún juez puede certificar ese delito.
De mala educación es gastar todo ese cinismo.
Creo además que debería haberse incluido en la reforma del código penal, esperando de ser necesario a que esta estuviese completa. Pero eso y creo que coincidirás conmigo, no significa que no sea una ley necesaria.
Como muchas otras leyes va a necesitar modificaciones para ajustarse al marco jurídico.
Nada fuera de lo normal.
Si estamos de acuerdo en que esta ley era necesaria, todo lo demás es adyacente.
Otra cosa es que tu consideres que la ley no era necesaria. En cuyo caso entenderé que piensas que la situación de las mujeres actualmente en nuestro país es adecuada. De ser así no tenemos nada más que hablar.
jauría
1. f. Conjunto de perros mandados por el mismo perrero que levantan la caza en una montería.
2. f. Conjunto de quienes persiguen con saña a una persona o a un grupo.
Vuelvo a decir que miedo me da la ley que preparan para la infancia y la adolescencia y a ver que barbaridades ponen en ella.
Salu2
En este caso la ley dice que no hace falta ni denuncia. Por lo tanto, se sale por completo de la vía judicial. Que es lo que yo veía absurdo: que no hacía falta delito.
No sé si lo haces a propósito, pero el cinismo o la tergiversación no provienen de mis comentarios.
Y ya voy a empezar a responder con negativos esta avalancha de negativos que me has ido poniendo gratuitamente uno tras otro.
Arriba me han frito a negativos como si yo fuera un sexista o algo así, supongo. Pero lo único que pido es racionalidad jurídica, una ley congruente que defienda y ayude por igual a todas las víctimas, y que tenga artículos claramente expresados.
Yo quiero una ley mejor; porque, muy a mi pesar, esta no me lo parece.
Como ves, yo parto de la premisa de que esa regulación es necesaria, aunque con matices, ya que en todo aquello que duplica leyes ya existentes (la mayor parte de su artículado), invade competencias autonómicas (en muchos artículos) o rebaja por pura ignorancia la protección ya existente en leyes ya existentes o en el convenio de Estambul estarás de acuerdo en que no es necesaria o es perjudicial.
En cuanto a aquello en lo que es necesaria por aportar algo nuevo, de competencia estatal y que no rebaja la protección ya existente estarás de acuerdo en que las leyes no solo deben ser necesarias, deben ser útiles para la finalidad que persiguen, y difícilmente puede una ley ser útil si es ambigua, está mal redactada o incluye declaraciones programáticas sin ningún tipo de consecuencia.
Por poner un ejemplo sencillo, imagina una ley de seguridad vial en la que:
- Se prohíben en muchos casos actuaciones que ya están prohibidas...No aporta nada.
- En algunos casos las sanciones son menores que las ya existentes ( demostrando que el que la redacta no conoce la normativa de tráfico vigente)
- Se prohíben cosas pero no se establecen sanciones para los casos de incumplimiento ( se prohíbe conducir con el móvil pero luego no está en la lista de conductas sancionables de modo que a efectos prácticos puedes conducir con el móvil que da lo mismo)
- Se hace referencia a los vehículos y maniobras al volante con palabras que no están en el diccionario, de forma que no se sabe muy bien ni a que vehículos y conductas se refiere.
- Se vulneran competencias autonómicas, un convenio internacional sobre seguridad vial y la estructura es en general pésima.
Podrías decirme, ¿No crees que es necesaria una ley de seguridad vial ? Y yo te diría, pues claro, no critico que se haga una ley de seguridad vial, critico que se llame ley a semejante truño. Como ves yo no estoy haciendo un juicio ideológico o de necesidad sobre la ley, estoy haciendo un juicio de calidad o de capacidad y la verdad es que es de lo peor que he leído en mi vida. Podríamos dar un voto de confianza diciendo que no es más que un anteproyecto, pero no es raro que los anteproyectos se filtren y nunca había visto uno tan malo.
Y luego está el tema de los plazos,dime tu opinión sincera.¿ Crees que es normal presentar esto, que difícilmente se puede calificar de proyecto terminado, a todo correr para que esté listo antes del 8M? ¿Es más importante el marketing de decir que hemos hecho una ley para el 8M que hacer algo decente aunque sea dos meses más tarde?
Espero que la cátedra se la haya concedido la URJC.
Confío en tu criterio y acepto que la ley pueda estar mal redactada o que necesite ser revisada para evitar conflictos con leyes ya existentes o ambigüedades en el texto. Pero insisto, todo eso no es novedoso, muchas leyes, como bien sabrás, necesitan ser revisadas antes de entrar en aplicación.
Creo que aún con todo lo que expones es una ley necesaria.
En los casos como el que me expones el sexo no es relevante y no hace falta haber sufrido delito para acceder a una residencia pública.
Entre los dos, de hecho, me han llamado gratuitamente manipulador, mentiroso, cínico y llorón, me han dicho que estoy a sueldo de sabe Dios quién y que mi actitud da asco, y han ido votando negativo una tras otra a réplicas educadísimas. Y ellos son dos y yo uno.
¿Pero soy yo el que impide que se defiendan? ¿El maleducado? ¿El que comete la infamia de no poner una arroba? LOL
Venga, hombre.
Venga, por favor, que había artículos copiados de otras leyes.
Ponme los negativos que te dé la gana, no voy a llorar por ellos a tus espaldas cómo te gusta hacer a ti.
¿Regularizar? Si hay proceso de expulsión queda automáticamente suspendido hasta la resolución del procedimiento penal.
Vamos, que pueden expulsarlo igualmente. Eso no es regularizar.
Esto, por supuesto, es una broma que hace referencia a ese barco militar noruego (hecho en España) que se escogió como estandarte de la marina noruega para la perspectiva de género (o como lo llamen ahí). Buena parte de la tripulación eran mujeres. Regresaba de unas maniobras y al acercarse al puerto se empotró de pleno contra un petrolero, hundiéndose. No fué una maniobra mal calculada ni nada parecido. Simplemente se dirigió en línea recta al petrolero por varias millas (no se dice Km) hasta que chocó.
En el informe no sale, pero en el momento del accidente todos los oficiales en el puente de mando eran mujeres. Es un dato que invitablemente se acaba sabiendo. El capitán era varón blanco heterosexual, pero estaba durmiendo en su camarote (no se dice habitación). Eso sí que sale en el informe.
Que el accidente tenga relación con el sexo de los tripulantes es algo que no puedo afirmar, pero por si a alguien le sirve el dato, consta en el informe que la oficial de navegación estaba enfadada con los de control de tráfico y se negaba a hablar con ellos.
Venga, chao
Digo que puede. Repito "puede".
¿Sabes qué significa la palabra "poder"?
Por eso las prisas en pirarte.
OK. Explica en función de esto como es que ningún otro país del mundo tiene una ley así. Es lo que dijo la ministra del género en una entrevista reciente.
He tenido bastante paciencia con todas las descalificaciones y las trampas a las que has recurrido una y otra vez. Yo tengo claro lo que defiendo. Puedes leerlo en #62. Tú primero decías que solo se te dan ayudas si lo dice un médico y luego has dicho lo contrario, como bien ha evidenciado #58, al que no has sabido qué contestar.
Por cierto, sobre lo que le contestas a #50 en #77, dice la ley:
"Artículo 31. Garantía de los derechos de las víctimas en situación administrativa irregular.
A las mujeres víctimas de violencias sexuales en situación administrativa irregular de acuerdo con la legislación de extranjería, no se les incoará expediente administrativo sancionador por encontrarse irregularmente en territorio español. En su caso, se suspenderán el expediente administrativo sancionador que se hubiera incoado y la ejecución de las órdenes de expulsión o de devolución eventualmente acordadas."
Tú dices: "Si hay proceso de expulsión queda automáticamente suspendido hasta la resolución del procedimiento penal."
Falso, porque como tú mismo has reconocido, estas ayudas se pueden recibir aunque no haya procedimiento penal ni denuncia.
Luego @carraxe lleva razón: un señor de Servicios Sociales, o un médico, podrían paralizar sine die una expulsión de alguien irregular al emitir un informe. Sin denuncia no hay resolución de procedimiento penal ninguno.
Y sigo sin saber qué opinas de que todas estas ayudas excluyan a las víctimas que son varones, incluidos los varones menores de edad.
Porque mi tesis final es que la ley es una chapuza de pelotas, y encima discriminatoria.
Tu tesis, además de ir a buscar pegas a un parrafito para llamar cínica a la gente, todavía no las sé.
Yo vengo aquí a aprender y a debatir. No a esto. Si tiene argumentos y razón, que los aporte. Si hay otra descalificación, se acabaron las interacciones con él de aquí al día que me dé de baja.
Hostia, ahora los parados, jubilados, huérfanos y demás van a tener que ir a juicio para recibir ayudas que el estado dá desde hace décadas.
De nuevo demuestras no molestarte en conocer cómo funcionan los servicios sociales...
#91 No perderé nada. Llevas haciendo campaña desde hace semanas y hablando a las espaldas de la gente.
¿Tal vez porque sus ayudas NO SE FUNDAMENTAN EN EL HECHO DE SER VÍCTIMAS DE UN DELITO?
De servicios sociales no sé, pero de Derecho ni idea. Porque la diferencia es evidente. Ya me lo dijeron, y ya respondí antes: "Las ayudas a ancianos, huérfanos, refugiados y parados surgen de su propia condición, no de haber sido víctimas de delito. ¿O solo eres anciano o huérfano o parado si lo dice una sentencia firme o si denuncias?"
Y es que encima, como dice #28, a esto se le suma la discriminación por sexos.
De la cual no opinas, porque no me has respondido qué piensas de que estas ayudas discriminen a los varones menores de edad.
Edito: Finalmente me mandó al ignore. Nunca sabré qué opina de la discriminación hacia los varones.
"Olvida" mencionar que también lo puede determinar un médico y crítica que lo haga los servicios sociales sin molestarse en saber en qué cómo se emiten sus informes.
Hace creer que regalan el estatus de víctima a cualquiera sólo porque no lo da un juez, y no es así. Lo dan funcionarios con determinadas carreras universitarias que forman para dar fe de cómo se encuentran esas personas.