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Hacienda avisa de que puede cobrar IVA sobre el alquiler de vivienda al autónomo que declare teletrabajar

En los últimos años, Hacienda ha cobrado el IVA a los autónomos que afecten más del 50% de su vivienda en alquiler a la actividad económica, según ATA. Ahora una resolución de Tributos avisa, que cualquiera debería pagarlo si declara que teletrabaja para optar a deducciones fiscales.

| etiquetas: teletrabajo , hacienda , iva
  1. Si curras en casa y no estás al público, no declarar local afecto a la actividad, ni desgravarlo, nunca. No merece la pena, si a cambio un día puede llamarte al timbre un inspector y joderte el año. Vive en la sombra, no llames la atención. Y paga tus impuestos, por supuesto
  2. Hijos de la gran puta. Por cierto, hacienda no somos todos, ya lo dejaron claro con la infanta.
  3. "A Hacienda no le preocupa que el autónomo teletrabaje en sí, pero si solicita deducciones, ese cargo del IVA a toda la renta es la posición de partida, y autónomos y caseros tienen que estar al tanto para no entrar en conflictos en el futuro"

    El titular es un poco tendencioso...
  4. Imposible encontrar trabajo, imposible establecerse por cuenta propia porqué no ganas para impuesto. La única solución posible ¡todos funcionarios o políticos!
  5. Sensacionalista. La norma existe hace tiempo. Hacienda avisa de su existencia y de que si alguien se acoge a las ventajas fiscales para el teletrabajo tiene que asumir también sus desventajas.
    Me recuerda un poco a los establecimientos hosteleros que descubren ahora que si declaras 10 mesas no puedes poner 15 porque hasta ahora nadie se había preocupado por ir a contarlas.
  6. #5 es decir que no hay ventajas fiscales xD
  7. #6 Sí las hay. Puedes deducirte como gastos los suministros, mobiliario y equipamiento que tengas en casa para trabajar pero no puedes librarte del IVA como si fuera una vivienda de uso residencial al igual que lo tiene que pagar un profesional por su despacho o local comercial. Eso es querer estar al plato y a las tajadas.
  8. Pero es a autónomos que afecte más del 50% de su vivienda. Lo lógico es tener una habitación con la oficina montada y declarar un 20 - 30%
  9. #7 las hay pero yo recomiendo revisar bien y justificar todo de acuerdo a hacienda, incluso haciendo una consulta al inspector de tu zona. Se puede desgrabar ahora que el tribunal supremo lo reconocio despues de que hacienda durante años sancionara a gente por desgrabarselo y aun asi, todos los que estaban en proceso terminaron pagando, o llegar al supremo o hacienda no te perdona. Es muy muy peligroso desgrabarse algo que no sea un gasto 100% aplicable con total claridad, en cuanto haya grises hacienda te lo va a quitar y sancionar y nunca dara su brazo a torcer a no ser que llegues al tribunal. jraeconomistas.com/gastos-suministros-deducibles-nueva-ley-autonomos/
  10. #3. No, es muy tendencioso. Gracias por la aclaración.
  11. #9 En el caso de los suministros parece que ya está estipulado en la ley el método de cálculo.
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