El juego online es uno de los sectores que más dinero genera en internet y también está empezando a usar el bitcoin de forma masiva eludiendo de esta forma la Ley del Juego. Ante esta laguna legal, el despacho de abogados Abanlex ha formulado una consulta a Hacienda para averiguar si deben pedir licencias a la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) y pagar la correspondiente tasa.
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Por otro lado el hecho de considerarlo moneda equiparable al pago en metálico le aplica las limitaciones propias para evitar el lavado de dinero, como son los límites de 2.500€, lo cual es un problema. La solución sería quizá considerarlo de una forma u otra (metálico o pago electrónico) en función de la información que se disponga de la cuenta de origen. Así si el vendedor del producto recabara suficiente información del comprador (nombre, DNI, dirección, etc.) éste debería poder ser considerado como pago electrónico permitiendo compras superiores a 2.500€, mientras que si no se dispusiera de esa información y fuera un pago tan anónimo como el pago en metálico entonces sí aplicasen esos límites.
Espero que la legislación se ponga al día en esos detalles, aunque parece que ciertamente vamos por el buen camino, de cara a no entorpecer el desarrollo de las nuevas tecnologías y facilitar así la innovación y el desarrollo de empresas en España que operen con esa moneda.
No, se pagaría al adquirirlos y se desgravaría al venderlos (pero claro, el papeleo para eso debe de ser infernal). Y al comprar productos con bitcoins no pagarías IVA, sería un intercambio de bienes.
De todas formas vaya lío, porque hay una consulta anterior a la que la AEAT respondió diciendo que el bitcoin era un bien, no una moneda, así que a saber cuál es la buena.
CC: #1
Si es un bien y lo vendes sí tendrías que hacerte autónomo para poder desgravarte el IVA (suponiendo que vendas los bitcoins con IVA, cosa absurda que nadie hace, pero según la primera respuesta que dió la AEAT habría que hacerlo).
O mejor, compras los bitcoins en el extranjero sin pagar IVA, y los intercambias por bienes en España sin pagar IVA tampoco