Los jueces de la Corte de Apelaciones, división civil, del Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales, han notificado este martes 26 su resolución escrita según la cual Juan Carlos I puede recurrir la sentencia del 24 de marzo que le denegó todo tipo de inmunidad ante la demanda de acoso de su examante Corinna zu Sayn-Wittgenstein solamente por aquellos actos cometidos en el periodo pre-abdicación, entre 2012 y junio de 2014.
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Pero, este fallo, ya conocido de manera verbal el pasado lunes 18 -asegura a Corinna que su demanda, si las pruebas son convincentes, puede acabar en juicio- deja pequeño un hecho de la sentencia dada a conocer este martes 26 de julio: los abogados del emérito han logrado que el recurso vaya sobre uno de los puntos más calientes y controvertidos, a saber, que el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y su entonces director, el general Félix Sanz Roldán, actuaron en los presuntos hechos que denuncia la examante -seguimiento de agentes, entrada en domicilios, intervenciones de teléfonos y correos, y filtraciones a los medios de comunicación- en su condición “oficial” de institución y de servidor público, respectivamente. Ello les permitiría la "inmunidad funcional" en 2012-2014.
La defensa de Juan Carlos I se ha negado a facilitar, lo que es una norma habitual en los tribunales británicos, a saber, la entrega a los medios de comunicación el llamado skeleton arguments o las alegaciones escritas que contienen los puntos de vista jurídicos de las partes. El Periódico de Catalunya se puso en contacto con uno de los socios del bufete Carter-Ruck, Lawrence Northmore-Ball, sin éxito. En conversación telefónica este pasado lunes 25, una abogada de la firma que no lleva el caso se comprometió a cursar la solicitud al coordinador de la defensa, el letrado Guy Martin. Pero tampoco hubo respuesta.
Con todo, sus argumentos aparecen reflejados a grandes trazos en la nueva sentencia de la Corte de Apelaciones, en el punto número 30, que aborda el llamado “fundamento 2” (ground 2), uno de los tres por los que se ha dado luz verde al recurso.
La casa de Mónaco
La sentencia recuerda que en su demanda Corinna señalaba que han tenido lugar actos de acoso, entre ellos, la “entrada y registro en su casa de Mónaco, realizados o promovidos por el responsable del CNI, general Sanz Roldán "bajo la dirección o el consentimiento del demandado". Esos actos preceden a la abdicación de Juan Carlos I y al menos en una
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