La empresa les comunicó que desde 18 y hasta el 30 de marzo no tendrían obligación de ir a trabajar, pero que las horas y/o /jornadas retribuidas y no trabajadas durante estos días "se acumularían en una bolsa a favor de la empresa, para su posterior recuperación por necesidades del servicio". El juzgado madrileño entiende que la creación de esta bolsa de trabajo es nula y "no puede desplegar efecto para el conjunto de la plantilla".
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