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Juramentos y promesas: una antigualla absurda

Una vez elegido el diputado o senador, nada más democrático que ser inmediatamente representante de la ciudadanía por la directa voluntad popular expresada en las urnas, sin más ritualismos que sólo hacen perder el tiempo. Nada más democrático que el presidente sea elegido por la simple voluntad de dichos miembros del parlamento. Y así con el resto de cargos, sin más ceremonias. La ceremonia del juramento o promesa debe ser derogada. La honestidad y eficiencia del político se demuestra con sus actuaciones, y no con actos iniciáticos absurdos.

| etiquetas: juramentos , promesas , antigualla , absurdo , parlamento
  1. Juro que no me imputarán más.
  2. No comparto del todo este artículo. Considero que lo que se pretende (o se debería pretender) es un compromiso con las obligaciones constitucionales y con la legalidad. No veo ningún problema que un representante público se comprometa a cumplir las leyes. Sin embargo, entiendo la parte sobre la solemnidad. Quizás esta parte sobre. Un testigo también jura o promete y más que el acto solemne lo que se pretende es que no queden dudas sobre la obligación de decir verdad. Si lo miras desde otro ángulo es una garantía de que el representante manifiesta claramente conocer y aceptar las leyes que rigen hasta el momento y a las que está/estamos sometidos.
  3. No olvidemos que practicamente todos los paises europeos tienen este metodo para la toma de cargos. Incluso muchisimo más estrictos, es decir, España en este momento y aceptando las formulas que ha aceptado de aceptación de la consitución es una pais bastante laxo respecto al juramento/promesa.
  4. #3 El juramento es una formalidad y se está haciendo un uso partidista por las derechas que pretenden que un juramento, una formalidad sin base legal, tenga más peso que miles de votos de los ciudadanos. Hay un articulo en la constitución que impide que nadie tenga que declarar en publico sus opcciones políticas o religiosas y hasta hace poco se hacía con una biblia y un crucifijo y en nombre de Dios. Hoy las cosas han cambiado y los votos tienen más peso que los formalismos.
  5. "Por consiguiente, una vez nombrada una persona para el ejercicio de un cargo, basta con recordarle sus obligaciones legales, aunque no habría de ser necesario, toda vez que si se le nombra para dicho cargo es porque se le considera capacitado para ello, y por ello debe conocer perfectamente dichas obligaciones. "

    Error. El único requisito, que yo sepa, para ser nombrado para un cargo político es tener la nacionalidad española y no estar inhabilitado. La capacitación es algo totalmente subjetivo. Mientras que tenga las suficientes neuronas como para controlar los esfínteres, como decían en otro comentario hace poco, ya sirve para ser diputado, o senador o cualquier otro cargo.

    Respecto al juramento o promesa, me gustaría saber si tiene algún tipo de repercusión legal, es decir, si constituye algún tipo de compromiso o contrato que le pueda ser demandado si lo incumple. Si no tiene razón el artículo, no tiene sentido alguno y podría ser sustituido por una lectura general sobre las condiciones y obligaciones de los electos.
  6. El juramento del cargo creo que no esta ni en la constitución sino que proviene de una ley orgánica de 1979 basada en tradiciones. Por mi que eliminen este artificio anticuado.
  7. #6 Correcto, es pura liturgia, postureo jerárquico diría un moderno, incompatible con los más básicos principios democráticos.
  8. #5 No hay ningún error. En este contexto, no estar inhabilitado es lo mismo que estar capacitado. Si no estás inhabilitado para ejercer un cargo público electivo entonces es que estás capacitado.

    El juramento o promesa es sólo un ritual y nada más que eso; mantenido por tradición y de origen religioso. El autor del artículo, que es catedrático de Derecho Procesal en la universidad de Barcelona, ya lo ha explicado en el texto.
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