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La justicia europea rechaza la definición española de despido colectivo

El Tribunal de Justicia europeo calificó de contraria al derecho de la Unión la definición de despido colectivo recogida en la ley española, por utilizar a la "empresa" como única unidad de referencia a la hora de aplicar los criterios de negociación con los trabajadores. El tribunal con sede en Luxemburgo dijo que la normativa española debería tener en cuenta también de forma individual los centros de trabajo de cada compañía para aplicar los mecanismos de información y consulta con los representantes de los trabajadores...

| etiquetas: despido , colectivo , justicia , europa
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